Nueva victoria judicial de CSIF que obliga a Correos a cambiar el turno de un trabajador para cuidar a su hijo
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13 de agosto de 2026
CSIF gana a Correos una sentencia, contra la que no cabe recurso, que antepone el derecho de conciliación de un trabajador a cambiar su turno para cuidar a su hijo.
CSIF ha ganado una sentencia a Correos en Córdoba que reconoce el derecho de un trabajador a cambiar su turno de trabajo para poder atender a su hijo menor de edad.
El sindicato muestra su satisfacción por el hecho de que esta resolución judicial del Juzgado de lo Social número 2 de Córdoba reconoce el derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral del profesional de la empresa postal.
CSIF detalla que la sentencia, contra la que no cabe recurso, viene a atender la demanda del trabajador realizada en varias ocasiones durante el pasado año para cambiar del turno de tarde al de mañana con el fin de poder cuidar de su hijo, una petición que fue rechazada sistemáticamente por Correos por unas supuestas causas organizativas.
A este respecto, el juez indica que el mismo Estatuto de los Trabajadores establece en su artículo 34.8 que “las personas trabajadoras tienen derecho a solicitar las adaptaciones de la duración y la distribución de la jornada de trabajo, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia, para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral”.
La resolución judicial deja claro que “el derecho constitucional del trabajador a ocuparse de sus hijos menores no puede ceder frente a las causas organizativas que la empresa alude”.
En este sentido, en el texto se reconoce la potestad que tiene Correos a “optimizar sus recursos mediante la organización, pero el trabajador tiene un derecho que está especialmente protegido por la Constitución, puesto que los valores fundamentales que protege son muy superiores a los que se ven afectados por la organización empresarial”.
Del mismo modo, el juez afea la actitud de Correos en este asunto al señalar que “debe tenerse especialmente en cuenta que se trata de la administración pública, que debe velar por los derechos de conciliación familiar y laboral de sus trabajadores”.