El Ministerio maquilla las rpts de su ámbito al margen de las necesidades reales de los órganos judiciales

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28 de septiembre de 2026

Ni la conversión de plazas de refuerzo de LAJ ni los cambios de puestos de trabajo de un servicio a otro en la AN, Burgos, León, Ponferrada, Palma e Ibiza resuelven los graves problemas de funcionamiento interno de los nuevos servicios de los Tribunales de Instancia, fiscalías y Registro civil.

El Ministerio vive instalado en la trampa de que se puede hacer más con menos o del coste cero de la reforma cuando la realidad es que toda reforma implica inversión en personal y en medios.

Además, el Ministerio plantea estos cambios sin reseñar los códigos de puesto que se ven afectados lo que hace imposible plantear una mínima negociación. Dice que los aportará en la próxima reunión.

CSIF ha exigido al Ministerio:

 

Datos sobre cargas de trabajo y criterios de distribución de puestos trabajo para evaluar las necesidades de nuevos puestos de trabajo que eviten el recurso a la trampa de “desnudar un servicio para vestir otro”. Lo pedimos mientras se negociaron las relaciones de puestos de trabajo y siguen sin facilitarse. Es decir, realizar modificaciones en base a datos objetivos compartidos y no a informes subjetivos de Secretarios de gobierno o coordinadores.

 

La conversión en plantilla de todos los refuerzos existentes a enero de 2025 y los que se han nombrado posteriormente tengan o no los 3 años de vigencia. El problema aquí es que el Ministerio lleva tiempo negándose a negociar la orden de interinos (firmó ese compromiso en 2015), la normativa de sustituciones y de comisiones de servicio.

 

Incremento de plantillas en consonancia con las nuevas plazas de jueces y fiscales anunciadas. Más allá de lo que pueda resultar del estudio de cargas de trabajo y de los criterios de distribución

 

Especialización de los puestos de trabajo dentro de los servicios y, en su caso, áreas de la oficina judicial con la creación de equipos estables que tengan su reflejo en las relaciones de puestos de trabajo tal y como se establece en la LOPJ. Como mínimo especialización en: familia y protección de la infancia y de la juventud, menores, violencia sobre la mujer, vigilancia penitenciaria, mercantil e instrucción. Además, tal y como se especifica en el reglamento, la creación de estos equipos en las rpts supondría la individualización de esos puestos a efectos de concurso, nuevo ingreso y asignación de funciones.  

 

Además, puestos específicos de atención al ciudadano donde figure expresamente esa función en coherencia con una reforma organizativa que según dijo el Ministro, se hace “para el ciudadano”. En este sentido, CSIF ha denunciado la práctica ilegal de algunos directores de servicio de atribuir, porque sí, la función de atención al público a determinadas personas o cuerpos cuyos puestos no tienen atribuida la misma.

 

Dentro de la especialización, CSIF también exige la potenciación de los servicios de actos de comunicación y la retribución específica de los puestos de trabajo que exijan una mayor penosidad, peligrosidad o especialización.

 

Asimismo, CSIF denunció la pretensión del Ministerio de “colocar” ocho informáticos haciéndolos pasar como funcionarios de Justicia dentro del servicio común general de la Audiencia Nacional. El artículo 435.4 LOPJ establece claramente que los puestos de la oficina judicial SOLO podrán ser ocupados por personal de los cuerpos de funcionarios de la Administración de Justicia. Así, lo que pretende el Ministerio es una chapuza ilegal que llevará a sus responsables ante los Tribunales.

 

La alternativa está en la LOPJ: crear las  unidades administrativas previstas desde 2003 en el artículo 439 de la LOPJ como viene proponiendo CSIF desde hace años.

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