CSIF logra la primera sentencia que reconoce el derecho a cobrar nocturnidad y festivos durante bajas, vacaciones y permisos
26 de mayo de 2026
- La resolución judicial reconoce este derecho a un bombero forestal y puede abrir la puerta a reclamaciones de hasta 5.000 empleados públicos de la Xunta
- El sindicato reclama una salida negociada por parte de Emprego Público para evitar la avalancha de demandas
Santiago, 22 de mayo de 2026.– La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha logrado una sentencia pionera en Galicia que reconoce el derecho del personal funcionario a percibir los complementos por nocturnidad, domingos y festivos durante los periodos de incapacidad temporal, vacaciones y permisos retribuidos. La resolución afecta a un bombero forestal del Servizo de Prevención e Defensa contra Incendios Forestais (SPIF), pero puede sentar un precedente con impacto para miles de empleados públicos de la Xunta de Galicia.
La sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de A Coruña, estima íntegramente la demanda presentada por los servicios jurídicos de CSIF y condena a la Consellería do Medio Rural a abonar las cantidades reclamadas correspondientes a los años 2024 y 2025, además de los intereses legales.
El fallo considera que las retribuciones derivadas del trabajo nocturno y en domingos y festivos forman parte de la retribución ordinaria cuando estos turnos se realizan de manera habitual dentro de la jornada laboral. Por tanto, la Administración no puede excluir su abono durante periodos de baja médica, vacaciones o permisos retribuidos.
La magistrada se apoya en jurisprudencia del Tribunal Supremo y en normativa europea para concluir que estos conceptos salariales no son extraordinarios ni voluntarios, sino inherentes al puesto de trabajo desempeñado por el funcionario demandante. La resolución señala expresamente que negar estos pagos supondría penalizar económicamente el disfrute de vacaciones o situaciones de incapacidad temporal.
CSIF destaca que se trata de la primera sentencia en Galicia que reconoce este derecho en el ámbito de la Administración autonómica para el personal funcionario que trabaja a turnos. El sindicato considera que este pronunciamiento judicial puede abrir la puerta a reclamaciones masivas de empleados públicos que actualmente dejan de percibir estos complementos cuando están de baja, de vacaciones o disfrutan de permisos.
En el caso concreto del SPIF, CSIF estima que alrededor de 2.000 empleados públicos están afectados por el impago de estas compensaciones económicas durante períodos de incapacidad temporal, vacaciones y otros permisos retribuidos. El sindicato eleva esa cifra hasta cerca de 5.000 empleados públicos potencialmente afectados en el conjunto de la Xunta de Galicia.
Ante esta situación, CSIF reclama una solución negociada que permita reconocer este derecho de forma generalizada y evitar así miles de demandas judiciales contra la Administración autonómica.
Acción sindical realizada por CSIF
Desde CSIF recuerdan que esta reivindicación ya había sido trasladada en numerosas ocasiones a la Dirección Xeral de Emprego Público en el marco de la Mesa General de Negociación de Empleados Públicos, solicitando que la Xunta reconociese este derecho de manera pacífica y evitase así la judicialización masiva del conflicto.
Sin embargo, el sindicato denuncia que, hasta el momento, la Administración autonómica no ha atendido ninguna de sus peticiones ni ha mostrado voluntad de modificar el criterio aplicado respecto a estos complementos retributivos.
Tras esta primera sentencia favorable, CSIF volverá a exigir a la Dirección Xeral de Emprego Público que rectifique su postura y adapte de manera inmediata las nóminas y criterios retributivos de todo el personal afectado, evitando que los empleados públicos tengan que acudir individualmente a los tribunales para reclamar un derecho ya reconocido judicialmente.
La resolución judicial todavía puede ser recurrida en apelación por parte de la Xunta de Galicia.