COMISIÓN PARITARIA PERSONAL LABORAL

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27 de marzo de 2026

-1º) Entrega de las relaciones de puestos de trabajo a las organizaciones sindicales, en cumplimiento del artículo 16.2 del Convenio Colectivo.

La Administración procede con la entrega de la RPT.

-2º) Interpretación de los criterios de aplicación del artículo 67 del Convenio Colectivo, en relación con el artículo 69, a efectos de traslados forzosos de determinado personal de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte por privatización del servicio de limpieza de instalaciones deportivas.

La Administración informa que desde la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte han tratado los temas relativos a estos traslados con el Comité de empresa de dicha Consejería, tal y como se autorizó en la anterior Comisión Paritaria y por tanto no se tiene que volver a llevar este tema a esta Comisión.

 

-3º) Información por parte de la DGFP sobre la reincorporación de personal laboral fijo en situación de Excedencia sin reserva de puesto, como pueden ser la excedencia voluntaria, por incompatibilidad, etc…; de categorías del Área A, después de haberse producido la funcionarización de todas las categorías. Teniendo además en cuenta, que dicha Área de actividad A, no se incluyó en ningún momento como categorías o área a extinguir.

La Administración entiende que es un derecho del trabajador el solicitar el reingreso, pero qu e este no se puede realizarhasta que no existan plazas vacantes. También se puede estudiar tal y como dice el Convenio Colectivo el reingreso en una categoría inferior.

Se ha trasladado a la D.G.R.R.H.H. el planteamiento de esta cuestión y en cuanto tengan la respuesta nos la van a trasladar.

-4º) Toma de decisión en el seno de la comisión de seguimiento sobre el uso compartido de los dos locales sindicales disponibles en la sede de calle Sagasta 6, una vez que se han mantenido tres reuniones en el ámbito de la Consejería de Sanidad, sin que se llegase a acuerdo por la negativa de una de las organizaciones a compartir local.

CSIF recuerda que ya se llegó a un acuerdo en Comisión de Seguimiento de Funcionarios para compartir los dos locales existentes en la Consejería de Sanidad, pero ante la negativa de un sindicato a compartir, el tema a tenido que volver a esta Comisión.

La Administración entiende que hay que compartir y que se pronuncien el resto de los sindicatos presentes en la reunión.

Tras una votación y con sólo la negativa de un sindicato a seguir compartiendo, se aprueba la solicitud presentada por CSIF.

-5º) Interpretación de los términos de aplicación del artículo 86.3 del CC, respecto del requisito de antigüedad aplicable al personal laboral fijo, para su participación en las convocatorias de promoción interna.

La Administración lee textualmente el artículo “ Poseer al menos dos años de antigüedad. A estos efectos, podrán computarse los servicios prestados como personal laboral temporal con anterioridad a ser personal laboral fijo, siempre que los mismls hayan sido reconocidos a efectos de antigüedad”.

La Administración va a comprobar si las Resoluciones 2617/2023 y la ampliación 1090/2025 han cumplido con la normativa, que aunque ya están en fase de 2º examen; si podría ser efectivo para otras convocatorias si algún opositor ha sido excluidopor la interpretación errónea de este artúculo.

-6º) Reconocimiento del complemento de continuidad asistencial para el personal laboral del SERMAS adscrito a las unidades de URPA (Unidad de Reanimación Postanestésica), UCMA (Unidad de Cirugía Mayor Ambulatoria), Hospitales de día (con actividad mañana y tarde) y Hemodiálisis, tras el acuerdo alcanzado en la Mesa Sectorial de Sanidad el 23 de mayo de 2025.

La Administración informa que este complemento no existe para el personal laboral, por lo tanto sería algo a negociar de cara al próximo Convenio Colectivo y no de interpretación en el Convenio actual.

 

-7º) Información sobre previsión de publicación por categorías y fechas de listas de espera y bolsas de empleo derivadas de los diferentes procesos selectivos. Estado de cumplimiento sobre publicación de listas de espera y bolsas respecto de la información facilitada en sesión de Comisión Paritaria de Acta 9/2025, de 19 de junio.

La Administración informa que existen 7 definitivas y 13 provisionales.

Ante la pregunta de CSIF que nos aclare un poco más de como se encuentran las bolsas que todavía no se han publicado, la Admisnistración nos comunica la posible fecha de publicación:

Técnico Auxiliar Área D se publicará en marzo

Titulado Medio Educador se publicará en abril

Técnico Auxiliar Área C se publicará en abril

Conductor especialidad incendios forestales se publicará en mayo/junio

Técnico de mantenimiento se publicará en mayo/junio

Conductor mayo/junio

Técnico de Cocina mayo/junio

Técnico especialista II Área C posiblemente mayo/ junio

Titulado superior de medicina mayo/junio

Técnico Agropecuario grupo III mayo/junio

Técnico Especialista III Área C mayo/junio

Enfermera se ha publicado 26/03/26

Educador Infantil se ha publicado 26/03/26

Técnico Superior en Integración Social se ha publicado 26/03/26

Fisioterapia se ha publicado 26/03/26

Psicología General Sanitaria, Psicología Clínica,Psicomotricidad serán a partir de Septiembre.

 

 

-8º) Interpretación de los términos de aplicación del artículo 180, complemento por funciones asistenciales, a los puestos de carrera en la AMAS.

La Administración informa que este complemento tiene como finalidad compensar los especiales requerimientos de especialización, dedicación y responsabilidad inherentes al desempeño de puestos de trabajo de carácter asistencial en los centros de la Consejería con competencias en políticas sociales.

Tendrán derecho a su percepción el personal laboral de las categorías profesionales del área de actividad D, así como los de la categoría de técnicos auxiliares del área de actividad C, con destino en los centros dependientes de la consejerñia con competencias en políticas sociales.

Su importe será de un 5% del salario base anual.

Tambien informa que se puede dar la curcunstancia que puestos de libre designación en área de actividad A o sin área puedan cobrarlos al ser los responsables directos del personal asistencial y por tanto supervisar su labor.

 

-9º) Información sobre la situación en la que se encuentra la jubilación parcial para trabajadores que cumplen con los requisitos para su aplicación en el periodo entre 1 de abril de 2025 y el 31 de diciembre de 2028.

CSIF, solicita a los responsables de la Administración de la Comunidad de Madrid que estén atentos y preparados para cuando el Gobierno Central proceda a desbloquear la jubilación parcial del personal laboral y que se agilice en ese momento la jubilación parcial del personal laboral de la Comunidad de Madrid

 

-10º) Información en la que se encuentra la toma de posesión en la nueva categoría de Técnico Especialista en Centros de Ejecución de Medidas Judiciales (ARRMI), tras la resolución del proceso selectivo de promoción interna específica (DA 8ª), convocado mediante ORDEN 475/2021.

La Administración informa que en estos momentos están en fase toma de posesión.

 

-11º) Propuesta de modificación del punto decimoquinto del Acuerdo de 19 de enero de 2023, de la comisión paritaria de desarrollo, interpretación, vigilancia y aplicación del convenio colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024), por el que se establecen las condiciones de constitución y el procedimiento de gestión de las bolsas únicas permanentemente abiertas de trabajo temporal de personal laboral.

CSIF vuelve a recordar a la Administración que para una mejor agilización en en los llamamientos de bolsa se realicen llamamientos masivos, interzonales y presenciales.

La Administración informa que está realizando esto con la salvedad de que sean presenciales, además vuelve a pedir el consenso en reunión con los sindicatos para intentar modificar los acuerdos para la generación del Bloque II de las bolsas.

 

-12º) Problemática, incumplimientos y propuesta de agilización en el reconociendo del complemento de antigüedad y abono de trienios del personal laboral.

CSIF propone para la agilización y mejora en la gestión de los trienios del personal de la Administración:

  1. Cumplimiento de la Orden de 21 de enero de 2010 de la Consejería de Economía y Hacienda , la cual dice , que tras la finalización de cada contratotemporal se entregará a cada trabajador, el certificado de servicios prestados ( Anexo II ).

2. Sólo sea necesario presentar el Anexo I y no aportar más doce¡umentación, ya que estáya en manos de la Administración.

  1. Plazo de resolución : 2 meses.

La Administración entiende nuestra postura y los responsable de AMAS presentes en la reunión informan que actualmente pueden tener todos los reconociminetos de tienios regularizados para el mes de mayo.

También son partidarios de una mejor gestión por parte de Administración para agilizar estos trámites y que toda la revisión de la documnetación fuese de oficio por parte de cada Consejería.

 

-13º) Información sobre el número total de solicitudes de excedencia por asuntos particulares presentadas por personal laboral y funcionario y solicitudes autorizadas, desde la entrada en vigor de Acuerdo Sectorial y Convenio Colectivo. Valoración sobre el contenido de las motivaciones realizadas por la DGRRHH para su denegación.

La Administración a la cuestión planteada por CSIF informa que no esstá en la obligación de facilitar estos datos a los sindicatos miembros de esta Comisión. Cada Consejería lleva su gestión y no dependen de Función Pública.

CSIF solicita que conste en acta que solicita esta información y que sea facilitada por la Administración.

La Administración dice que constará en acta, pero que no va a facilitar dicha información.

 

 

 

 

 

 

 

 

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