COMUNICACIÓN DECANA DE MADRID SOBRE PROCESO ACOPLAMIENTO JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA MADRID CAPITAL

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21 de noviembre de 2025

Por su interés, os remitimos comunicado que la Decana de Madrid a quienes prestan servicios en los Juzgados de Primera Instancia de Madrid capital, relativo al proceso de acoplamiento de los Juzgados de Primera Instancia en Madrid capital, con INFORMACIÓN MUY IMPORTANTE de MÁXIMO INTERÉS:

 

 

 

" Estimados/as compañeros/as,
 
Como sabéis el próximo 31 de diciembre es la fecha de implantación de los tribunales de instancia en el partido judicial de Madrid, en la denominada fase tres, de acuerdo con la disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia. La nueva organización judicial se define básicamente en los artículos 436 y siguientes y en lo que a Madrid respecta, supone el diseño de un servicio común general, un servicio común de tramitación y un servicio común de ejecución.
 
 
Asimismo, en el artículo 84 se prevé la existencia de una Sección Civil en la que están integrados todos los juzgados de primera instancia generalistas, con la excepción de los juzgados que hoy están especializados en el conocimiento de asuntos de familia y los especializados en el conocimiento de asuntos relativos a la capacidad de las personas y tutelas.
 
 
El diseño de la oficina judicial, de acuerdo con la misma ley orgánica, corresponde a la administración pública competente, en nuestro caso, la Comunidad de Madrid, a través de la Viceconsejería de Justicia; como sabéis, el pasado día 19 de septiembre se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid la Orden de 16 de septiembre de 2025 en el que se determina el diseño y la estructura de la oficina judicial para los tribunales de instancia, incluidos en esta tercera fase de implantación, es decir, Madrid.
 
 
A ello se añaden las funciones que la LOPJ atribuye a los letrados de la administración de justicia, como jefes de la oficina judicial, por tanto, el diseño definitivo ha sido el decidido por quienes tienen las competencias, el Secretario de Gobierno y la Secretaria Coordinadora.
 
 
Como os he anticipado en las juntas de jueces que hemos ido celebrando a lo largo de los meses de septiembre y octubre, hay que partir de la necesaria creación en cada una de las secciones del tribunal de instancia previstas en el artículo 84 de la LOPJ, de un servicio común de tramitación y un servicio común de ejecución; con el margen de flexibilidad que nos da el artículo 436 y, lógicamente, dando cumplimiento a la ley y tratando de causar el menor perjuicio posible, la idea ha sido crear siempre unos equipos de funcionarios que asistan al menor número posible de plazas judiciales, pues no es lo mismo crear un gran servicio común de tramitación para que los funcionarios adscritos al mismo asistan a 30 jueces que a 10, por razones obvias. Además, la proporción de funcionarios que deben estar destinados el servicio común de tramitación o en el de ejecución, se ha definido también por el Secretario de Gobierno y la Secretaria Coordinadorade acuerdo con lo que han informado letrados de la administración de justicia y la carga de trabajo que se asumiría en cada uno de esos servicios comunes.
 
 
Definir el modo en el que se puede implantar la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Madrid, tiene una dificultad añadida, dado que son cuatro las sedes judiciales donde están ubicados los 86 juzgados de primera instancia: 47 en Poeta Joan Maragall, 36 en Rosario Pino, 2 en Francisco Gérvas y 1, en Gran Vía. A ello se une también la especialización en el conocimiento de determinadas materias de algunos de estos juzgados, así, en el edificio de Gran Vía está ubicado el juzgado de primera instancia número 101, especializado, con carácter exclusivo y excluyente, en el conocimiento de las denominadas cláusulas suelo y con una organización de su oficina que es ya diferente al resto. Por otro lado, están los juzgados de primera instancia especializados en hipotecarios, los números 31, 32 y 100, están en las dos sedes de Poeta Joan Maragall y Rosario Pino.
 
 
En la medida de lo posible, y sin perjuicio de que la definición concreta de quiénes son los funcionarios que se integran en cada equipo aún no es definitiva, se ha tratado de uniformar en las diferentes sedes judiciales aquellos juzgados que conocen de las mismas materias, que son todos los de Poeta Joan Maragall, Rosario Pino y Francisco Gérvas, para unificar también los servicios comunes de ejecución y tramitación de esas plazas judiciales, de modo que los juzgados de primera instancia números 104 y 105 pasan a la sede de Poeta Joan Maragall; por la misma razón, los tres juzgados especializados en hipotecarios, y dado que es precisa una mayor proporción de funcionarios de ejecución que de tramitación, se ubicarán en la misma sede, en Rosario Pino.
 
 
 
Se ha intentado hacer equipos homogéneos y con una correspondencia, en la mayoría de los casos con cada planta del edificio, de modo que el servicio común de tramitación y el servicio común de ejecución, con los funcionarios que atienden a un número de plazas judiciales determinado se encuentran en la misma planta que esos jueces, permitiendo de este modo que los funcionarios que tramitan los asuntos estén lo más próximos posibles al juez que conoce de ese procedimiento. Se ha considerado que esta opción era mejor que las propuestas iniciales que pasaban por distribuir a los funcionarios en las diferentes plantas, según fuera de tramitación o de ejecución, con independencia de la ubicación del despacho del juez al que atienden.
 
 
Además, aunque no se suprime totalmente, sí se reduce el traslado de todos los expedientes entre los diferentes servicios comunes, que sería necesario no sólo ahora al inicio de la implantación, sino en el trabajo diario, pues lo contrario hubiera obligado a los funcionarios al porteo permanente por las plantas del edificio de los expedientes en papel que aún hay en las oficinas.
 
 
Quedan aún pendientes la fase de acoplamiento de los funcionarios que se producirá en los primeros días de diciembre y la definición que, en su caso, se pueda hacer por los letrados de la administración de justicia, sobre el reparto de tareas dentro de cada servicio común, -de tramitación o ejecución-, entre los funcionarios allí destinados.
 
 
Pero a falta de la concreción de cuestiones más detalladas, al día de la fecha, los equipos de trabajo de la que será la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Madrid se corresponden con la siguiente estructura:
 
SEDE JUDICIAL DE POETA JOAN MARAGALL, 66
 
GRUPO 1
GRUPO 2
GRUPO 3
GRUPO 4
GRUPO 5
GRUPO 6
GRUPO 7
1
7
13
19
36
43
46
2
8
14
20
37
44
67
3
9
15
21
38
45
68
4
10
16
26
39
73
69
5
11
17
33
40
74
70
6
12
18
34
41
104
71
 
47
35
42
105
72
 
 
SEDE JUDICIAL DE ROSARIO PINO, 5
 
GRUPO 1
GRUPO 2
GRUPO 3
GRUPO 4
GRUPO 5
48
52
56
60
64
49
53
57
61
77
50
54
58
62
81
51
55
59
63
82
 
 
 
99
 
 
GRUPO 6
GRUPO 7
GRUPO 8
GRUPO 9
83
88
92
31
84
89
96
32
86
90
97
100
87
91
98
 
102
 
103
 
 
 
Desde la Viceconsejería de Justicia se iniciarán en los próximos días todas las actuaciones necesarias para cambiar la señalética de los juzgados, remitir cajas para el traslado de expedientes, con las instrucciones oportunas de las funciones que a este respecto deban realizar los funcionarios; además, desde Madrid Digital también se iniciarán los cambios oportunos en el sistema informático, correos electrónicos, información, alocuciones telefónicas, etc., pues se pretende que el día 31 de diciembre esté todo para la implantación. A medida que vaya recibiendo esta información, os la iré trasladando como he venido haciendo hasta ahora. Dando cuenta de cuestiones cerradas, no de especulaciones.
 
 
En cada una de las juntas de jueces hemos solicitado la suspensión de la entrada en funcionamiento de los tribunales de instancia en el partido judicial de Madrid; por lo mismo, y dado el acuerdo unánime de todos, como decana, junto con otros decanos del resto de España que se encuentran también en la fase tres de implantación, he solicitado esta suspensión y la prórroga del plazo. De momento, la ley orgánica está vigente y hay que cumplirla, y sólo nos queda hacer lo posible para que el impacto en nuestra función diaria y en el derecho a la tutela judicial efectiva de los ciudadanos sea lo menos negativo posible. Objetivamente creo que de todas las opciones posibles y con el poco margen que nos da la ley, esta era la menos mala, pero ciertamente va a ser muy complicado trabajar con las debidas garantías en esta nueva organización con las macro oficinas que se crean.
 
 
En los próximos días, dictaré los acuerdos gubernativos oportunos sobre atribución de despachos y salas de vistas, en los casos que es los que es necesario.
 
 
Quedo a vuestra disposición, como siempre, para aclarar cualquier duda que pudierais tener.
 
 
Recibid un cordial saludo,
 
 
María Jesús del Barco Martínez.
Magistrada Juez Decana de Madrid".

 

 

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