Publicado el RD que reforma los reglamentos de carácter básico para adaptarlos a la oficina de los Tribunales de instancia
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25 de ekaina de 2025

Desde hace varios meses, CSIF ha insistido en la necesidad de aprobar este marco jurídico reglamentario antes de acometer la negociación de las relaciones de puestos de trabajo y del acoplamiento.
No obstante, la negociación se ha realizado de forma paralela y, en este proceso, CSIF ha velado por el cumplimiento de las garantías establecidas en el acuerdo de 8 de enero de 2025 tanto en las resoluciones de la Administración, las relaciones de puestos de trabajo como en la regulación que hoy se publica en el BOE.
Se modifican los siguientes reglamentos y artículos:
Disposición transitoria primera del RD 1451/2005 que regula el proceso de acoplamiento y que se ajusta a lo que ya se conoce de la resolución que sobre el acoplamiento se aprobó hace unas semanas.
Artículo 39 Centros de destino, incluyendo como novedad destacada la obligatoriedad de emitir una resolución motivada en el caso de que se pretenda atribuir por razones de servicio con carácter temporal la atribución de tareas específicas dentro de las funciones de cada cuerpo. Hasta este momento esta atribución se podía hacer sin necesidad de motivación.
Artículo 39 bis Relaciones de puestos de trabajo, incluyendo:
- La diferenciación de puestos de trabajo a efectos de concurso y provisión temporal o definitiva y atribución de tareas por servicios, áreas y equipos.
- La diferenciación de puestos de las Audiencias provinciales y del servicio común de tramitación de la Audiencia Nacional a efectos de concurso y provisión de puestos de trabajo.
Artículo 4 sobre el cupo de personas con discapacidad, artículo 64 Reglas sobre modificación de puestos de trabajo y Artículo 75 Sustitución en las oficinas de justicia en el municipio del RD 1451/2005.
Además, se modifican el RD 1608/2005 sobre ordenación de puestos de trabajo de LAJ y los Reales Decretos de puestos tipo de cuerpos generales RD 1033/2007 y RD 2033/2009 de LAJ para adaptarlos a la nueva organización.
Finalmente, se incluye la regulación de la organización interna de las oficinas de justicia en el municipio que sustituye al RD 257/1993 que regulaba las Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz.