REUNIÓN CON LA DIRECCIÓN GENERAL SOBRE ACLARACIÓN DE LA CIRCULAR INFORMATIVA DEL PROCESO DE ACOPLAMIENTO EN LA COMUNIDAD DE MADRID

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11 de mayo de 2025

REUNIÓN CON LA DIRECCIÓN GENERAL SOBRE ACLARACIÓN DE LA CIRCULAR INFORMATIVA DEL PROCESO DE ACOPLAMIENTO EN LA COMUNIDAD DE MADRID

 

 8 mayo 2025

 

El pasado día 8 de mayo (de manera simultánea a otra reunión que se celebró con el Ministerio de Justicia sobre el proceso de acoplamiento en su ámbito y del que os informamos en los días anteriores:https://www.csif.es/es/articulo/nacional/administraciondejusticia/70711 ) se ha mantenido una reunión con responsables de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia para llevar a cabo aclaraciones sobre el contenido del desarrollo de dicho proceso, con algunas notables diferencias con respecto a lo que se está negociando con el Ministerio de Justicia:

 

Los representantes de la Dirección General nos han manifestado que, pese a las reclamaciones formuladas desde CSIF Justicia Comunidad de Madrid, se nos pasará un nuevo texto de Circular informativa solamente con alguna pequeña modificación, ejemplo: cambiar la denominación “salidas a centros penitenciarios” por otra más acorde; o la ubicación de algún párrafo como el de complemento específico que se va a colocar en el lugar de la reasignación forzosa; y algún otro cambio de menor importancia.

 

La Administración ha manifestado que el proceso es para la continuación de funciones; por eso se recoge el acoplamiento “de oficio” en los puestos que hay singularidades concretas (VSM, SCAC, Registro Civil, Decanato, etc.) y,  al resto, si se les garantizará la posibilidad de la  voluntariedad (aunque durante el desarrollo de la mesa hemos visto que se pretende limitar bastante por la Administración), pese a que desde CSIF Justicia Comunidad de Madrid seguimos exigiendo que la participación en cualquiera de las fases del proceso de acoplamiento tenga el carácter de “forzosa”, para evitar posibles perjuicios a los participantes en el mismo.

 

También se nos ha recordado que el Ministerio de Justicia, una vez se hagan los acoplamientos, va a publicar concursos de traslados, y ahí será donde los compañeros podrán moverse “voluntariamente”. Por ello, desde CSIF Justicia Comunidad de Madrid seguimos requiriendo a la Administración que sea en ese momento de participar en dichos concursos, cuando se apliquen las consecuencias profesionales y económicas de la “voluntariedad”.

 

Por ello, hemos pedido desde CSIF aclaración a la Dirección General sobre cuál es la interpretación del término “voluntariedad que ellos pretenden llevar a cabo, en lo relativo a ¿cómo se va a plasmar?, ¿quiénes van a poder utilizarla?, poniendo ejemplos contrarios a la misma, como en el caso de los funcionarios de Juzgados mixtos que tienen funciones de Registro Civil (RC) y que pretenden confirmar “de oficio a los que actualmente desarrollan dicha labor dada su formación y conocimientos  de la aplicación “DICIREGsin tener opción de solicitar otros destinos voluntariamente, y sin perder el derecho a la realización de guardias posteriormente.  Y recuerdan que la Dirección General ha optado por no establecer la “compatibilidad” de puestos en las Relaciones de Puestos de Trabajo.

 

La Administración ha enumerado, una vez más, las diferentes fases del acoplamiento: Primero se están dotando los puestos de libre designación (LD) que se van a cubrir todos por funcionarios del mismo partido judicial; luego se han convocado los concursos específicos (CE) que parece que van a cubrirse todossalvo alguna jefatura (en Majadahonda); después se dotarán los puestos con especificidades que cuentan con retribuciones superiores; y  que también se pretende que a los funcionarios de los Juzgados Mixtos se les habilite poder optar por plazas en el Servicio Común de Tramitación (SCT) y en el Servicio Común de Ejecución (SCEJen los Tribunales de Instancia (TI) donde se crean. Siempre se pretende dar opciones para elegir, y después se resolverá la adjudicación atendiendo a la “antigüedad, una vez resueltos los puestos cubiertos por LD y por CE.

 

Desde CSIF Justicia Comunidad de Madrid hemos solicitado una aclaración más concreta sobre los casos de los puestos de compañeros adscritos a un Juzgado Mixto que están realizando funciones de Registro Civil, dada la casuística que presentan p. e. en lo relativo a realizar guardias con su juzgado, y aunque la Administración nos ha confirmado que van a continuar realizando funciones de Registro Civil en la confirmación de oficio (y el que no quiera dicho destino tendrá participar en un concurso de traslados posterior), también garantizan que los que realizan guardias actualmente van a poder seguir realizándolas, si así lo desean, al no ser voluntario el acoplamiento por sus conocimientos de la aplicación “DICIREG”.

 

Desde CSIF Justicia Comunidad de Madrid hemos solicitado aclarar qué pasa con los funcionarios destinados en un Juzgado mixto que decidan solicitar ir al SCEJ, dado que van a poder elegir, (por poder tratarse de “puestos con funciones de similar contenido”) entre SCT y SCEJ (donde los haya), y la Administración nos ha confirmado que el que pulse el botón del SCEJ de la aplicación que se va a utilizar para desarrollar la participación en el proceso de acoplamiento pierde las guardias porque se entiende que es “voluntariamente, lo que no tiene mucho sentido cuando hay funcionarios que en la actualidad se dedican a la ejecución que, según el criterio de mantener “de oficio forzosamente” a los funcionarios destinados actualmente en puestos de “similares características”podrían ser confirmados (por coherencia con su idea de desarrollo del proceso) por esta víasin causar ningún perjuicio económico o profesional a los afectados.

 

En cuanto a los funcionarios que se encuentran destinados en los Juzgados Mixtos de la primera fase, nos comunica la Dirección General que se les dará a elegir para que confirmen en el Servicio Común de Tramitación, o en el Servicio Común de Ejecución y, si hubiera vacantes que no estuvieran reservadas ni a OPE ni a Concurso de Traslados, también se les dará a elegir Servicio Común General y Oficina de Registro Civil, a lo que desde CSIF Justicia Comunidad de Madrid  nos hemos opuesto si con ello se genera inseguridad jurídica, y por  los posibles  graves perjuicios profesionales y retributivos que puede ocasionar llevarlo a cabo.

 

Desde CSIF Justicia Comunidad de Madrid hemos manifestado que no compartimos dicha interpretación, dado que en el momento en el que es irrenunciable ese puesto, ya no hay “voluntariedad por lo, con carácter general,  sólo deja la opción de solicitar únicamente el Servicio Común de Tramitación para mantener las retribuciones y guardias actuales en el proceso de acoplamiento, si no se ha producido de oficio en el mismo,  y la contestación de la Administración ha sido que se ha de mantener el servicio en la medida de lo posible, y al funcionario que ejecuta actualmente no le van a acoplar forzosamente en el SCEJ, sino que van a poder elegir “voluntariamente, en clara contradicción con lo que se proponen hacer con los compañeros que actualmente llevan RC por sus conocimientos y experiencia en el uso de la aplicación informática “DICIREG”.

 

Desde CSIF Justicia Comunidad de Madrid hemos requerido a la Administración información sobre las Webinar informativas que se están llevando a cabo estos días en los 14 partidos judiciales afectados, y hemos protestado porque no se lleven a cabo al menos en dos ediciones, para facilitar la asistencia de TODOS los interesados, dado que se realizan en un único día (sin contar con los compañeros que estén de baja, o de permiso, etc.) y en una hora concreta una sola vez (imposibilitando que participe toda su plantilla, porque habría que cerrar todos los órganos y servicios judiciales durante su duración para que asistieran todos los compañeros), aunque la Administración ha mantenido la programación que tienen previstas, porque se tienen que realizar antes del proceso de acoplamiento a 30 de junio, y también tienen previsto que (una vez pasada la primera fase de acoplamiento) tienen en mente realizar más “webinar”, grabarlas,  y, quizás, repetirlas con visitas presenciales. También nos informan que se va a habilitar un “buzón en el portal de Justicia (donde están “colgados” los Nuevos Modelos Organizativos y toda la documentación disponible) para que los funcionarios hagan preguntas y se les pueda contestar.

 

A la consulta de CSIF Justicia Comunidad de Madrid sobre el “asistente informatizado” que se quiere utilizar como instrumento para formular las solicitudes de puestos en el proceso de acoplamiento, la Administración cree que podrá tenerlo preparado en torno al día 19 de mayo, y que con dicha aplicación se podrá solicitar  “voluntariamente” destino en el acoplamiento (los que puedan, porque muchos funcionarios acoplarán de oficio) y estará abierta 3 días: el primer día será de prueba (con una “marca de agua” para evitar confusiones) sólo para que los interesados puedan realizar prueba de su manejo y familiarizarse con la aplicaciónpara que no haya nadie que envíe la solicitud por desconocimientolos 2 días siguientes serán los días en los que se podrá elegir y será de carácter irrenunciable. No se va a tramitar con certificado digital, sino con el “login” y “contraseña” de cada funcionario que quiera participar.

 

Una vez más, desde CSIF Justicia Comunidad de Madrid hemos manifestado que la idea de la Administración de mantener la continuidad en el servicio se cae cuando hay unos compañeros que pueden elegir y otros NO (como ocurre en los casos de VSM, SCAC, RC, etc.). ¿Qué continuidad del servicio hay si un tramitador de un Juzgado Mixto puede elegir ir al RC o al SCAC, etc.?, y la Administración ha manifestado una vez más que, aunque entiende nuestra postura, también entiende que su postura es la correcta: debe continuar la prestación del servicio y, después del acoplamientolos funcionarios afectados tendrán un concurso de traslados para optar a un nuevo destino, lo que desde CSIF Justicia Comunidad de Madrid NO podemos compartir, por las graves consecuencias profesionales y económicas que puede suponer el no otorgar el carácter de “forzosa” a la participación en cualquiera de las fases del proceso de acoplamiento.

 

Una nueva aclaración que hemos solicitado desde CSIF Justicia Comunidad de Madrid se ha referido a la redacción del párrafo de la regulación de la confirmación que establece la “…preferencia para ser confirmados los funcionarios de cada Cuerpo con mayor antigüedad en el puesto de “similar contenido” al que debe ser provisto por el procedimiento de confirmación”. Con esta redacción no es puesto de origen, y lo que se entiende es que p. e.: Un funcionario que toda su vida profesional haya estado destinado en Juzgados mixtos, aunque le hayan otorgado su actual destino en el último concursotiene acumulada la antigüedad en puestos de “similar contenido de todos los Juzgados mixtos donde a lo largo de su historial profesional ha estado destinadoy no solamente la correspondiente al puesto de origen en el que se encuentra destinado en el momento del acoplamiento.

 

La Administración manifiesta que es cierto y, para evitar problemas, va a modificar la redacción actual, dado que debe establecerse que es la “antigüedad en el puesto de origen. Es decir, desde la toma de posesión de su último destino.

 

Un nuevo punto polémico ha sido cuando hemos solicitado aclarar desde CSIF Justicia Comunidad de Madrid que ocurre entonces cuando un funcionario solicita varios destinos diferentes, y le dan alguno de ellos en el proceso de acoplamiento. ¿Se considera “voluntaria” dicha solicitud? Y la Administración ha contestado que SI, se considera voluntario, dado que el acoplamiento no es un procedimiento voluntariosalvo para aquellos que no tengan un puesto claro en la nueva estructura, lo que ha supuesto la enérgica oposición de CSIF a dicha consideración.

 

En cuanto a la consulta sobre ¿qué va a ocurrir con los actuales refuerzos? La Administración nos ha manifestado que aquellos que están previsto que pasen a plantilla orgánica antes del acoplamientocesarán, pero no hay refuerzos de este tipo en la Fase 1. En cuanto a los refuerzos que continúen sin que se les consolide todavía en plantilla orgánica, seguirán cubiertos por sus interinos, y no cesarán.

 

En cuanto a las posibles fechas de los ceses de las actuales comisiones de servicio y las sustituciones verticales, la Administración ha manifestado que finales de mayo o principios de junio pueden producirse, según se determine por la Intervención Delegada de la Consejería de Hacienda, Se producirán de momento los ceses que afecten a la primera fase de acoplamiento tanto de quien tiene la comisión concedida en alguno de los 14  partidos judiciales de la fase 1,  como quien la tiene en un destino de una fase posterior pero tiene su destino definitivo en uno de estos partidos judiciales, y se hará sucesivamente  de manera previa en cada fase de acoplamiento. Están afectados en la Fase 1 un total de 45 comisiones de servicio y 66 sustituciones verticales, y sus correspondientes interinos (que serán cesados en ese momento) garantizándose que, una vez se realice cada acoplamientose podrán pedir nuevamente sustituciones verticales y nombrar de nuevo interinos, pero las comisiones de servicio NO  porque han quedado TODAS suspendidas hasta final de año, lo que ha sido rechazado por parte de CSIF Justicia Comunidad de Madridal resultar factible para la Dirección General irlas recuperándolas con carácter simultáneo a la finalización de cada proceso de acoplamiento.

 

En cuanto a la aclaración que hemos solicitado desde CSIF Justicia Comunidad de Madrid relativa a la situación en la que van a quedar los Gestores en funciones de LAJs sustitutos sin reserva de puesto, la Dirección General nos ha manifestado que los Gestores sin reserva van a participar con normalidad en condiciones de igualdad con los que si tienen reserva de puesto de trabajo desde diciembre de 2024, además de en el proceso de acoplamiento previsto para las plazas que ocupen como los LAJs.

 

Desde CSIF Justicia Comunidad de Madrid hemos solicitado aclarar que va a pasar con los funcionarios que están actualmente en situación de adscripción provisional, y la Administración nos ha confirmado que se van a acoplar en plazas en condición de adscripción provisional en el puesto donde están, con la misma obligatoriedad de concursar en el próximo concurso de traslados.

 

Finalmente, desde CSIF Justicia Comunidad de Madrid hemos solicitado aclaración sobre ¿Qué ocurre con los funcionarios que están actualmente en servicios especiales?, y la Administración nos ha comunicado que cuando quieran volver de los servicios especiales harán el reingreso con una adscripción provisional.

 

 

Por último, la Dirección General nos ha comunicado que antes de final de mes se nos va a convocar para empezar con la negociación de las RPTs correspondientes a Fase 2 del acoplamiento. Consideran que no es compleja, y afecta a los partidos judiciales de Alcobendas, Fuenlabrada y Torrejón de ArdozLa idea es realizar las peticiones de acoplamiento de la Fase 2 en el mes de julio, dado que en los meses de agosto y la primera quincena de septiembre suele haber muchos funcionarios de vacaciones, y los Tribunales de Instancia de Ia Fase 2 tienen que entrar en funcionamiento el día 1 de octubre.

 

Os mantendremos informados.

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