Aclaración sobre horario reducido por la festividad de San Isidro en la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid
- Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
- Cuerpos Generales de Justicia
9 de mayo de 2017

¿Donde está regulada?
La RESOLUCIÓN de 6 de octubre de 2016, de la Directora General de Justicia y Seguridad, por la que se publica el Calendario Laboral para 2016, correspondiente al personal funcionario al Servicio de la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid, que se publicó en el BOCM de fecha 27 de octubre de 2016, establece en el apartado séptimo que:
“Con independencia de la jornada de trabajo y su adecuación establecida en la presente Resolución, se fija una reducción de jornada de 09.00 a 14.00 horas durante cinco días por festividades locales de los distintos partidos judiciales”.
¿Cuando se aplica la jornada reducida por festividad local en Madrid y Alcobendas?
En aplicación de la resolución de 6 de octubre de 2016, la jornada reducida se aplicará para la festividad de San Isidro, desde el día 16 al 22 de mayo, ambos inclusive. Por lo tanto, esos días el horario que deberemos realizar de manera obligatoria es de 9:00 a 14:00 horas.
¿Cómo se reflejará el horario en FIVA?
Los gestores de FIVA han actualizado el horario teórico a realizar por los funcionarios beneficiarios de la jornada reducida, actualizando el saldo de horas que deberán realizar al final de mes. A final de mes deben haber acumulado un saldo de 137 horas 30 minutos.
Asimismo, en el horario a realizar entre los días 16 a 22 de mayo, figurará una jornada de 5 horas cada día.
¿Qué pasa si hago más horas?
La jornada de 9:00 a 14:00 horas, es el horario de obligado cumplimiento, pero no existe inconveniente en que se inicie la jornada laboral antes, o se finalice más tarde, bien de forma voluntario o por necesidades del servicio.
En caso de que se realice más horario, y a final de mes se superan las 137 horas 30 minutos, el exceso se podrá compensar dentro del horario flexible de mes siguiente.