MODIFICACIÓN DEL PACTO DE CONTRATACIÓN TEMPORAL Y PROMOCIÓN INTERNA TEMPORAL DEL SESPA (BOPA 15/07/2026)

15 de julio de 2026

Resolución de 30 de junio de 2026, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se modifica el Pacto sobre contratación de personal temporal y sobre promoción interna temporal del personal estatutario del Servicio de Salud del Principado de Asturias.

MODIFICACIÓN DEL PACTO DE CONTRATACIÓN TEMPORAL Y PROMOCIÓN INTERNA TEMPORAL DEL SESPA (BOPA 15/07/2026)

 1. Elección y modificación de destinos (Art. 8)

  • Se redefine completamente el sistema de selección de área, nivel asistencial, zonas básicas/especiales y hospitales.
  • La persona demandante elige un Área principal, pudiendo seleccionar:
    • Atención primaria: zonas básicas y/o especiales.
    • Atención hospitalaria: hospitales del Área a libre elección.
  • Se permite elegir SAC, SUAP y Servicios Centrales, con reglas específicas para SAC basadas en la zonificación previa al nuevo mapa sanitario.
  • Se pueden seleccionar otras Áreas como secundarias, indicando nivel asistencial y centros.
  • Para Facultativos Especialistas de Área (FEA), la asignación se hace por hospitales ordenados por prioridad.
  • Se permite optar por nombramientos a tiempo total o parcial.

Cambio anual de destinos: Hasta el 31 de enero, con efectos el 1 de abril.

  • Casos especiales:
    • Violencia de género: cambio inmediato de centro y destinos, sin penalización.
    • Acoso sexual o por razón de sexo: cambio inmediato de destinos por resolución de la Gerencia.

2. Mesas de Contratación (Arts. 13 y 14)

Se refuerza su papel y composición:

  • Mesa Central: paritaria, con funciones de vigilancia, interpretación del pacto, propuestas de modificación y concesión de perfiles.
  • Mesas de Área: una por cada Junta de Personal.

Composición: sindicatos + administración + secretaría sin voto.

Reciben documentación previa obligatoria (ofertas, designaciones, suspensiones, desiertos).

3. Procedimiento de designación de personas candidatas (Art. 16)

Se reestructura completamente el sistema de nombramientos temporales:

A) Interinos en plaza vacante

Duración máxima: 3 años.

Excepcionalmente pueden continuar si la convocatoria se publica dentro del plazo.

Se ofertan a demandantes del área y destinos seleccionados.

Reglas específicas para médicos de familia y enfermería del SAC/EAP.

B) Interinos por programas temporales

Duración máxima: 3 años.

No pueden cubrir necesidades permanentes.

No puede repetirse el mismo programa en 2 años si no se crea plaza.

C) Sustituciones ≥ 6 meses y acumulación de tareas

Se ofertan como mejora de empleo.

Incluye sustituciones por reducción de jornada y exención de guardias.

D) Sustituciones por vacaciones y permisos < 6 meses

Se permite una única oferta para varias sustituciones, formalizando nombramientos independientes.

En verano puede hacerse un nombramiento único para varias ausencias.

E) Resto de nombramientos

Se ofertan a demandantes en alta o baja temporal por guardias o reducciones.

F) Nombramientos SAMU

Orden de puntuación dentro de la bolsa específica.

Enfermería debe acreditar formación específica.

G) Falta de personas candidatas

Sistema escalonado con puntuación adicional por día trabajado:

0,035 / 0,037 / 0,040 según nivel de disponibilidad.

Difícil cobertura: 0,048 → 0,053 tras 2 años.

H) FEA y Farmacéuticos de AP

Reglas específicas por hospital y tipo de nombramiento.

I) Reserva para personas con discapacidad

7% de los nombramientos.

2% discapacidad intelectual, 5% resto.

“Del total de nombramientos… se asignará un siete por ciento a las personas con discapacidad…”

4. Ceses (Art. 19)

Orden de cese:

  • Personal temporal no inscrito en bolsa.
  • Menor puntuación en área secundaria.
  • Menor puntuación en área principal.

Criterios de desempate:

  • Menor tiempo trabajado → menor puntuación oposición → menor edad.
  • FEA y farmacéuticos tienen reglas específicas.

5. Motivos leves (Art. 22)

Incluye:

  • Rechazo por primera vez de oferta en destinos seleccionados.
  • No comunicar bajas temporales o extinción de nombramiento en 2 días.
  • Retraso injustificado en la presentación.

6. Promoción Interna Temporal (PIT) — Arts. 1, 6 y 10

Se redefine completamente:

  • Modalidad A (dentro del Área)

Preferencia sobre Modalidad B y demandantes temporales.

Reglas de reparto: 50% PIT / 50% bolsa (si impar, PIT obtiene “la mitad + 1”).

Baremo detallado por meses trabajados.

  • Modalidad B (fuera del Área)

Prioridad sobre demandantes temporales.

Actualización de méritos según art. 7 del Pacto.

Mesas de contratación supervisan la correcta aplicación.

7. Disposición transitoria

Procedimiento extraordinario para que demandantes y PIT seleccionen nuevos destinos conforme al nuevo mapa sanitario.

8. Entrada en vigor

Las modificaciones entran en vigor cuando finalice el procedimiento extraordinario de elección de destinos.

 

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