La Justicia condena a Correos por denegar a una trabajadora el permiso para cuidar de su marido tras una intervención quirúrgica

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10 de julio de 2026

-La sentencia obtenida por CSIF concluye que la empresa vulneró el derecho a la conciliación de la trabajadora y condena a Correos a indemnizarla y restituir todos los derechos vulnerados.
-La magistrada estima que la decisión empresarial fue contraria a derecho y recuerda la doctrina fijada por el Tribunal Supremo sobre estos permisos de conciliación.

Lugo, 10 de julio de 2026.- El Juzgado de lo Social de Lugo ha estimado íntegramente la demanda presentada por CSIF en defensa de una trabajadora de Correos y ha condenado a la empresa por vulnerar su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral al denegarle el permiso retribuido para cuidar de su marido tras una intervención quirúrgica.

La sentencia reconoce el derecho de la trabajadora a disfrutar del permiso solicitado, a recuperar los días de asuntos propios que tuvo que consumir por la negativa de la empresa, a percibir el incentivo económico de la campaña de Navidad del que fue injustamente privada y a ser indemnizada por los daños y perjuicios ocasionados.

Los hechos se remontan a diciembre de 2024. Tras la intervención quirúrgica de su marido y pese a que el alta hospitalaria se produjo con indicación expresa de reposo domiciliario y necesidad de cuidados diarios, Correos denegó a la trabajadora el permiso solicitado al considerar que ya no concurrían los requisitos para su concesión. Ante esta negativa, la empleada se vio obligada a utilizar cuatro días de asuntos propios para poder atender a su familiar.

En su resolución, la magistrada concluye que la decisión empresarial fue contraria a derecho y recuerda la doctrina fijada por el Tribunal Supremo sobre estos permisos de conciliación. La sentencia señala que el derecho no desaparece con el alta hospitalaria cuando el paciente continúa necesitando reposo y cuidados en el domicilio, circunstancia acreditada mediante informe médico en este caso.

Como consecuencia de ello, el fallo condena a Correos a reconocer el permiso retribuido solicitado, permitir a la trabajadora recuperar los días de asuntos propios que tuvo que emplear por la denegación injustificada, abonarle el incentivo de la campaña de Navidad, del que fue penalizada por esa ausencia, y pagar una indemnización por los daños y perjuicios derivados de la vulneración de su derecho a la conciliación.

Desde CSIF se valora esta resolución como un respaldo claro a los derechos de conciliación de las personas trabajadoras y se recuerda que las empresas deben aplicar la normativa y la jurisprudencia vigente sin imponer interpretaciones restrictivas que obliguen a los empleados a acudir a los tribunales para hacer valer derechos ya reconocidos por la legislación y por el Tribunal Supremo.

Para la organización sindical, esta sentencia constituye un importante precedente para evitar que situaciones similares vuelvan a repetirse y reafirma que la necesidad de cuidados familiares no finaliza automáticamente con el alta hospitalaria cuando persiste una situación médica que exige atención domiciliaria.

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