LA FIGURA DEL PERSONAL SUBALTERNO EN LOS CENTROS EDUCATIVOS DE LA GVA
9 de septiembre de 2026
Es frecuente que, al personal subalterno, de vez en cuando le quieran adjudicar funciones o tareas que no tiene encomendadas. Es ahora, coincidiendo con el comienzo del nuevo curso, el personal subalterno de los centros educativos de la Comunidad Valenciana nos está trasladando una problemática.
Desde CSIF queremos trasladar una cuestión que consideramos de especial importancia ante determinadas instrucciones y prácticas que se están produciendo en algunos centros docentes: la pretensión de que el personal subalterno asuma funciones de vigilancia, cuidado o custodia del alumnado que corresponden a la organización docente del centro.
No estamos ante un simple reparto interno de tareas, estamos hablando de funciones, responsabilidades y posibles consecuencias jurídicas derivadas de la atención y vigilancia de menores durante su permanencia en el centro educativo.
EL PERSONAL SUBALTERNO NO ES PROFESORADO DE GUARDIA.
El personal subalterno constituye un colectivo imprescindible para el funcionamiento diario de los centros educativos, que entre sus cometidos se encuentran las tareas propias de apoyo al funcionamiento del centro, control y vigilancia de sus instalaciones, apertura y cierre, atención al usuario, traslado de documentación y materiales y otras funciones propias de su puesto, como el control de accesos y custodia de MATERIAL.
Pero una cosa es colaborar con el funcionamiento del centro y otra muy distinta es asumir la responsabilidad sobre el alumnado. El personal subalterno no puede convertirse, por decisión organizativa del centro, en el sustituto del profesorado de guardia.
La propia normativa y organización de los centros contempla las guardias dentro del horario del personal docente. De hecho, la Generalitat está tramitando actualmente una nueva orden reguladora del horario del personal docente de los centros públicos no universitarios, una norma que contempla una reducción de la jornada laboral y que pretende actualizar la regulación vigente, en vigor desde 1992; pero que su reducción horaria no implique para ello, la distribución de sus responsabilidades al personal subalterno.
Queremos insistir especialmente en el punto de que el personal subalterno no se niega a colaborar.
El personal subalterno forma parte de la comunidad educativa y diariamente desarrolla numerosas actuaciones imprescindibles para que los centros funcionen correctamente.
Lo que defendemos es algo tan sencillo como necesario:
CADA COLECTIVO DEBE EJERCER LAS FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES QUE LE CORRESPONDEN.
Es por todo ello que, en los próximos días presentaremos escrito a Subsecretaría de Educación solicitando aclaración sobre estas actuaciones.