Así es el permiso que te corresponde por nacimiento de hij@

  • Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
  • Personal de Correos

2 de abril de 2024

CSIF te informa que se trata de un derecho personal e intransferible que consta de 16 semanas que se distribuyen así:  

 

6 SEMANAS OBLIGATORIAS 
  • Inmediatamente posteriores al parto ininterrumpidas y a jornada completa y adicionalmente: 
  • 2 semanas más si el hij@ tiene una discapacidad o por cada hij@ a partir del segundo si es parto multiple (una semana para cada progenitor)
  • Si el hij@ debe permanecer hospìtalizado, el permiso se amplia tantos días como permanezca ingresado hasta un límite máximo de 13 semanas. 
  • Si la madre fallece, el otro progenitor podrá utilizar la parte que reste del permiso
  • Si fallece el menor, el permiso no se verá reducido excepto que el trabajador/a solicite la reincorporación una vez finalizado el descanso obligatorio de 6 semanas. 

 

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10 SEMANAS VOLUNTARIAS
  • Puedes disfrutarlas a tiempo completo o parcial
  • Ininterrumpidas sólo si ambos progenitores trabajan en el momento del nacimiento  y: 
  • Tras el descanso obligatorio postparto hasta que el recién nacido cumpla 12 meses 
  • Si preavisas con antelación mínima de 15 días del calendario en los que vas a tomarte esos días. 
  • Durante este periodo puedes participar en los cursos de formación, según establezca el Convenio 

 

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