CSIF pide mejoras para los procesos de estabilización planteados por la Conselleria

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12 de marzo de 2026

Esta mañana se han tratado en Mesa Sectorial de Educación los siguientes borradores sobre procesos de estabilización:

 

CRITERIOS DE DESEMPATE CONCURSO MÉRITOS DISCAPACIDAD

La resolución establece criterios adicionales de desempate para el proceso selectivo de estabilización por concurso de méritos convocado por la Orden 19/2025 para el turno de reserva de discapacidad, ya que tras aplicar los criterios previstos en dicha orden persisten empates entre aspirantes. La resolución fija una prelación de criterios sucesivos para resolverlos.

En concreto, se propone resolver los empates aplicando, por este orden: mayor porcentaje de discapacidad, preferencia del género femenino cuando esté infrarrepresentado en el cuerpo, orden alfabético según la letra anual de Función Pública, ordenación por NIF con inicio aleatorio, y finalmente, si persistiera el empate, la realización de una prueba de cinco cuestiones del temario de la especialidad.

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), en su intervención, ha pedido suprimir la realización de una prueba como último criterio de desempate

En el punto 5 se establece “Realización de una prueba con cinco cuestiones relacionadas con el temario de la especialidad correspondiente”.

Desde el sindicato consideramos que introducir una prueba en un procedimiento configurado como concurso de méritos desnaturaliza el propio sistema selectivo y puede generar inseguridad jurídica. Los desempates deben resolverse mediante criterios objetivos derivados del propio baremo, no mediante pruebas adicionales que introducen elementos propios de un concurso-oposición.

 

CONCURSO MÉRITOS 1 PLAZA PARCIAL DE ÓRGANO

La convocatoria se realiza en cumplimiento de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, que obliga a incluir en el proceso de estabilización la plaza de la especialidad de Órgano del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas que no fue ofertada en la convocatoria regulada por la Orden 66/2022, de 15 de noviembre.

El borrador respeta dicha Orden 66/2022, reproduciendo el mismo procedimiento selectivo por concurso de méritos y el mismo contenido de las bases. Las diferencias son únicamente formales o derivadas de la ejecución de la sentencia: en la base 1.1 se convoca una única plaza de Órgano al 72,22 % de jornada, en la base 1.2 se añade la Resolución de 18 de febrero de 2026 que ejecuta la sentencia, y el órgano de selección se simplifica a un único tribunal. Por lo demás, el baremo de méritos es el mismo que el del Anexo II de la Orden 66/2022.

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), en su intervención, ha reclamado que la plaza se convoque al 100 % de la jornada, evitando consolidar una plaza parcial y garantizando unas condiciones laborales adecuadas para el profesorado, especialmente en aspectos como la jubilación, la participación en concursos de traslados u otros derechos profesionales. Esta modificación no contradice el cumplimiento de la sentencia del TSJCV, que únicamente obliga a convocar la plaza en el proceso de estabilización.

Además, consideramos importante que esta convocatoria no siente ningún precedente que permita en el futuro la creación o estabilización de plazas docentes parciales, algo que podría generar situaciones de precariedad en el sistema educativo público.

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