CARRERA PROFESIONAL. Personal Diplomado Sanitario; Personal Sanitario de Formación Profesional; Personal de Gestión y Servicios (Gerencia de Atención Primaria del Área de Salud de Tenerife)

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26 de maiatza de 2026

Se aprueba, de acuerdo con el régimen excepcional (nivel 5) previsto en la Instrucción 8/2025, la relación definitiva de las solicitudes estimadas y desestimadas.

PERSONAL DIPLOMADO SANITARIO

Resolución de 12 de mayo de 2026, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de la Presidenta del Comité de Evaluación de Carrera Profesional del Personal Diplomado Sanitario adscrito a esta Gerencia, que aprueba la relación definitiva del Personal Diplomado Sanitario que se encuadra o no en el grado quinto del sistema de carrera profesional, de acuerdo con el procedimiento ordinario excepcional previsto en la Instrucción n.º 8/2025, del Director del Servicio Canario de la Salud.

 

PERSONAL SANITARIO DE FORMACIÓN PROFESIONAL

Resolución de 13 de mayo de 2026, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de la Presidenta del Comité de Evaluación de Carrera Profesional del Personal Sanitario de Formación Profesional de esta Gerencia, que se encuadra o no en los distintos grados del sistema de carrera profesional, de acuerdo con el procedimiento ordinario excepcional previsto en la Instrucción n.º 8/2025, del Director del Servicio Canario de la Salud.

 

PERSONAL DE GESTIÓN Y SERVICIOS

Resolución de 12 de mayo de 2026, que ordena la publicación del Acuerdo de la Presidenta del Comité de Evaluación de Carrera Profesional del Personal de Gestión y Servicios adscrito a esta Gerencia, que aprueba la relación definitiva del Personal de Gestión y Servicios que se encuadra o no en los distintos grados del sistema de carrera profesional, de acuerdo con el procedimiento ordinario excepcional previsto en la Instrucción n.º 8/2025, del Director del Servicio Canario de la Salud.

 

(Fecha de publicación: 26/05/2026)

 

Contra el presente acto, dado su carácter de trámite no cualificado, no cabe recurso alguno, pudiéndose, no obstante, interponer el que se considere oportuno si se entendiese que se dan algunos de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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