CSIF pide a la Inspección de Trabajo que paralice la manipulación de muestras en el laboratorio del Clínico por riesgos biológicos

  • Prensa y Comunicación

15 de mayo de 2026

SANIDAD

  • Reclama que se garanticen los requisitos de bioseguridad para agentes biológicos clasificados en el grupo 3, incluyen bacterias como las que causan tuberculosis, ántrax o peste, y virus como el hantavirus, VIH, dengue o hepatitis, entre otros
  • Hace dos años una trabajadora del Servicio de Microbiología fue diagnosticada de tuberculosis, requiriendo tratamiento y aislamiento respiratorio

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios, CSIF, primera fuerza sindical multiprofesional en el Servicio Andaluz de Salud –SAS-, ha pedido la intervención de la Inspección de Trabajo en la Unidad de Laboratorio de Microbiología del Hospital Clínico Universitario Virgen de la Victoria de Málaga, ante la exposición a riesgos biológicos por diversos incumplimientos en materia de Prevención de Riesgos Laborales.

Esta central sindical denuncia que en la Sección de Respiratorio se trabaja de forma habitual con el agente biológico Mycobacterium tuberculosis complex, clasificado como agente del grupo 3 en el Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo. Las técnicas que desarrollan los profesionales incluyen el procesado de muestras, cultivo y subcultivo, identificación postcultivo y antibiogramas, operaciones todas ellas consideradas de riesgo por aerosolización.

Además, CSIF ha detectado riesgos que son inaceptables en el protocolo de actuación del servicio, que establece que “ante un resultado de ‘cultivo positivo’ en el equipo automatizado, se debe proceder a la apertura del vial”, siendo este el momento de mayor riesgo de aerosolización de Mycobacterium tuberculosis. También existe riesgo derivado de transporte ante una eventual caída o rotura accidental de los viales positivos durante el trayecto hacia la cabina. Una rotura en esta zona, que carece de filtración HEPA y contención terciaria, provocaría una exposición masiva e incontrolada del personal a estos riesgos.

No obstante, “a día de hoy el laboratorio opera con un nivel de contención biológica 2 (NCB-2), carece de presión negativa, no dispone de un sistema de ventilación que garantice el flujo de aire desde zonas limpias hacia las potencialmente contaminadas, ni de un sistema de extracción con filtración HEPA que evite que el aire sea recirculado a otras áreas del edificio”. Este laboratorio fue diseñado en la década de los 80, cuya seguridad se basaba en la contención primaria y en las buenas prácticas de los trabajadores, haciendo preciso implantar medidas de nivel de contención 3, que incluyan expulsión filtrada mediante filtros HEPA e implantación de presión negativa, para impedir la liberación de microorganismos hacia otras zonas de trabajo.

Cabe recordar que hace dos años una trabajadora del Servicio de Microbiología fue diagnosticada de tuberculosis, requiriendo tratamiento y aislamiento respiratorio, lo que puede reforzar la existencia de un riesgo no controlado de exposición laboral a agentes biológicos del grupo 3.

Pese a que por parte del servicio de PRL del centro hospitalario se admite la necesidad de establecer un calendario de actuaciones e inversiones para adecuar el laboratorio al nivel de contención exigible para agentes del grupo 3, no se ha adoptado la medida inmediata de suspender las técnicas de mayor riesgo ni se han implantado medidas de contención colectiva equivalentes, manteniéndose la exposición cotidiana de los trabajadores a un riesgo grave y real.

Tampoco consta la implantación de un plan de emergencia y actuación específico frente a incidentes o accidentes biológicos en el laboratorio de micobacterias, ni una señalización adecuada de las zonas de riesgo, equipos y procedimientos peligrosos.

Recientemente se han realizado actuaciones de reforma en esta sección tras la reclamación de CSIF, que denunció que se trataba de una zona de paso abierta, en la que la manipulación de cultivos concentrados ignoraba los principios más básicos de la prevención de riesgos biológicos. Sin embargo, estos trabajos se han limitado a la colocación de una mera barrera física, con placas de yeso y una puerta, que no son más que un parche que sigue sin adecuar las instalaciones al nivel 3 de contención que exige la normativa.

Esta situación es incompatible con el trabajo con agentes biológicos del Grupo 3, que es “aquel que puede causar una enfermedad grave en el hombre y presenta un serio peligro para los trabajadores, con riesgo de que se propague a la colectividad y existiendo generalmente una profilaxis o tratamiento eficaz”. En esta clasificación se incluyen bacterias como las que causan tuberculosis, ántrax o peste, y virus como el hantavirus, VIH, dengue o hepatitis, entre otros.  

En este sentido, se incumple la normativa de PRL, que obliga a establecer medidas de contención concretas y de aislamiento del laboratorio, de control del flujo de aire y de tratamiento del aire extraído. Al mismo tiempo, la combinación de una elevada presión asistencial, el trabajo con muestras positivas y la falta de adecuación de la zona constituye un riesgo grave para la salud de los profesionales.

Ante la exposición a riesgos biológicos de los trabajadores que desempeñan sus funciones en esta zona, CSIF ha solicitado la intervención de la Inspección de Trabajo para que requiera la paralización inmediata de la apertura y manipulación de viales positivos en dicha zona mientras no se garantice un recinto con presión negativa y filtración HEPA, derivando dichas muestras a un centro que cumpla los requisitos de bioseguridad.

Para CSIF es imprescindible que se actúe cuanto antes y se adopten las medidas oportunas para preservar la seguridad y salud de los profesionales y personas que pudieran estar expuestos a estos riesgos. En este sentido, ha reclamado que se tenga en cuenta el caso de la trabajadora que fue diagnosticada de tuberculosis activa, a efectos de valorar la existencia de enfermedad profesional y la posible relación de causalidad con las condiciones de trabajo descritas.

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