Ayuntamiento de Arenas - Primer convenio colectivo del personal laboral

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Ayuntamiento de Arenas

Primer convenio colectivo del personal laboral

El acuerdo regula las condiciones de trabajo del personal laboral municipal y mantiene su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2028.

Publicado en el BOP de Málaga

El Boletín Oficial de la Provincia de Málaga publicó el 14 de julio de 2026 el primer Convenio Colectivo del personal laboral al servicio del Ayuntamiento de Arenas. El texto fue acordado por la comisión negociadora el 14 de julio de 2025 y aprobado por el Pleno municipal el 17 de julio de 2025.

BOP N.º 134
Publicación 14/07/2026
Código 29104782012026
Vigencia Hasta 31/12/2028

Las principales claves del convenio

Ámbito de aplicación

Se aplica al personal laboral del Ayuntamiento de Arenas, cualquiera que sea la modalidad de contrato, con las exclusiones previstas para determinados programas subvencionados.

Vigencia y efectos económicos

El convenio finaliza el 31 de diciembre de 2028 y establece efectos económicos desde el 1 de enero de 2024.

Jornada laboral

Se fija una jornada media de 35 horas semanales y 1.506 horas anuales, con horario general de 8:00 a 15:00 horas y presencia obligatoria de 9:00 a 14:00.

Teletrabajo

Podrá alcanzar hasta el 30 % de la jornada semanal, con un máximo general de dos días completos por semana, cuando las necesidades del servicio lo permitan.

Vacaciones

Se reconocen 22 días hábiles, con incrementos progresivos por antigüedad hasta llegar a 26 días a los treinta años de servicio.

Horas extraordinarias

Como regla general, se compensarán con descanso a razón de dos horas por cada hora extraordinaria realizada.

Permisos y conciliación

El convenio regula permisos retribuidos, licencias, excedencias y medidas de conciliación. Entre otras previsiones, reconoce:

  • Seis días de asuntos particulares, con días adicionales por antigüedad.
  • Quince días naturales por matrimonio o inscripción como pareja de hecho.
  • Permisos por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de familiares, con distinta duración según grado y localidad.
  • Medidas para lactancia, cuidado de menores y familiares, nacimiento, adopción, guarda y acogimiento.
  • Equiparación de matrimonios y parejas de hecho inscritas a efectos de los permisos previstos.

Prestaciones sociales y protección

Incapacidad temporal

Se contempla un complemento para alcanzar el 100 % de las retribuciones fijas del mes de inicio de la incapacidad temporal.

Indemnización por jubilación

Se reconoce una indemnización de 150 euros por cada año de servicio prestado a la Corporación.

Ayudas por escolaridad

Se fijan ayudas de entre 100 y 250 euros, según el nivel educativo, también aplicables a los propios trabajadores que cursen esos estudios.

Salud laboral

Incluye reconocimiento médico anual, medidas preventivas, ropa de trabajo, equipos de protección y previsiones para adaptar puestos por motivos de salud.

Régimen retributivo

Las retribuciones se estructuran mediante sueldo base, antigüedad, complemento de destino, complemento específico y pagas extraordinarias, con revisión conforme a la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Grupo profesional Nivel mínimo Nivel máximo
A1 24 30
A2 20 26
C1 16 22
C2 14 18
E / Agrupaciones Profesionales 13 14

Igualdad, no discriminación y derechos sindicales

  • Constitución de una comisión de igualdad dentro de la comisión de vigilancia e interpretación.
  • Medidas para prevenir la discriminación, el acoso sexual y el acoso por razón de sexo.
  • Garantías de igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en el acceso, promoción, formación y condiciones de trabajo.
  • Derechos de información, negociación, representación y crédito horario sindical.

Otras medidas destacadas

  • Los días 24 y 31 de diciembre se consideran no laborables, con las particularidades previstas para los servicios obligatorios.
  • Se regula la promoción interna, la cobertura de vacantes y la consolidación del empleo temporal.
  • Se prevé asistencia jurídica para actuaciones derivadas del ejercicio del puesto de trabajo.
  • Se incorpora una comisión paritaria para la vigilancia, interpretación y aplicación del convenio.
  • El texto mantiene su vigencia durante la negociación de un nuevo convenio y puede prorrogarse automáticamente año a año.
Importante: esta publicación es un resumen divulgativo. Para conocer el contenido, requisitos, excepciones y redacción exacta de cada derecho, debe consultarse el texto íntegro del convenio colectivo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga.

Consulta el convenio colectivo completo

Accede al documento publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga y revisa todos sus artículos, disposiciones adicionales y condiciones de aplicación.

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Contenido informativo elaborado a partir del convenio publicado en el BOP de Málaga n.º 134, de 14 de julio de 2026

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