CORRECCIÓN: Atrasos 2025 cobrados en 2025/2026, nota informativa importante Agencia Tributaria.

10 de abril de 2026

¡Cambio en la forma de gestión!

Correción sobre la información comunicada ayer:

Atrasos 2025 cobrados en 2025/2026:

Según fuentes de Hacienda para la renta 2025 (del 8 de abril al 30 de junio de 2026), los atrasos del incremento retributivo (ej. 2,5%) abonados tras la subida del sector público NO se deben incluir en la declaración de la renta de 2025, si se han cobrado en enero de 2026.

Por tanto, los atrasos de 2025 no hay que declararlos hasta 2026 porque se han percibido en 2026 y tributan, por tanto, en el ejercicio de 2026. Disculpad si hemos podido generar confusión pero nos había llegado otra información.

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