CALENDARIO DE DÍAS FESTIVOS PARA EL AÑO 2027
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8 de junio de 2026
Hoy, se ha publicado en DOE el Decreto 119/2026, de 2 de junio, por el que se fija el calendario de días festivos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2027.
Las fiestas laborales retribuidas y no recuperables en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2027 serán las siguientes:
- 1 de enero, Año Nuevo.
- 6 de enero, Epifanía del Señor.
- 25 de marzo, Jueves Santo.
- 26 de marzo, Viernes Santo.
- 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
- 15 de agosto, Asunción de la Virgen. El descanso laboral se disfrutará el lunes día 11 de octubre, por coincidir en domingo.
- 8 de septiembre, Día de Extremadura.
- 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
- 1 de noviembre, Todos los Santos.
- 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
- 8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
- 25 de diciembre, Natividad del Señor.
Con carácter de fiestas locales, serán también inhábiles para el trabajo otros dos días, que serán determinados por la Dirección General de competente en materia de trabajo, a propuesta del órgano competente del Ayuntamiento respectivo. Los Ayuntamientos deberán formular sus propuestas y remitirlas antes del 15 de septiembre de 2026.
Puedes acceder al Decreto desde nuestra Web: www.csif.es/extremadura/autonomico
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CSIF, PRIMER SINDICATO DE LA JUNTA DE EXTREMADURA A TU SERVICIO