CONSTITUCIÓN Y GESTIÓN DE LA BUPA PARA PERSONAL LABORAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

  • Empleo
  • Ofertas y bolsas de trabajo
  • Otros Empleo
  • Negociaciones y acuerdos
  • CSIF Informa

23 de octubre de 2025

Acuerdo de 19 de enero de 2023 de la Comisión Paritaria, por el que se establecen las condiciones de constitución y el procedimiento de gestión de las Bolsas Únicas Permanentemente Abiertas (BUPA) de trabajo temporal para personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid.


I. Objeto, Principios y Gestión

  • Objeto (Primero): Establecer las condiciones de constitución y el procedimiento de gestión de las Bolsas Únicas Permanentemente Abiertas (BUPA) para la contratación de personal laboral temporal.
  • Principios (Segundo): Cumplimiento de los principios de igualdad, mérito, capacidad, legalidad, eficacia y publicidad
  • Gestión de la Bolsa (Tercero):
    • Constitución y Gestión: Corresponde a la Dirección General competente en materia de Función Pública.
    • Seguimiento: Corresponde a la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo
  • Zonificación (Cuarto):
    • Las bolsas se organizan en cinco zonas geográficas.
    • Los solicitantes deben indicar la zona o zonas, figurando por defecto en todas si no indican su preferencia.
    • La modificación de zona solo puede solicitarse transcurridos doce meses desde la opción inicial o última8.
    • Si se agota una zona, se podrá ofertar a personas de otras zonas (aceptación voluntaria).

 

II. Ordenación de la Bolsa y Requisitos

  • Estructura de la Bolsa (Quinto): La BUPA está integrada por dos bloques, con orden de preferencia en el llamamiento.
    • Bloque 1 (Preferencia): Conformado por las personas de las bolsas derivadas del correspondiente proceso selectivo (ordenadas según la puntuación obtenida en dicho proceso).
    • Bloque 2: Constituido por quienes no figuren en el Bloque 1 y soliciten su inclusión. El sistema de selección es por concurso de méritos.
    • Llamamiento: No se llama al Bloque 2 mientras haya integrantes disponibles en el Bloque 1.
  • Requisitos de los Integrantes (Sexto):
    • Tener 16 años y no exceder la edad legal de jubilación.
    • Nacionalidad: Española, UE, cónyuges/descendientes dependientes de UE, o extranjeros con residencia legal en España
    • Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
    • No haber sido separado del servicio de Administraciones Públicas ni hallarse en inhabilitación.
    • Poseer la titulación o experiencia sustitutoria requerida.
    • No poseer la condición de personal laboral fijo de la Comunidad de Madrid en la misma categoría/especialidad

 

III. Constitución del Segundo Bloque y Valoración de Méritos

  • Constitución del Segundo Bloque (Octavo):
    • Se convoca mediante resolución de la dirección general competente.
    • Plazo inicial de solicitud: Veinte días hábiles desde la publicación de la convocatoria.
    • Se publica una relación provisional de admitidos y excluidos, abriendo un plazo de diez días hábiles para alegaciones o subsanación.
    • La lista definitiva entra en vigor al día siguiente de su publicación.
  • Méritos Valorables (Noveno): (Para acceso al Bloque 2 - Concurso)
    • Experiencia profesional:
      • Servicios en la Admón. Comunidad de Madrid: 0,30 puntos por mes.
      • Servicios en otras Administraciones Públicas (españolas/UE): 0,15 puntos por mes.
      • Servicios en el sector privado o cuenta propia: 0,10 puntos por mes.
    • Formación específica: Cursos relacionados con la categoría/especialidad o de carácter transversal (ej. igualdad, salud laboral).
      • Valoración: 0,10 puntos por cada 10 horas lectivas acreditadas.
    • Criterios de desempate: 1.º Acreditación de discapacidad; 2.º Mayor número de días trabajados; 3.º Orden alfabético por sorteo anual.
  • Actualización de Méritos (Undécimo): La actualización de méritos e inclusión de nuevas personas se realiza anualmente durante el segundo mes de cada año natural.

 

IV. Procedimiento de Llamamientos y Contratación

  • Mejora de Empleo (Décimo cuarto): Los mecanismos de mejora de empleo son: mayor duración (contrato a vacante), mayor nivel retributivo y jornada a tiempo completo.
    • La oferta de mejora se aplicará tras tres meses de prestación efectiva de servicios en el último contrato.
    • La no aceptación de una oferta de mejora no supone exclusión.
  • Llamamientos (Décimo quinto):
    • Se realizan por riguroso orden de prelación, con preferencia del Bloque 1.
    • Cuota de discapacidad: De cada diez contrataciones, una ha de recaer en una persona con discapacidad.
    • Notificación: Se realiza por dos veces mediante llamada telefónica; si no es posible, por correo electrónico, con un plazo de 48 horas para contestar.
    • Plazo de aceptación: La persona candidata dispone de un día hábil para aceptar o rechazar la oferta contractual.
    • Rechazo sin causa justificada: Supone la exclusión temporal de 12 meses de la bolsa.
    • Los plazos de notificación pueden reducirse a 24 horas en casos de contratación prioritaria o urgente.
  • Contrataciones (Décimo sexto): Antes de la formalización del contrato, la persona debe presentar la documentación que acredite el cumplimiento de todos los requisitos (ej. DNI, titulación, declaración jurada de no inhabilitación).

 

ZONIFICACION

 

La BUPA se organiza en cinco zonas geográficas para la gestión de ofertas de trabajo, agrupando los municipios de la Comunidad de Madrid.

 

El solicitante puede indicar la zona o zonas de preferencia; de no hacerlo, figurará en todas.

 

Zona 1: Madrid-Capital

Municipio:  Madrid Capital. Alcobendas. Pozuelo de Alarcón. San Sebastián de los Reyes.

Zona 2: Madrid-Norte

Municipios: Acebeda, La. Alameda del Valle. Algete. Atazar, El. Berrueco, El. Berzosa de Lozoya, Braojos. Buitrago de Lozoya. Bustarviejo. Cabanillas de la Sierra. Cabrera, Canencia. Cervera de Buitrago. Colmenar Viejo. Fuente el Saz de Jarama. Garganta de los Montes. Gargantilla de Lozoya. Gascones. Guadalix de la Sierra. Hiruela, La. Horcajo de la Sierra. Horcajuelo de la Sierra. Lozoya. Lozoyuela. Madarcos. Manzanares el Real. Miraflores de la Sierra. Molar, El. Montejo de la Sierra. Navalafuente. Navarredonda. Patones. Pedrezuela. Pinilla del Valle. Piñuécar. Prádena del Rincón. Puebla de la Sierra. Puentes Viejas. Rascafría. Redueña. Ribatejada. Robledillo de la Jara. Robregordo. San Agustín de Guadalix. Serna del Monte, La. Somosierra. Soto del Real. Talamanca del Jarama. Torrelaguna. Torremocha de Jarama. Tres Cantos. Valdemanco. Valdeolmos-Alalpardo. Valdepiélagos. Valdetorres de Jarama. Vellón, El.
Venturada. Villavieja de Lozoya.

Zona 3: Madrid-Sur

Municipios: El Álamo, Alcorcón. Aldea del Fresno. Aranjuez. Arroyomolinos. Batres. Brunete. Cadalso de los Vidrios. Casarrubuelos. Cenicientos. Ciempozuelos. Colmenar del Arroyo. Cubas de la Sagra. Chapinería. Fuenlabrada. Getafe. Griñón. Humanes de Madrid. Leganés. Moraleja de Enmedio. Móstoles. Navalcarnero. Navas del Rey. Parla. Pelayos de la Presa. Pinto. Rozas de Puerto Real. San Martín de Valdeiglesias. Serranillos del Valle. Sevilla la Nueva. Titulcia. Torrejón de la Calzada. Torrejón de Velasco. Valdemoro. Villa del Prado. Villamanta. Villamantilla. Villanueva de Perales. Villaviciosa Odón.

Zona 4: Madrid-Este

Municipios: Ajalvir, Alcalá de Henares. Ambite Anchuelo, Arganda del Rey. Belmonte de Tajo. Brea de Tajo. Camarma de Esteruelas. Campo Real. Carabaña. Cobeña. Colmenar de Oreja. Corpa. Coslada. Chinchón. Daganzo de Arriba. Estremera de Tajo. Fresno de Torote. Fuentidueña de Tajo. Loeches. Meco. Mejorada del Campo. Morata de Tajuña. Nuevo Baztán. Olmeda de la Fuentes. Orusco de Tajuña. Paracuellos de Jarama. Perales de Tajuña. Pezuela de las Torres. Pozuelo del Rey. Rivas Vaciamadrid. San Fernando de Henares. San Martín de la Vega. Santorcaz. Santos de la Humosa, Los. Tielmes. Torrejón de Ardoz. Torres de la Alameda. Valdaracete. Valdeavero. Valdelaguna. Valdilecha. Valverde de Alcalá. Velilla de San Antonio. Villaconejos. Villalbilla, Villamanrique de Tajo. Villar del Olmo. Villarejo de Salvanés.

Zona 5: Madrid-Oeste

Municipios: Alpedrete. Becerril de la Sierra. Boadilla del Monte. El Boalo. Cercedilla. Collado Mediano. Collado Villalba. Colmenarejo. El Escorial. Fresnedillas de la Oliva. Galapagar. Guadarrama. Hoyo de Manzanares. Majadahonda. Molinos, Los. Navacerrada. Moralzarzal. Navalagamella. Quijorna. Robledo de Chavela. Rozas de Madrid, Las. San Lorenzo de El Escorial. Santa María de la Alameda. Torrelodones. Valdemaqueda. Valdemorillo. Villanueva de la Cañada. Villanueva del Pardillo. Zarzalejo.

ARCHIVOS ADJUNTOS

COMPARTIR