La Consejería de Educación, Ciencia y Universidades convoca proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros y para adquisición de nuevas especialidades en el citado Cuerpo

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13 de febrero de 2026

LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES CONVOCA PROCESO SELECTIVO PARA INGRESO EN EL CUERPO DE MAESTROS Y PARA ADQUISICIÓN DE NUEVAS ESPECIALIDADES EN EL CITADO CUERPO

Convocatoria proceso selectivo

Resolución de 2 de febrero de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros y para adquisición de nuevas especialidades en el citado Cuerpo.

 


 

TITULO I

PROCEDIMIENTO SELECTIVO DE INGRESO AL CUERPO DE MAESTROS

Plazas convocadas, número y distribución

Se convoca procedimiento selectivo, mediante el sistema de concurso-oposición, para la cobertura de seiscientas ochenta y cinco (685) plazas, en el cuerpo de Maestros, en centros educativos públicos dependientes de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con la normativa vigente relativa al acceso de las personas con discapacidad en la Administración pública, se procede a reservar el 7% de las plazas convocadas, para ser cubiertas por personas que tengan reconocida la condición legal de personas con discapacidad, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, o hayan sido declaradas en situación de incapacidad permanente en grado total en una profesión distinta a la docente, mediante resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) siempre que tengan la capacidad funcional, no solo referida al ejercicio de la docencia a nivel general, sino en relación con la especialidad a la que se opta.

Las plazas convocadas por accesos y especialidades atienden al siguiente desglose:

 

 

Solo se podrá concurrir por un único acceso y especialidad.

Las plazas reservadas para el cupo de personas con discapacidad, no cubiertas por aspirantes de dicho cupo, se acumularán a las convocadas por el procedimiento de acceso libre.

Bases

Ver la convocatoria y las bases clicando AQUÍ

Requisitos que deben reunir los aspirantes

Para participar en el proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros de la Comunidad de Madrid, los requisitos generales que deben cumplir los aspirantes son:

  • Nacionalidad: Poseer la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea, o de algún Estado al que sea aplicable la libre circulación de trabajadores.
  • Edad: Tener la edad mínima de acceso a la función pública y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
  • Capacidad funcional: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del cuerpo y la especialidad a la que se opta.
  • Habilitación: No haber sido separado del servicio de ninguna Administración Pública mediante expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
  • Situación administrativa: No ser funcionario de carrera o en prácticas del Cuerpo de Maestros, a menos que se concurra para la adquisición de una nueva especialidad.
  • Ausencia de condenas: No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, lo cual deberá acreditarse mediante la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.

Todos estos requisitos deben reunirse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

Titulación

Además de los requisitos generales, los/as aspirantes que deseen tomar parte en este proceso selectivo, deberán poseer o estar en condiciones de obtener uno de los siguientes títulos:

  • Grado en Educación Infantil o Educación Primaria (con sus respectivas menciones). (p. 5)
  • Título de Maestro o Diplomado en Profesorado de Educación General Básica.
  • Título de Maestro de Enseñanza Primaria.

Nota: Si obtuviste el título en el extranjero, debes presentar la credencial de homologación correspondiente.

Forma, plazo y lugar de presentación de solicitudes

La participación en el presente proceso selectivo requerirá la presentación de la correspondiente solicitud y la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos. Las solicitudes vincularán a los participantes en los términos en ellas expresados.

El proceso de presentación/registro de solicitudes y de documentación acreditativa de cumplimiento de los requisitos y méritos aportados conllevará la realización de las siguientes actuaciones:

  • Abono de la tasa.
  • Cumplimentación y presentación de la solicitud.
  • Aportación de la documentación correspondiente.
  • Registro electrónico.

En el punto 4 de las bases se explica detalladamente el proceso de presentación/registro de solicitudes.

Tasa por derechos de examen

De conformidad con el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid para el año 2026, deberán liquidar la tasa por derechos de examen por la cantidad de 69,32 euros.

Se abonará una tasa por cada una de las especialidades a las que se presente solicitud.

El pago de las tasas deberá hacerse conforme a lo establecido en el Anexo VI de la resolución de convocatoria.

El plazo de presentación de solicitudes de este proceso selectivo será de veinte (20) días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (12/02/2026).

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.

A tener en cuenta

El sistema de selección será el de concurso-oposición, tendrá carácter eliminatorio y constará de las siguientes fases:

  • Fase de oposición.
  • Fase de concurso.
  • Fase de prácticas.

 


 

TÍTULO II

PROCEDIMIENTO DE ADQUISICIÓN DE NUEVAS ESPECIALIDADES

Se convoca procedimiento para que los funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros, directamente dependientes de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid, puedan adquirir nuevas especialidades.

Normas generales

Las especialidades que podrán adquirirse mediante el procedimiento regulado en este Título, serán las mismas que las convocadas para el procedimiento de ingreso por el turno libre de esta convocatoria. A este procedimiento le serán de aplicación las disposiciones que se recogen en la normativa citada en la base segunda del Título I de la presente resolución, así como las restantes bases del Título I que no se opongan a lo dispuesto en este Título.

El procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades tendrá lugar en las mismas sedes en las que se celebre el procedimiento selectivo de ingreso por el turno libre de la especialidad correspondiente.

Requisitos que deben reunir los aspirantes

Para poder participar en este procedimiento, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

  • Ser funcionario de carrera del cuerpo de Maestros, con destino en el ámbito de gestión de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid. En el caso de funcionarios de carrera en situación de excedencia voluntaria, de los adscritos a puestos de función inspectora y de los adscritos a plazas en el exterior o circunstancias análogas, el cumplimiento de este requisito se entenderá referido al último centro de destino en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
  • No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. Estos requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Sistema de selección

Conforme a lo establecido en el artículo 53 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, los funcionarios del cuerpo de Maestros podrán adquirir nueva especialidad, dentro del mismo cuerpo, mediante la realización de una prueba, que consistirá en la exposición oral de un tema de la especialidad por la que se opta, elegido por el aspirante de entre tres extraídos al azar por el tribunal, de los que componen el temario oficial de la especialidad establecido en el artículo uno de la Orden ECD/191/2012, de 6 de febrero de 2012, por la que se aprueban los temarios que han de regir en los procedimientos de ingreso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes establecidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

El aspirante dispondrá de dos horas para su preparación, pudiendo utilizar en ella el material que estime oportuno, sin posibilidad de conexión con el exterior (ordenadores portátiles, teléfonos móviles, auriculares, relojes inteligentes, etc.), siendo aplicable lo dispuesto en el Anexo V de esta resolución. Los tribunales vigilarán el cumplimiento de este requisito.

La exposición del tema a que se refiere el apartado anterior tendrá una duración máxima de una hora, que en el caso de la especialidad “Lengua extranjera: Inglés”, “Lengua extranjera: Francés” o “Lengua Extranjera: Alemán”, se realizarán en estos idiomas.

Forma, plazo y lugar de presentación de solicitudes

En el punto 4 del Título I de las bases se explica detalladamente el proceso de presentación/registro de solicitudes.

A tener en cuenta

  • Publicada la lista, la Dirección General de Recursos Humanos expedirá a los interesados la correspondiente credencial de la adquisición de la nueva especialidad.
  • Quienes adquieran una nueva especialidad por este procedimiento estarán exentos de la realización de la fase de prácticas.
  • La adquisición de esta nueva especialidad no supone la pérdida de la anterior o anteriores que se pudieran poseer.

Aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad

Todos los aspirantes que presenten solicitud de participación en este procedimiento selectivo y deseen formar parte de las listas ordinarias para desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad, de la especialidad a la que se presenten, deberán indicarlo marcando en la solicitud de participación el recuadro C del apartado “Datos a consignar según las bases de la convocatoria”. Así mismo, deberán realizar, al menos, la parte de la prueba de la fase de oposición que se convoque en primer lugar, por la especialidad por la que se presenten.

 

NOTA: Ver las bases del proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros y para adquisición de nuevas especialidades en el citado Cuerpo

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