INCORPORACIÓN A BOLSA - OPOSITORES 2022
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19 de diciembre de 2022
RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2022, de la directora general de Personal Docente, por la que se publican los listados definitivos de la Resolución del 25 de octubre, del procedimiento para la incorporación a la bolsa de las personas que han acreditado los requisitos generales y específicos de titulación necesarios, que no superaron la primera prueba (A+B) de la fase de oposición y que no forman parte de la bolsa de la especialidad por la que se presentaron al procedimiento selectivo convocado por la Orden 45/2021, de 28 diciembre.

NOTA INFORMATIVA: El personal que ya formaba parte de la bolsa de maestros interinos que no ha prestado servicios, y haya participado en el procedimiento convocado por la Orden 45/2021 de 28 de diciembre, será reordenado en la bolsa de acuerdo con la Resolución de 26 de noviembre de 2010 por la que se establece el sistema de provisión de puestos de trabajo en régimen de interinidad según el acuerdo suscrito por la Conselleria de Educación y las organizaciones sindicales.
NOTA INFORMATIVA: Se establece un período transitorio, que finalizará el día 1 de junio de 2023, para que las personas relacionadas en el anexo II presenten la documentación que acredite los requisitos previstos para su incorporación a la bolsa. La presentación de la documentación se realizará mediante el trámite Z - Solicitud general de iniciación y tramitación TELEMÁTICA de procedimientos de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte (https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=18494) indicando en el apartado F:
- SERVICIO TERRITORIAL: Servicios Centrales (Dirección General)
- MATERIA: Servicio de Gestión de Bolsas de la Dirección General de Personal Docente
- Producción de efectos
Esta resolución producirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en la página web de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte. De conformidad con lo que establecen los
artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer un recurso potestativo de reposición, o bien habrá que
plantear directamente un recurso contencioso-administrativo, en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:
a) El recurso de reposición tiene que interponerse ante la directora general de Personal Docente de esta conselleria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación.
b) El recurso contencioso-administrativo tiene que plantearse ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Valencia en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la
publicación.