Lo que necesitas saber si acabas de tomar posesión

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19 de febrero de 2026

Con motivo de la toma de posesión como funcionario de nuevo ingreso, os informamos de que, a partir de este momento, pasas a ser mutualista de la Mutualidad General de Justicia (MUGEJU).

A continuación, te explicamos qué implica y qué debes hacer:

 

1. ¿Qué significa ser mutualista de MUGEJU?

La incorporación como personal al servicio de la Administración de Justicia conlleva la afiliación obligatoria a la Mutualidad General Judicial. Esto supone que cotizas a MUGEJU, concretamente te descontarán de la nómina 31,24€ (en el supuesto de los tramitadores).

Asimismo, las personas titulares pueden tener familiares de alta en MUGEJU como personas beneficiarias, siempre que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Vivir con titular y a sus expensas. No se apreciará falta de convivencia en los casos de separación transitoria y ocasional.
  2. No percibir ingresos superiores al doble del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM).
  3. No tener protección a través de otro régimen del sistema español de Seguridad Social.

MUGEJU, cubre la asistencia sanitaria y prestaciones sociales. Todos los funcionarios titulares pertenecen a MUGEJU y como mutualistas pueden optar por solicitar la asistencia sanitaria a través de una entidad privada o de la Seguridad Social. 

Así pues, a partir de ahora tu asistencia sanitaria dependerá de la entidad médica que elijas.

IMPORTANTE: el mutualista deberá utilizar siempre los servicios médicos de la entidad que elija. Si accediera a medios ajenos a esa entidad, tendrá que abonar los gastos que puedan ocasionarse, sin derecho al reintegro de los mismos, salvo en los supuestos excepcionales de asistencia urgente de carácter vital o de denegación injustificada de asistencia y con los requisitos establecidos en el concierto sanitario.

Alta de personal funcionario de nuevo ingreso

 

2. ELECCIÓN DE ASISTENCIA SANITARIA (MUY IMPORTANTE)

Debes elegir una de estas opciones:

A) Entidad médica privada: Puedes consultar los cuadros médicos de las compañías para este 2026.

B) Servicio Público de Salud: Atención en la sanidad pública como cualquier ciudadano.

Ver: proceso de alta como titular por nuevo ingreso

 

3. ¿Puedo cambiar después?

Sí.

Cambio ordinario: en enero (cada año)

Cambio extraordinario: en determinados supuestos (cambio de destino, supuestos excepcionales...)

 

4. Prestaciones principales de MUGEJU

Además de la asistencia sanitaria, tienes derecho a:

  • Incapacidad temporal (complementos económicos)
  • Prestaciones por maternidad/paternidad
  • Ayudas por discapacidad
  • Prótesis, gafas, podología, odontología y otras

Acceso a todas las prestaciones

CONVENIOS Y OFERTAS

 

5. Farmacia

El mutualista paga aproximadamente el 30% del medicamento con carácter general, no el 40-60% del régimen general.

 

Si tienes dudas, contacta con tu delegado de CSIF.

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