CALENDARIO DE DÍAS FESTIVOS PARA EL AÑO 2027

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8 de junio de 2026

Hoy, se ha publicado en DOE el Decreto 119/2026, de 2 de junio, por el que se fija el calendario de días festivos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2027.

 

Las fiestas laborales retribuidas y no recuperables en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2027 serán las siguientes:

 

  • 1 de enero, Año Nuevo. 
  • 6 de enero, Epifanía del Señor.
  • 25 de marzo, Jueves Santo.
  • 26 de marzo, Viernes Santo.
  • 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
  • 15 de agosto, Asunción de la Virgen. El descanso laboral se disfrutará el lunes día 11 de octubre, por coincidir en domingo.
  • 8 de septiembre, Día de Extremadura.
  • 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
  • 1 de noviembre, Todos los Santos.
  • 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
  • 8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
  • 25 de diciembre, Natividad del Señor.

 

Con carácter de fiestas locales, serán también inhábiles para el trabajo otros dos días, que serán determinados por la Dirección General de competente en materia de trabajo, a propuesta del órgano competente del Ayuntamiento respectivo. Los Ayuntamientos deberán formular sus propuestas y remitirlas antes del 15 de septiembre de 2026.

Puedes acceder al Decreto desde nuestra Web: www.csif.es/extremadura/autonomico

 

SEGUIREMOS INFORMANDO PUNTUALMENTE

 

CSIF, PRIMER SINDICATO DE LA JUNTA DE EXTREMADURA A TU SERVICIO

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