Calendario laboral 2025
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9 de urtarrila de 2025

CSIF JUSTICIA informa: os recordamos el calendario laboral para este 2025.
Este año tendrás 14 festivos laborales: 10 nacionales (algunos pueden variar de día a criterio de la Comunidad autónoma correspondiente), 2 autonómicos y 2 locales.
Se contempla la posibilidad de sustituir el descanso del lunes siguiente a las fiestas nacionales que coinciden en domingo por la incorporación a la relación de fiestas de la comunidad autónoma de otras que les sean tradicionales, así como la opción entre la celebración de la fiesta de san José o la de Santiago Apóstol en su correspondiente territorio. Se faculta también a aquellas comunidades autónomas que no pudieran establecer una de sus fiestas tradicionales por no coincidir con domingo un suficiente número de fiestas nacionales para añadir, en el año que así ocurra, una fiesta más, con carácter de recuperable, al máximo de catorce.
Por ejemplo, este año el 12 de octubre caerá en domingo, cinco comunidades lo trasladarán al lunes 13 de octubre (Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla así como León y Extremadura) mientras que otras han optado por trasladarlo de día, como en el caso de Madrid que lo ha pasado al Santiago Apóstol.
En Semana Santa, el Viernes Santo será festivo en todo el mapa español, mientras que el Jueves Santo lo será para todas las comunidades, salvo Comunidad Valenciana y Cataluña.
Este año dos de los festivos nacionales caerán en sábado: 1 de noviembre (Todos los Santos) y 6 de diciembre (Día de la Constitución Española).
Por Resolución de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, se incorporará en cada año natural, y como máximo, un día de permiso cuando alguna o algunas festividades laborales de ámbito nacional de carácter retribuido, no recuperable y no sustituible por las Comunidades Autónomas, coincidan con sábado en dicho año.
Vacaciones:
- 22 días de vacaciones, con carácter general para todos/as.
- Días adicionales por antigüedad:
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- +1 día al cumplir 15 años.
- +2 días al cumplir 20 años.
- +3 días al cumplir 25 años.
- +4 días al cumplir 30 años.
- Con carácter general se disfrutarán dentro del año natural hasta el 31 de enero de 2026, si bien las CCAA con competencias transferidas pueden variar la fecha de disfrute.
Cuando el período de vacaciones previamente fijado o autorizado, y cuyo disfrute no se haya iniciado, pueda coincidir en el tiempo con una situación de incapacidad temporal, riesgo durante la lactancia, riesgo durante el embarazo o con los permisos de maternidad o paternidad o permiso acumulado de lactancia, se podrá disfrutar en fecha distinta.
Cuando las situaciones o permisos indicados en el párrafo anterior impidan iniciar el disfrute de las vacaciones dentro del año natural al que correspondan, las mismas se podrán disfrutar en año natural distinto. En el supuesto de incapacidad temporal, el periodo de vacaciones se podrá disfrutar una vez haya finalizado dicha incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.
Si durante el disfrute del período de vacaciones autorizado, sobreviniera el permiso de maternidad o paternidad, o una situación de incapacidad temporal, el período de vacaciones quedará interrumpido pudiendo disfrutarse el tiempo que reste en un período distinto. En el caso de que la duración de los citados permisos o de dicha situación impida el disfrute de las vacaciones dentro del año natural al que correspondan, las mismas se podrán disfrutar en el año natural posterior.
Asuntos particulares:
- 10 días de asuntos particulares, con carácter general para todos/as desglosados como sigue:
- 9 días de asuntos particulares conforme al art. 501 LOPJ;
- 1 día adicional (Fiesta Nacional no sustituible, por caer en sábado)
- 2 días adicionales al cumplir el sexto trienio
- 1 día adicional por cada trienio a partir del octavo.
- Estos días se disfrutarán con carácter general hasta el 31 de enero de 2025, si bien en las CCAA con competencias transferidas puede variar.
Asimismo, si por razones de servicio no se puede interrumpir la actividad laboral los días 24 o 31 de diciembre (guardias) se tiene derecho a dos días adicionales (incluye el día adicional por caer en domingo) por cada uno de ellos que se pueden disfrutar hasta el 15 de febrero del año siguiente.
Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2025.
RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE FUNCIÓN PÚBLICA POR LA QUE SE ESTABLECE EL RÉGIMEN DE DISFRUTE DE UN DÍA DE PERMISO ADICIONAL POR LA COINCIDENCIA EN SÁBADO DE DOS FESTIVIDADES LABORALES EN 2025.
Aragón
- Provincia de Huesca: Fiestas locales para el año 2025 en los municipios de la provincia de Huesca, publicadas en el Boletín Oficial de Aragón 14/11/2024. (PDF, 176 KB.)
- Provincia de Teruel: Fiestas locales para el año 2025 en los municipios de la provincia de Teruel publicada en el Boletín Oficial de Aragón 14/11/2024. (PDF, 160 KB.)
- Provincia de Zaragoza: Fiestas locales para el año 2025 en los municipios de la provincia de Zaragoza publicada en el Boletín Oficial de Aragón 14/11/2024. (PDF, 173 KB.)
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Acuerdo de 20 de diciembre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se fija el calendario de días inhábiles para el año 2025 a efectos del cómputo administrativo.
Canarias
Festivos comunes en toda la comunidad autónoma:
- 1 de enero (Año Nuevo)
- 6 de enero (Epifanía del Señor)
- 17 de abril (Jueves Santo)
- 18 de abril (Viernes Santo)
- 1 de mayo (Día del Trabajo)
- 30 de mayo (Día de Canarias)
- 15 de agosto (Asunción de la Virgen)
- 1 de noviembre (Todos los Santos)
- 6 de diciembre (Día de la Constitución Española)
- 8 de diciembre (Inmaculada Concepción)
- 25 de diciembre (Navidad)
Fiestas específicas por isla:
- Tenerife : 3 de febrero (Virgen de Candelaria)
- El Hierro : 5 de julio (Bajada de la Virgen de los Reyes)
- La Palma : 5 de agosto (Nuestra Señora de Las Nieves)
- Fuerteventura : 19 de septiembre (Nuestra Señora de la Peña)
- Gran Canaria : 8 de septiembre (Nuestra Señora del Pino)
- Lanzarote y La Graciosa : 15 de septiembre (Nuestra Señora de Los Volcanes)
- La Gomera : 6 de octubre (Nuestra Señora de Guadalupe)
Fiestas locales: acceso
Castilla La Mancha
Castilla y León
Acceso directo al Ayuntamiento de Barcelona
Comunidad Valenciana
Extremadura
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La Rioja
Comunidad de Madrid
Acceso directo municipio de Madrid
Murcia
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Navarra
País Vasco
Calendario Igualdad – Visibilización 2025