El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico convoca proceso selectivo para cubrir 44 plazas en el Cuerpo Superior de Meteorólogos del Estado por el turno libre y promoción interna

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20 de enero de 2026

EL MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO CONVOCA PROCESO SELECTIVO PARA CUBRIR 44 PLAZAS EN EL CUERPO SUPERIOR DE METEORÓLOGOS DEL ESTADO POR EL TURNO LIBRE Y PROMOCIÓN INTERNA

Cuerpo Superior de Meteorólogos del Estado

Resolución de 30 de diciembre de 2025, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Meteorólogos del Estado.

Descripción de las plazas

Las plazas convocadas se ajustan a lo dispuesto en el siguiente cuadro:

En concreto, se convoca proceso selectivo para cubrir veintiuna (21) plazas de acceso libre, y veintitrés 23 por promoción interna, en el Cuerpo Superior de Meteorólogos del Estado, código 1400.

Del total de las plazas convocadas por el sistema de acceso libre se reservarán tres (3) para ser cubiertas por personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.

Del total de las plazas convocadas por el sistema de promoción interna se reservarán dos (2) para ser cubiertas por personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.

Bases

  • Bases Comunes AGE. Las bases comunes por las que se regirá esta convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE 22 de julio de 2017).
  • Ver la convocatoria y las bases clicando AQUÍ

Requisitos de las personas aspirantes

Los requisitos de las personas aspirantes para el proceso selectivo, que deben poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la toma de posesión, son los siguientes:

Requisitos Generales de Participación

  • Nacionalidad: Tener la nacionalidad española. También pueden participar, bajo ciertas condiciones, nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, sus cónyuges y descendientes, y personas incluidas en tratados internacionales de libre circulación de trabajadores.
  • Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
  • Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
  • Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de administraciones públicas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para cargos públicos, ni pertenecer al mismo cuerpo o escala al que se presenta.

Requisitos Específicos para Promoción Interna

Además de los generales, los aspirantes por promoción interna deben cumplir:

  • Pertenencia a un cuerpo o escala: Pertenecer como personal funcionario de carrera a cuerpos o escalas de la Administración General del Estado u otras administraciones públicas del subgrupo A2.
  • Antigüedad: Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicio activo como funcionario de carrera en dichos cuerpos o escalas A2.

Titulación

Las personas aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Grado o los actualmente vigentes de licenciado, ingeniero superior o arquitecto a la fecha de fin del plazo de presentación de solicitudes. Se entenderá que se está en condiciones de obtener dicho título mediante el certificado del órgano educativo competente que acredite la superación de todas las asignaturas o créditos ECTS exigidos y, en su caso, el abono de las tasas académicas correspondientes a la expedición del título.

A la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no se aplicará a aquellas personas que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.

Forma, lugar y plazo de presentación de solicitudes

Las personas aspirantes deberán realizar la presentación de las solicitudes y documentación y, en su caso, la subsanación de las actuaciones de este proceso selectivo por medios electrónicos a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General, de acuerdo con las instrucciones que se indican en el anexo II de las bases. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para las solicitudes que se cursen desde el extranjero y respecto de los procedimientos de impugnación de las actuaciones del proceso selectivo.

Para participar en estas pruebas selectivas se deberá cumplimentar y presentar electrónicamente la solicitud de admisión en el modelo oficial 790, en el Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias).

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.

La presentación por esta vía permitirá:

  • La inscripción en línea en el modelo oficial (obligatorio).
  • Anexar documentos a la solicitud (opcional).
  • El pago electrónico de las tasas, si procede (obligatorio).
  • El registro electrónico de la solicitud (obligatorio).
  • La modificación, durante el plazo de inscripción, de la solicitud registrada (opcional).
  • La subsanación de la solicitud, en su caso, durante el plazo otorgado a estos efectos, permitiendo completar o modificar los datos subsanables relacionados con la causa de exclusión, y/o adjuntar la documentación que se requiera para legitimar la subsanación.

Los sistemas de identificación y firma admitidos para realizar la inscripción serán los que determine el servicio de IPS.

Las personas interesadas dispondrán de un plazo de presentación de solicitudes de veinte (20) días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» (20/01/2026).

Tasa por derechos de examen

El importe de la tasa* por derechos de examen será de 31,10 euros para el sistema general de acceso libre y de 15,55 euros para el sistema de promoción interna.

El importe reducido para familias numerosas será de 15,55 euros y de 7,78 euros respectivamente.

* Salvo en caso de encontrarse en alguno de los supuestos de exención total o parcial de la misma (ver el punto 4.13 de las bases de esta convocatoria).

El abono de esta tasa está explicado en los puntos 4.11 y 4.12 de dichas bases.

A tener en cuenta

  • El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para las personas aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre, y mediante el sistema de concurso-oposición para aquellas que lo hagan por el turno de acceso por promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y calificaciones que se especifican en el apartado 6 de las bases de la convocatoria.
  • La fase de oposición constará de dos ejercicios obligatorios y eliminatorios.
  • El programa que ha de regir los procesos selectivos se incluye como anexo I de esta convocatoria.
  • Curso Selectivo

Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo, cuyo contenido y desarrollo diferirá de lo valorado en las fases previas. Para la realización de este curso selectivo, las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición y, en su caso, la de concurso serán nombradas personal funcionario en prácticas por la autoridad convocante.

Consistirá en un periodo obligatorio de formación de carácter teórico y práctico, organizado por la Agencia Estatal de Meteorología y cuya duración máxima será de seis meses. Este curso irá dirigido a la adquisición de conocimientos propios del futuro desempeño profesional, e incluirá un módulo en materia de igualdad entre hombres y mujeres y otro en materia de violencia de género. La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo los aspirantes dependerán directamente de la Presidencia de AEMET.

  • Esta convocatoria deberá ejecutarse en el plazo máximo de dos años desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y, las respectivas fases de oposición, en un año.
  • Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá publicar un cronograma orientativo con las fechas de realización de las distintas pruebas del proceso selectivo.

 

      

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