Así es el permiso que te corresponde por nacimiento de hij@
- Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
- Personal de Correos
2 de abril de 2024

CSIF te informa que se trata de un derecho personal e intransferible que consta de 16 semanas que se distribuyen así:
6 SEMANAS OBLIGATORIAS
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Inmediatamente posteriores al parto ininterrumpidas y a jornada completa y adicionalmente:
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2 semanas más si el hij@ tiene una discapacidad o por cada hij@ a partir del segundo si es parto multiple (una semana para cada progenitor)
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Si el hij@ debe permanecer hospìtalizado, el permiso se amplia tantos días como permanezca ingresado hasta un límite máximo de 13 semanas.
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Si la madre fallece, el otro progenitor podrá utilizar la parte que reste del permiso
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Si fallece el menor, el permiso no se verá reducido excepto que el trabajador/a solicite la reincorporación una vez finalizado el descanso obligatorio de 6 semanas.
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10 SEMANAS VOLUNTARIAS
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Puedes disfrutarlas a tiempo completo o parcial
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Ininterrumpidas sólo si ambos progenitores trabajan en el momento del nacimiento y:
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Tras el descanso obligatorio postparto hasta que el recién nacido cumpla 12 meses
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Si preavisas con antelación mínima de 15 días del calendario en los que vas a tomarte esos días.
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Durante este periodo puedes participar en los cursos de formación, según establezca el Convenio
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