CSIF logra una sentencia judicial que confirma que el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid ha vulnerado la libertad sindical
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26 de marzo de 2026
-La Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Madrid anula la sanción de seis meses al delegado sindical y concluye que fue castigado por ejercer su actividad sindical de forma legítima, vulnerando su derecho fundamental a la libertad sindical y cuestiona el informe que originó el procedimiento, al que califica de especulativo.
La sentencia estima el recurso presentado por el delegado sindical de CSIF y declara nula la sanción disciplinaria de suspensión de funciones durante seis meses. La resolución judicial concluye que el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid vulneró el derecho fundamental a la libertad sindical recogido en el artículo 28.1 de la Constitución al sancionar una ausencia al puesto de trabajo amparada por el uso legítimo del crédito horario sindical.
El delegado había solicitado, a través del Portal del Empleado, dos horas de crédito sindical para asistir a una reunión de la Mesa General de Negociación el 28 de abril de 2025, solicitud que constaba como aprobada en el sistema municipal. Pese a ello, el Ayuntamiento calificó dicha ausencia como “grave perturbación del servicio” e inició un expediente disciplinario que culminó con la imposición de una sanción grave de seis meses.
Sin embargo, el relato sostenido por el Ayuntamiento no se mantuvo en sede judicial. La sentencia recoge que el autor del informe que originó el expediente, el Jefe de Servicio, “no pudo explicar cuál habría sido la supuesta ‘grave perturbación del servicio’”, reconociendo además que la ausencia “podía ser plenamente asumida tanto por él mismo como por otros compañeros”. Asimismo, no supo justificar por qué calificó la ausencia como voluntaria pese a conocer que se trataba de horas sindicales, ni por qué no solicitó explicaciones inmediatas, ni el motivo del retraso de casi dos meses en emitir el informe. Todo ello lleva a la jueza a calificar sus conclusiones como “especulativas”.
La sentencia anula el decreto sancionador dictado por el concejal competente, deja sin efecto la sanción y, además, condena en costas al Ayuntamiento.
Para CSIF, esta resolución supone un respaldo judicial firme a la labor de los representantes sindicales y lanza un mensaje claro frente a cualquier actuación que pueda obstaculizar el ejercicio de la acción sindical mediante expedientes injustificados.
El sindicato exige al equipo de gobierno que, aunque la sentencia sea recurrible, la acate y repare el daño causado y corrija las prácticas que han dado lugar a esta vulneración de derechos fundamentales.
CSIF, como siempre, NO tolerará ningún tipo de represalia contra quienes ejercen la representación del personal y utilizará todas las vías legales necesarias para garantizar el respeto a la libertad sindical en la Administración Local.