Oposiciones PES y O.C. 2026 en CyL. Seleccionados. Documentación a entregar.

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31 de uztaila de 2026

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

RESOLUCIÓN de 23 de julio de 2026, de la Dirección General de Profesionales de la Educación, por la que se anuncia la fecha de exposición por las comisiones de selección de los listados de las personas seleccionadas en los procedimientos selectivos de ingreso y acceso a los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, profesores de escuelas oficiales de idiomas y profesores de música y artes escénicas, así como de las personas aspirantes que han obtenido la calificación de aptas en el procedimiento de adquisición de nuevas especialidades, convocados por la Orden EDU/2/2026, de 5 de enero.

 

Plazo de presentación de la documentación.

1. En el plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de los listados previstos en el apartado primero, las personas incluidas en los correspondientes listados deberán presentar, dirigida a la dirección provincial de educación de la provincia en la que deban realizar la fase de prácticas y por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la siguiente documentación:

  • a) Las personas seleccionadas de los turnos 1 y 2, la documentación indicada en el apartado decimonoveno.2 de la Orden EDU/2/2026, de 5 de enero.
  • Las declaraciones responsables a que se refieren las letras e), f) y g) del citado apartado se realizarán mediante el modelo del anexo I.
  • La solicitud de aplazamiento de la fase de prácticas a que se refiere la letra h) del citado apartado se realizará, en su caso, mediante el modelo del anexo II.
  • b) Las personas seleccionadas de los turnos 3 y 4, la documentación indicada en el apartado vigesimoquinto.2 de la Orden EDU/2/2026, de 5 de enero.

2. De conformidad con los apartados decimonoveno.4, vigesimoquinto.3 y trigésimo primero.3 de la Orden EDU/2/2026, de 5 de enero, quienes en el plazo indicado en el punto anterior, salvo los casos de fuerza mayor, no presenten la documentación o del examen de esta se dedujera que carecen de alguno de los requisitos para participar en los correspondientes turnos de ingreso y acceso, decaerán de todos sus derechos a ser nombradas personal funcionario en prácticas y/o de carrera, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

3. Asimismo, la calificación de «aptos» de las personas seleccionadas en el procedimiento de adquisición de nuevas especialidades, queda condicionada a la comprobación de reunir los requisitos exigidos en el apartado trigésimo tercero de la Orden EDU/2/2026, de 5 de enero.

 

 

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