Lluvia de sentencias contra Correos por no respetar la conciliación familiar

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19 de maiatza de 2026

La Justicia vuelve a dar la razón a  CSIF esta vez en Almería en una sentencia en la que obliga a Correos a cambiar de turno de  trabajo y de localidad a una trabajadora por conciliación familiar.
 
Así, el Juzgado de Instancia de Almería admitió a trámite una demanda en la que la profesional solicitaba una adaptación de su puesto de trabajo para cuidar de su madre, una mujer de 65 años, dependiente, con discapacidad y distintas patologías que requerían su atención y cuidados.
 
En primer lugar, la trabajadora, residente en Aguadulce, se trasladaba a diario a su centro de trabajo a Mojácar, una distancia mayor de 100 kilómetros, por lo que solicitó a Correos su traslado a un puesto más cercano y también la adaptación al turno de tarde, con el fin de poder atender a su madre.
 
Ante su instancia, Correos rechazó la petición por razones organizativas y exceso de personal en el turno de mañana, entre otros motivos.
 
Siin embargo, la jueza apunta que el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores “reconoce el derecho a solicitar las adaptaciones de la jornada y la forma de prestación del trabajo para conciliar la vida familiar y laboral”. 
 
En ese sentido la sentencia también recoge que el traslado del centro de trabajo puede ser una medida válida de conciliación que Correos tiene obligación de negociar de buena fe y que debe demostrar los perjuicios organizativos si quiere negar la solicitud.
 
Así, la conclusión es que la trabajadora tiene derecho a una modificación de su régimen horario para la conciliación de la vida familiar y laboral. 
 
Por lo tanto, el juzgado reconoce a la trabajadora el derecho al traslado a la unidad de Roquetas de Mar y en turno de tarde, como medida de conciliación familiar, con una sentencia que es firme y además no admite recurso. 

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