Resumen de la Mesa Sectorial de Negociación de Personal Funcionario celebrada el 12 de mayo de 2025
- Negociaciones y acuerdos
14 de maiatza de 2025

CSIF TE INFORMA
Resumen de la Mesa Sectorial de Negociación de Personal Funcionario celebrada el 12 de mayo de 2025.
Celebrada sesión de la Mesa Sectorial de Negociación de Personal Funcionario, de fecha 12 de mayo de 2025, con el siguiente orden del día:
Primero. Propuesta de Acuerdo para la creación de la Unidad Administrativa Temporal para la normalización administrativa de la Dirección General de la Función Pública.
Segundo. Ruegos y Preguntas.
Por primera vez desde la entrada en vigor del Decreto Ley 7/2024, de 31 de julio, se va a crear una Unidad Administrativa Temporal (UAT), atendiendo a lo establecido en el artículo 54 de dicho cuerpo legal, a la que se denominará Unidad Administrativa Temporal para la normalización administrativa de la Dirección General de la Función Pública (1 de junio de 2025 a 31 de mayo de 2028).
Desde CSIF hemos manifestado que no dudamos que la situación que da lugar a tal propuesta se esté dando y es positivo que se pretenda reforzar de personal la Dirección General de la Función Pública, aunque nos cuesta creer que el déficit de personal que pretende solventar tenga carácter coyuntural y no estructural. Si fuera estructural, la opción elegida no la solventaría so pena de tener que prorrogar sucesivas veces la vigencia de dicha unidad administrativa.
El Director General de la Función Pública manifestó el carácter provisional de esta medida, que requiere finalmente llevar a cabo una modificación de la propia RPT de esa Dirección General.
Continuando con la reflexión que se hace este Sindicato respecto a esta UAT y entrando en la consideración de los puestos de trabajo que la conformarían, a la vista de los niveles y complementos específicos que se asignan, difícilmente serán cubiertos voluntariamente por personal funcionario de carrera. Esto va a determinar que finalmente su cobertura sea por personal interino, de permitirlo el apartado 4 del artículo 54 del Decreto Ley 7/2024 que, entre otras formas, posibilita su provisión mediante procedimiento de provisión temporal. Pero es que, de ser posible el nombramiento de personal funcionario interino por no disponer de personal de carrera, nos estaríamos alejando del objetivo de disminución de la temporalidad.
El artículo 54 del Decreto Ley 7/2024, indica que los puestos de las unidades administrativas temporales, además de por los procedimientos de libre designación y de concurso, podrán ser cubiertos mediante la reasignación de efectivos y la adscripción provisional.
En orden a la provisión ordinaria de los puestos a crear, no basta con indicar lo que ya establece el Decreto Ley, debiendo señalarse que, por las funciones de estos, sería mediante el procedimiento de concurso, toda vez que en ninguno de los puestos previstos se dan las circunstancias que posibilitarían que fuera mediante el de libre designación.
En cuanto a la pretendida provisión en adscripción provisional y reasignación de efectivos, recordamos que la legislación básica ha tasado los supuestos en que pueden tener lugar, por lo que, no estando entre ellos los señalados en la propuesta de acuerdo, dudamos sobre su constitucionalidad.
En definitiva, aun siendo conscientes de la grave carencia de medios que soporta la Dirección General de la Función Pública, consideramos que la propuesta de acuerdo solo la parchea, por lo que no la podemos compartir.
TODOS X TOD@S
SI TÚ NO TE CONFORMAS, NOSOTROS TAMPOCO. ALCEMOS LA VOZ.
LA VERDAD POR DELANTE.
CSIF, OTRA CLASE DE SINDICATO.
Descargar comunicado completo del CSIF
Más información en:
- Mensaje anterior: Convocatoria Mesa Sectorial de Negociación de Personal Funcionario (MSNPF) el 12/5/2025.
Canarias, a 14 de mayo de 2025.