CSIF consigue que el Gobierno desbloquee la Jubilación Parcial para el Personal Laboral de las AAPP.
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1 de apirila de 2026
CSIF consigue que el Gobierno desbloquee la Jubilación Parcial para el Personal Laboral de las AAPP
• El Consejo de Ministros aprueba la contratación “temporal” del relevista en las Administraciones Públicas, tal y como venía solicitando CSIF desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 11/2024
El pasado 1 de abril de 2025 entró en vigor la regulación dada por el Real Decreto-ley 11/2024 respecto al contrato de relevo para la Jubilación Parcial. Un año en el que miles de empleados públicos han visto truncado su derecho de acceso a la Jubilación Parcial por un acuerdo del Gobierno con CCOO y UGT que no tuvieron en cuenta la singularidad de las Administraciones Públicas en cuanto a la figura indefinida del “relevista”.
CSIF ya lo denunció tras la publicación de la norma y desde esa fecha hemos trabajado de manera persistente para dar una solución a un problema que ha frenado un derecho consolidado del Personal Laboral en el conjunto de las Administraciones Públicas.
CSIF acudió a la Justica, recurriendo la negación de este derecho por varias Administraciones, sentenciando los Tribunales que los principales sindicatos (CCOO y UGT) no habían tenido en cuenta las particularidades del empleo público y sus limitaciones. Afirmando incluso que la posible solución dada por una tasa adicional en las ofertas de empleo público, ”… no es una herramienta adecuada para responder a una necesidad que no depende de la empleadora, sino de la imprevisible solicitud de los trabajadores que cumplan con los requisitos para jubilarse anticipadamente”.
Una vez convalidado por el Congreso el Real Decreto-ley 11/2024 y acordada su tramitación como Proyecto de Ley, CSIF presentó enmiendas a todos los Grupos Parlamentarios solicitando se incluyese una enmienda de adición al articulado en los siguientes términos: “Disposición Adicional XX.- Para garantizar que las Empleadas y Empleados Públicos puedan acceder a la jubilación parcial con la celebración simultánea de un contrato de relevo.
Con el objeto de que las empleadas y empleados del sector público que tengan reconocido este derecho y cumplan los requisitos establecidos en el punto 2 del artículo 215 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, puedan acceder a la jubilación parcial anticipada, hasta tanto no finalicen los procesos selectivos en ejecución de la Oferta de Empleo Público específica para los contratos de relevo derivados del Real Decreto-ley 11/2024, se procederá, con carácter excepcional, a la contratación de los relevistas, de manera temporal y duración determinada”.
Actualmente el Proyecto de Ley, pese a que se acordó su tramitación por el trámite de urgente, sigue en plazo de presentación de enmiendas hasta el 8 de abril del año en curso.
A lo largo de la negociación del Acuerdo Marco por la mejora del empleo público y el servicio a la ciudadanía, CSIF exigió una solución al bloqueo de la Jubilación Parcial para el Personal Laboral y la regulación de dicha modalidad de jubilación para el personal Funcionario y Estatutario. Gracias a la presión ejercida por CSIF, tras la firma del Acuerdo, mantuvimos una reunión bilateral, el 11 de diciembre de 2024, con el Ministro de Función Pública donde le trasladamos nuestras propuestas en los términos que habíamos presentado a los Grupos Parlamentarios, interesando la modificación del actual texto legal, recuperando la figura temporal del contrato de relevo y el reconocimiento de dicho derecho para el personal funcionario y estatutario.
Ante el retraso y la permanencia del bloqueo en la Jubilación Parcial para los empleados públicos que ya tienen reconocido este derecho, el pasado 3 de marzo del año en curso, CSIF se dirigió por escrito al Ministro de Función Pública, solicitando que “el Consejo de Ministros apruebe un Real Decreto-ley que regule la modalidad de jubilación parcial para el personal funcionario y estatutario, así como que se regule en el mismo medidas transitorias para que el personal laboral, cuyo derecho tiene reconocido, pueda acogerse de manera inmediata a la jubilación parcial con contrato de relevo”.
Ayer, por fin, y gracias al trabajo incansable de CSIF, el Consejo de Ministros da “luz verde” a la aprobación de un nuevo Real Decreto-ley que desbloquea la Jubilación Parcial para el Personal Laboral del conjunto de Administraciones Públicas. CSIF seguirá trabajando para que esta modalidad de Jubilación se reconozca también para el personal funcionario y estatutario.