Instituto Municipal de Deportes (IMD): el Gobierno del PP bate el récord histórico de sueldos de la alta dirección (+143%)

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25 de septiembre de 2026

Mientras tanto paga por debajo de convenio a 252 trabajadores e Inspección investiga infracotizaciones. La partida de la cúpula directiva y crece 15 veces más rápido que la del resto de la plantilla

El Comité de Empresa del Instituto Municipal de Deportes (IMD) del Ayuntamiento de Sevilla, en representación unitaria de la totalidad de sus secciones sindicales y de las 252 personas trabajadoras del organismo, hace público su balance de los tres primeros años de gestión del Gobierno municipal del Partido Popular en la alcaldía hispalense. Un balance que arroja un saldo desolador: privilegios retributivos sin precedentes en la cúpula, quebranto sistemático del convenio colectivo, sospechas de infra cotización a la Seguridad Social y maniobras administrativas al margen de la ley.

1. Récord histórico en sueldos de la Alta Dirección a costa del dinero de los trabajadores
La primera gran medida adoptada por el Gobierno municipal del PP tras tomar posesión no fue solventar las carencias de las instalaciones deportivas ni reforzar la plantilla, sino asignar los salarios directivos más altos de toda la historia democrática del Ayuntamiento de Sevilla.
El análisis documental de las cuentas oficiales del IMD entre 2023 y 2026 revela una brecha retributiva vergonzosa:
● Partida 101.00 (Alta Dirección): Cerró el ejercicio 2023 con 76.422,79 €. Nada más asumir el control, el gobierno del PP disparó esta partida en 2024 hasta los 176.692,37 € (un incremento del 131,20% en un solo año), escalando en el presupuesto actual de 2026 hasta los 185.633,00 €. Crecimiento acumulado desorbitado: El sueldo de la cúpula directiva ha experimentado un incremento acumulado del +142,90% (+109.210 €).
● Agravio comparativo flagrante: Mientras el gasto directivo creció un +142,90%, el resto de la masa salarial de la plantilla (Capítulo I) apenas subió un 9,68% en el mismo periodo. Es decir: el sueldo de la Alta Dirección ha crecido a un ritmo 14,8 veces superior al del conjunto de los trabajadores operativos, extrayéndose íntegramente del Capítulo I (gasto de personal).


2. Salarios por debajo de convenio e investigación masiva de la Inspección de Trabajo

Mientras los despachos de la Dirección se blindaban con retribuciones récord, los 252 operarios y empleados públicos del IMD han sufrido una degradación laboral continuada. La plantilla se encuentra actualmente cobrando retribuciones por debajo de lo estipulado formalmente en las tablas salariales del Convenio Colectivo.
A pesar de que el Comité de Empresa y los propios trabajadores han exigido por escrito en reiteradas ocasiones la inmediata regularización salarial, la respuesta de la Dirección y de la Delegación de Deportes ha sido el más absoluto de los silencios. Ante esta situación de desamparo, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) ha abierto un expediente masivo y ha requerido formalmente a la Dirección del IMD las nóminas de los 252 trabajadores con 4 años de retroactividad (desde agosto de 2022). 

Existen indicios racionales de una infra cotización continuada y sistemática a la Seguridad Social, derivada del abono de cuantías inferiores a convenio. Esta situación sitúa al Ayuntamiento ante el riesgo inminente de actas de liquidación millonarias por cuotas impagadas, recargos y reclamaciones generalizadas de cantidad con cargo al erario público.


3. El atropello a la PPT 2023: Decretazo por Voto de Calidad contra el Secretario General

El ataque a los derechos de la plantilla ha culminado en la gestión del concurso de Provisión de Puestos de Trabajo (PPT 2023, Expte. 155/2022), el primer procedimiento reglamentario de promoción profesional y movilidad interna en la historia del organismo.
El concurso no estaba en el aire: estaba formal, técnica y jurídicamente CONCLUIDO. Con fecha 29 de diciembre de 2025 se elevaron las propuestas definitivas de adjudicación de puestos y el 4 de febrero de 2026 contaban con la fiscalización de plena conformidad de la Intervención General. La plantilla concursó limpiamente y obtuvo sus destinos; solo restaba su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
Sin embargo, la Gerencia retuvo deliberadamente el expediente para intentar consumar una maniobra ilegal: ofertar esas mismas plazas ganadas por la plantilla en la Oferta de Empleo Público (OEP 20204;2025;2026). 

Los hechos evidencian una vulneración sin precedentes de la legalidad administrativa:
1. 24 de julio de 2026: El Consejo de Gobierno del IMD rechazó formalmente la pretensión de la Gerencia de declarar caducado el concurso (5 votos en contra frente a 4 a favor).
2. 28 de julio de 2026 (Dictamen vinculante de la Secretaría General): El máximo fedatario jurídico del Ayuntamiento, D. Luis Enrique Flores Domínguez (CSV: U2KJOYS3DvaMpryUQYyNug--), emitió un informe demoledor: determinó que la caducidad automática no existe en expedientes iniciados de oficio con efectos favorables (arts. 21 y 84.1 Ley 39/2015), que los retrasos imputables a la Administración jamás pueden perjudicar al administrado (doctrina del Tribunal Supremo) y que existe un deber inexcusable de resolver y publicar de inmediato las adjudicaciones en el BOP. 3. 11 de septiembre de 2026 (El atropello): Quebrando el principio de cosa juzgada administrativa y desoyendo el informe preceptivo municipal, la Vicegerencia volvió a someter la misma propuesta. Ante el rechazo de la oposición (PSOE e IU/Podemos) y la abstención de VOX, la Delegada de Deportes y Vicepresidenta del IMD (PP), Dª. Carmen María Tena Aguilar, ejecutó su voto de calidad para imponer el carpetazo arbitrario al concurso, acto publicado en el BOP n.º 183 el 21 de septiembre.
Esta maniobra a la desesperada se ejecutó solo cuatro días antes del juicio celebrado el pasado 15 de septiembre ante el Juzgado de lo Social n.º 12 de Sevilla, en la sección sindical de CGT del IMD demandó la OEP por duplicidad ilícita de plazas, y donde el informe del Secretario General ya ha sido admitido formalmente como prueba de cargo contra la Dirección.
A este caos de personal se suma lo que el Comité considera una privatización encubierta del servicio de informática. En concreto, se ha recurrido a una empresa
externa para contratar a una persona que realice tareas propias de la Sección TIC que, debido a la falta de personal, los trabajadores de la propia sección no podían asumir. 

Desde el Comité se cuestiona esta decisión, al entender que, en lugar de externalizar estas funciones, debería haberse procedido a la creación y cobertura reglamentaria
de la correspondiente plaza, reforzando así la plantilla y garantizando la prestación del servicio con recursos propios.

4. Calendario de conflicto:

Vía judicial, medidas cautelares y movilización en la calle El Comité de Empresa no tolerará que se desmantele la carrera profesional del personal para ocultar negligencias directivas mientras se dilapidan fondos públicos en sueldos de la cúpula. La representación legal de los trabajadores anuncia el despliegue inmediato de su Plan de Acción Integral: 

Impugnación Contencioso-Administrativa: Presentación inmediata de recurso contra el acuerdo del 11 de septiembre, solicitando medidas cautelares urgentespara suspender el archivo forzado por nulidad de pleno derecho, vulneración de los artículos 9.3 y 14 de la Constitución y presunta desviación de poder.
2. Ofensiva procesal penal y laboral: Continuación de la causa en el Juzgado de lo Social n.º 12 y seguimiento de los procedimientos judiciales señalados para enero de 2027, donde se dirimirán responsabilidades e indicios de falsedad documental de cargos directivos por presuntas certificaciones irregulares de acuerdos sindicales.
3. Calendario de movilizaciones: Convocatoria de Asambleas Generales y protestas continuadas de la plantilla ante la sede del IMD y a las puertas del Ayuntamiento en la Plaza Nueva.


EXIGENCIAS INNEGOCIABLES DEL COMITÉ DE EMPRESA:
1. Revocación inmediata del acuerdo de caducidad impuesto mediante voto de calidad el 11 de septiembre de 2026.
2. Cumplimiento íntegro y vinculante del informe del Secretario General del Ayuntamiento de Sevilla de 28 de julio de 2026.
3. Publicación inmediata en el BOP de las adjudicaciones definitivas de la PPT 2023 (Expte. 155/2022), restituyendo los destinos legítimamente ganados.
4. Retirada de la duplicidad de puestos en la OEP, garantizando la prelación legal de la promoción interna frente al turno libre.
5. Regularización salarial inmediata de los 252 trabajadores, abonando los atrasos devengados conforme a convenio y subsanando las presuntas infra cotizaciones denunciadas ante la Inspección de Trabajo.
¡La PPT 2023 se cumple y se publica!
¡Basta de privilegios en la cúpula a costa de los salarios de la plantilla!

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