COMISIÓN DE SEGUIMIENTO
- Negociaciones y acuerdos
- CSIF Informa
22 de octubre de 2026
1º) Criterio por el que se excluye de los procesos selectivos de PI de personal funcionario, a quien ha solicitado y se le ha concedido prolongar el servicio activo más allá de los 65 años.
Desde la DGRRHH se traslada que es el criterio que se aplica en las CCAA y en el Estado, que es el propio que contempla TREBEP en su artículo 56.1 (6.1 de las Bases Generales de los procesos de P.I.)
LA DGFP hace una diferenciación entre extender la edad de jubilación (porque no se cuenta con los años de cotización suficiente para acceder a la pensión al 100%) y la prolongación de la edad de jubilación (Cuando teniendo la edad y años de cotización exigidas, se solicita continuar trabajando). Sólo en el caso de la extensión, se considera que no se ha superado la edad de jubilación forzosa.
Desde CSIF entendemos que en ambos casos la jubilación deja de ser forzosa cuando un trabajador permanece en el servicio activo, ya sea porque extienda o se prolonguen su edad de jubilación y por ello, el trabajador debe poder concurrir a los procesos de Promoción Interna. Por tanto solicitamos que en la interpretación de la Comunidad de Madrid, se prime el derecho a la posibilidad de promoción interna.
La Administración informa que va a seguir manteniendo sus criterios y que por tanto al llegar a la edad de jubilación forzosa, aunque permanezca el funcionario en el servicio activo, será excluido en los procesos de promoción interna.
2º) Solicitud de asignación de local adecuado para desarrollo de las actividades propias de la Junta de personal en la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
3º) Incumplimiento del artículo 99, d) (“delegados y Juntas de personal”) al negársela Consejería de Economía, Hacienda y Empleo a poner a disposición de la Junta de Personal el local sindical al que tiene derecho.
6º) Aplicación del artículo 99, d), del Acuerdo Sectorial, al objeto de cumplir con el derecho de la Junta de Personal de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, a que se ponga a su disposición un local adecuado y debidamente dotado, que le permita mantener reuniones y atender al personal funcionario.
Los puntos 2,3 y 6 se tratan juntos.
CSIF solicita a los responsables de esta Consejería un local sindical para la Junta de personal, ya que al cerrarse el edificio de la Calle Vía Lusitana 21, se han quedado sin el mismo.
Desde la Consejería se informa que se han reducido los edificios de esta Consejería, por el actual modelo de trabajo donde prima el teletrabajo. Se ha transicionado a un sistema de salas colaborativas donde los EEPP que asisten en presencialidad, conectan sus equipos en las mesas disponibles.
Los locales sindicales de los 4 sindicatos con representación se van a mantener en la sede de la calle Ramírez de Prado y que se va a adjudicar un local conjunto para la Junta de Personal y el Comité de Empresa de esta misma Consejería en el edificio de la Calle Princesa 5, actualmente en obras que finalizaran a primeros de mes de diciembre.
Ofrecen la posibilidad de utilizar estas salas colaborativas mientras finalizan las obras, bajo petición de las mismas conforme a los cauces conocidos de solicitud.
CSIF solicita información sobre dos locales sindicales que existen en la calle Princesa 5, para que se identifique que sindicatos los está utilizando.
La Administración al no disponer de esta información en este momento, queda en facilitarla.
4º) Información sobre la situación en la que se encuentra el proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal de personal funcionario, para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Asistentes Sociales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, Orden 2714/2022.
La Administración informa que se está pendiente de que el Tribunal siga informando de los recursos interpuestos por candidatos, en relación con la baremación y adjudicación de destinos.
Se tiene previsto que se reúnan el próximo día 28 de octubre para informar sobre los recursos interpuestos y la posibilidad de publicar nueva relación complementaria en función de su estimación o no, pero no pueden dar una fecha determinada de cuando se va a poder finalizar el proceso por el elevado número de recursos recibidos.
5º) Solicitud de Local Sindical en el ámbito de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales en las dependencias de C/ Manuel de Falla, 7 como al resto de organizaciones sindicales presentes en Acuerdo.
Desde CSIF se solicita un local sindical en la sede de la DG del Menor, como el que ya disponen el resto de organizaciones sindicales representadas.
La Administración informa que ante la imposibilidad de realizar obras en un edificio que es de alquiler y al cual se le acaba el contrato el próximo año lo siguiente, proponen:
- Uso compartido como un sólo local para todas las OOSS.
- Uso compartido de 1 local sindical por las OOSS que tengan menor representación en el ámbito de Convenio y Acuerdo.
Se pide una votación sobre este tema, CSIF se acoplaría a las dos posturas pero prefiere compartir, a esta misma postura se añade CSIT.
CCOO y UGT no quieren ninguna de las dos propuestas y prefieren que se haga otro local sindical para CSIF aunque la Administración ya ha informado de que es imposible y que dilataría en exceso el legítimo derecho de CSIF a concurrir en las mismas condiciones que el resto de OOSS.
La Administración entiende la postura de CSIF y para resolver la situación, se decide tomar como referencia el porcentaje de representación de las OOSS en el ámbito laboral y funcionario en Comunidad de Madrid.
Consultados los datos de representación, CSIF y UGT deberán compartir local sindical. Se llega a acuerdo sobre la propuesta de la Administración, con el voto a favor de las centrales sindicales CSIF y CSIT, frente al rechazo a compartir recursos de las organizaciones CCOO y UGT.
CSIF solicita que se informe lo antes posible a la Consejería del resultado del Acuerdo para su inmediata aplicación.
DACIÓN DE CUENTAS
1º) Información sobre la decisión adoptada en relación con la vigencia de la Resolución de la Dirección General de Presupuestos por la que se establece el programa de productividad por objetivos vinculado a la gestión de fondos europeos en la Comunidad de Madrid más allá de 2026, visto em el primer punto de la sesión de la comisión de Seguimiento 2/2026.
La Administración informa que está previsto que este programa de productividad este al menos hasta el año 2030, y que se irán realizando los ajustes de personal en estos años, que la reducción podría afectar a los centros gestores, pero no a las unidades de coordinación, manteniéndose a dos personas en las Conserjerías de más personal y en el resto a 1.
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