Recordatorio: calendario laboral 2026 y días de vacaciones/asuntos

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19 de enero de 2026

CSIF JUSTICIA INFORMA: Os recordamos el calendario laboral para este 2026.

En este 2026 tendrás:

14 festivos laborales: 10 nacionales (algunos pueden variar de día a criterio de la Comunidad autónoma correspondiente), 2 autonómicos y 2 locales.

Se contempla la posibilidad de sustituir el descanso del lunes siguiente a las fiestas nacionales que coinciden en domingo por la incorporación a la relación de fiestas de la comunidad autónoma de otras que les sean tradicionales, así como la opción entre la celebración de la fiesta de san José o la de Santiago Apóstol en su correspondiente territorio. Se faculta también a aquellas comunidades autónomas que no pudieran establecer una de sus fiestas tradicionales por no coincidir con domingo un suficiente número de fiestas nacionales para añadir, en el año que así ocurra, una fiesta más, con carácter de recuperable, al máximo de catorce.

Por ejemplo, este año el 6 de diciembre, día de la Constitución, cae en domingo (se celebra el lunes) y en diversas comunidades autónomas se ha pasado al 19 de marzo.

 

Vacaciones (preguntas frecuentes):

  • 22 días de vacaciones, con carácter general para todos/as.
  • 1 día adicional de vacaciones por cada ciclo de cinco años de servicios prestados a partir de 15 años de servicios y hasta cumplir los 30 años de servicios prestados. (máximo de 4 días adicionales en total), esto es:
    • +1 día al cumplir 15 años de servicios.

    • +2 días al cumplir 20 años de servicios.

    • +3 días al cumplir 25 años de servicios.

    • +4 días al cumplir 30 años de servicios.

  • Con carácter general se disfrutarán dentro del año natural hasta el 31 de enero de 2027, si bien las CCAA con competencias transferidas pueden variar la fecha de disfrute.

Cuando las situaciones de permiso de maternidad, incapacidad temporal, riesgo durante la lactancia o riesgo durante el embarazo impidan iniciar el disfrute de las vacaciones dentro del año natural al que correspondan, o una vez iniciado el periodo vacacional sobreviniera una de dichas situaciones, el periodo vacacional se podrá disfrutar aunque haya terminado el año natural a que correspondan y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.

 

Asuntos particulares:

  • 10 días de asuntos particulares, con carácter general para todos/as desglosados como sigue:
    • 9 días de asuntos particulares conforme al art. 501 LOPJ;
    • 1 día adicional puesto que el 15 de agosto (Fiesta Nacional no sustituible) cae en sábado.
  • Días adicionales por antigüedad: 2 días adicionales al cumplir el sexto trienio, más 1 día adicional por cada trienio a partir del octavo, esto es:
    • +2 días con 6 trienios.

    • +3 días con 8 trienios.

    • +4 días con 9 trienios.

    • +5 días con 10 trienios.

    • +6 días con 11 trienios.

    • +7 días con 12 trienios, y así sucesivamente

  • Estos días se disfrutarán con carácter general hasta el 31 de enero de 2027, si bien en las CCAA con competencias transferidas puede variar.

 

  • Si por razones de servicio no se puede interrumpir la actividad laboral los días 24 o 31 de diciembre (guardias) se tiene derecho a dos días adicionales (incluye el día adicional por caer en domingo) por cada uno de ellos que se pueden disfrutar hasta el 15 de febrero del año siguiente.

 

Asimismo, os recordamos que tras la petición de CSIF el Ministerio prorrogó el plazo de disfrute de los asuntos  y  vacaciones pendientes de 2025 hasta marzo de 2026.

 

 

  • Resolución de 17 de octubre de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2026.

 

  • Resolución de 18 de noviembre de 2025, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se establece a efectos de cómputo de plazos, el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2026.

 

Fiestas locales:

Las fiestas de carácter local retribuidas y no recuperables para el año 2026 se publicarán en su correspondiente boletín autonómico.

 

ANDALUCÍA

 

ARAGÓN

 

PRINCIPADO DE ASTURIAS

 

ISLAS BALEARES

 

CANARIAS

 

CANTABRIA

 

CASTILLA LEÓN

 

CASTILLA LA MANCHA

 

CATALUÑA

 

COMUNIDAD VALENCIANA

 

EXTREMADURA

  • Acceso al calendario completo

 

GALICIA

En este enlace puedes consultar los anexos divididos por provincias (A Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra) con los dos días elegidos por cada ayuntamiento. 

 

COMUNIDAD DE MADRID

 

REGIÓN DE MURCIA

 

NAVARRA

 

PAÍS VASCO

 

LA RIOJA

 

CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

 

MELILLA

 

Calendario CSIF igualdad 2026

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