El Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias convoca proceso selectivo para cubrir 15 plazas de Monitor Deportivo en varias especialidades, mediante el sistema de concurso, en turno libre/estabilización.

  • Empleo
  • Oposiciones
  • Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
  • Otros Cuerpos de Administración Local
  • Portada Empleo

4 de junio de 2025

• Monitor deportivo de Pádel
• Monitor deportivo de Natación
• Monitor deportivo de Gimnasia Rítmica
• Monitor deportivo de Fútbol
• Monitor deportivo de Baloncesto

EL AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS CONVOCA PROCESO SELECTIVO PARA CUBRIR 15 PLAZAS DE MONITOR DEPORTIVO EN VARIAS ESPECIALIDADES, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO, EN TURNO LIBRE/ESTABILIZACIÓN.

Resolución de 26 de mayo de 2025, del Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias (Madrid), referente a la convocatoria para proveer varias plazas.

  • Dos (2) plazas de Monitor deportivo de Pádel de la plantilla de personal laboral fijo, por el sistema de concurso, en turno libre/estabilización.
  • Cinco (5) plazas de Monitor deportivo de Natación de la plantilla de personal laboral fijo, por el sistema de concurso, en turno libre/estabilización.
  • Una (1) plaza de Monitor deportivo de Gimnasia Rítmica de la plantilla de personal laboral fijo, por el sistema de concurso, en turno libre/estabilización.
  • Seis (6) plazas de Monitor deportivo de Fútbol de la plantilla de personal laboral fijo, por el sistema de concurso, en turno libre/estabilización.
  • Una (1) plaza de Monitor deportivo de Baloncesto de la plantilla de personal laboral fijo, por el sistema de concurso, en turno libre/estabilización.

Bases

Ver las bases generales que han de regir las convocatorias para la provisión de las plazas de personal laboral incluidas en el proceso extraordinario de consolidación y estabilización (ley 20/2021, de 28 de diciembre).

En el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» número 116, de 16 de mayo de 2025, se han publicado las bases específicas que han de regir estas convocatorias.

Ver las bases específicas de las convocatorias clicando en cada una de las especialidades:

Titulación

Los/as aspirantes que deseen tomar parte en este proceso selectivo, deberán estar en posesión de alguna de las titulaciones previstas en el artículo 14.3 de la Ley 6/2016, de 24 de noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid.

Igualmente, se deberá estar en posesión del título de socorrista en piscinas e instalaciones acuáticas.

Para vuestra comodidad os dejamos aquí, lo que dice el artículo 14.3 de la Ley 6/2016, de 24 de noviembre.

Para ejercer la profesión de Monitora Deportiva/Monitor Deportivo en Actividad Física Deportiva de Carácter Formativo se requiere alguna de las siguientes titulaciones:

  1. Técnico Deportivo de la modalidad y especialidad deportiva correspondiente.
  2. Técnico Deportivo Superior de la modalidad y especialidad deportiva correspondiente.
  3. Técnico Superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas.
  4. Licenciatura en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte o el correspondiente título de Grado que la sustituya.
  5. Cuando la actividad se ejerce con niños en el marco de actividades del deporte escolar en Educación Primaria también podrán ejercer la profesión de Monitora Deportiva/ Monitor Deportivo de Actividad Física Deportiva de carácter formativo quienes acrediten su cualificación mediante la posesión de la titulación de Diplomatura en Magisterio con especialidad en Educación Física o correspondiente título de Grado que la sustituya.
  6. Técnico Superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva.
  7. Técnico Superior en Acondicionamiento Físico.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado» (04/06/2025).

Tasa por derecho de examen

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5º de la Ordenanza Fiscal reguladora de expedición de documentos, el/la aspirante deberá hacer efectiva la Tasa por Derechos de examen recogida en el epígrafe 3, por un importe de 10,00 € euros.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del referido texto, no se reconocen beneficios fiscales en la tasa en lo relativo a Exenciones, reducciones y demás beneficios legalmente aplicables.

La forma de pago de la Tasa por el aspirante se realizará en régimen de AUTOLIQUIDACIÓN TRIBUTARIA, MODELO 304 a la cual, podrá accederse sin necesidad de identificación digital, mediante el siguiente link:

https://sanmartindevaldeiglesias.gcm-ah.com:8443/autoliquidaciones_sanmartin/home

A tener en cuenta

  • El procedimiento de selección de los aspirantes se desarrollará en una única fase de concurso.
  • Bolsa de trabajo

Se creará una bolsa de trabajo con las personas que, no habiendo obtenido plaza en el proceso selectivo con una duración máxima de tres años. Esta bolsa dejará sin efecto las anteriores bolsas que existieren para la cobertura de plazas similares.

 

COMPARTIR