CSIF EXIGE 35 HORAS SEMANALES EN EL ÁMBITO SANITARIO DE CEUTA Y MELILLA

  • Negociaciones y acuerdos

28 de abril de 2026

Tomando la Resolución de 14 de abril de 2026, de la Secretaría de Estado de Función Pública, publicada en el BOE nº 92, de 15 de abril de 2026.

La sección sindical de CSIF (Central Sindical Independiente y de Funcionarios), en ejercicio de su capacidad representativa, eleva la siguiente propuesta de negociación para la implantación efectiva de la jornada de 35 horas en los centros del servicio de salud de Ceuta (INGESA), tomando la Resolución de 14 de abril de 2026, de la Secretaría de Estado de Función Pública, publicada en el BOE nº 92, de 15 de abril de 2026.


I. JUSTIFICACIÓN DE LA PROPUESTA
La recuperación de la jornada general de 35 horas semanales es un derecho ya consolidado para el personal al servicio de la Administración General del Estado. Melilla y Ceuta deben alinearse con un modelo que proteja la salud de los profesionales y la calidad asistencial, garantizando una implementación ágil que contribuya a la mejora de la organización del trabajo, tal y como establece la normativa vigente.

II. PROPUESTA TÉCNICA DE JORNADA ORDINARIA
CSIF propone un modelo de jornada neta basado en el promedio de 7 horas diarias de trabajo efectivo, acorde a las directrices de la Resolución de 14 de abril de 2026, publicada en el BOE nº 92, de 15 de abril de 2026.
• Jornada Anual en Turno Diurno: Establecer un máximo de 1.533 horas anuales, equivalentes a las 35 horas semanales de promedio en cómputo anual.
• Jornada Anual en Turno Rotatorio (con 42 noches): Reducir el cómputo a 1.407 horas anuales. Esta cifra garantiza una aplicación real y equitativa de la reducción horaria para los profesionales sometidos a turnicidad.
• Jornada Anual en Turno Nocturno: Fijar un límite de 1.314 horas anuales, estableciendo un suelo justo para compensar las condiciones de esta jornada.
Se adjunta ANEXO I con la tabla de ponderación de la jornada laboral en función de las noches realizadas.


III. PONDERACIÓN DE NOCTURNIDAD Y DESCANSOS
• Sistema de Coeficientes: Para el personal que realice noches, se propone aplicar factores de ponderación que reduzcan la jornada anual de forma progresiva. Se propone aplicar un coeficiente de ponderación (1,3 para las primeras 42 noches) para acelerar la reducción de la jornada diurna necesaria.
• Días 24 y 31 de diciembre: Confirmar el cierre y carácter no laborable de los días 24 y 31 de diciembre. Cuando coincidan en festivo, sábado o día no laborable, se incorporarán dos días de permiso adicionales de similar naturaleza a los asuntos particulares.

• Pausa de Trabajo: Mantener el descanso por un periodo de 30 minutos computado como trabajo efectivo en las jornadas establecidas.
• Bolsa de Horas de Libre Disposición: Implementar una bolsa de horas recuperables de hasta el 5% de la jornada anual de cada empleado para el cuidado de hijos menores y para la atención de personas mayores y con discapacidad.

IV. EXENCIONES POR EDAD
Regular el derecho del personal mayor de 55 años a la exención voluntaria de realizar turnos de noche y jornada complementaria (guardias), garantizando el mantenimiento de sus retribuciones mediante complementos específicos de atención continuada. Así mismo se extenderá este derecho a personas menores de 55 años que, por motivo de su trabajo en horario nocturno, puedan padecer problemas de salud y que estén ligados a este turno. (Art. 9.1.b de la Directiva 2003/88/CE).

V. CONCLUSIÓN
Desde CSIF, instamos al INGESA a negociar un acuerdo que no se limite a una recuperación formal de las 35 horas, sino que adopte estos parámetros técnicos que supongan una mejora sustancial para los trabajadores del Ministerio de Sanidad del Reino de España.

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