“Bajo el Sol los derechos también cuentan. Frente al estrés térmico por calor, medidas reales.”
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23 de junio de 2026
1. Concepto de Estrés Térmico
Se produce cuando el organismo acumula más calor del que puede eliminar. Puede darse en tres entornos principalmente:
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Centros de trabajo en interiores.
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Trabajos al aire libre.
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Actividades con fuentes de calor (p. ej., hornos, industrias).
2. Umbrales en Centros de Trabajo Interiores (RD 486/1997)
Establece las temperaturas orientativas exigidas legalmente:
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Trabajos sedentarios (oficinas): Entre 17°C y 27 °C
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Trabajos ligeros: Entre 14°C y 25 °C
Obligaciones asociadas: Ventilación suficiente, protección frente a radiación solar, mantenimiento de climatización y adopción de medidas adicionales si la salud corre riesgo.
ℹ️ Permiso Climático: exclusivo para el sector privado
3. Obligaciones en Trabajos al Aire Libre
La empresa tiene la obligación de:
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Evaluar el riesgo y adaptar horarios.
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Reorganizar tareas e incrementar pausas.
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Facilitar agua potable y zonas de sombra.
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Informar a la plantilla y proteger a personas especialmente sensibles.
Supuestos Especiales:
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Alertas AEMET (Naranja o Roja): Es obligatoria la adaptación de las condiciones de trabajo y de la jornada (reducción o adaptación).
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Riesgo Grave e Inminente: Se deben suspender o modificar las tareas que no puedan realizarse con seguridad.
4. Medidas Preventivas
| Protección Colectiva (Prioritaria) | Protección Individual |
| Planificación de trabajos en horas menos calurosas. | Beber agua frecuentemente. |
| Sombras y refugios climáticos. | Ropa ligera y transpirable. |
| Ventilación y climatización. | Gorra o sombrero y crema solar (exteriores). |
| Rotación de tareas y pausas periódicas. | Evitar comidas copiosas. |
| Reducción de tiempos de exposición. | Comunicar síntomas inmediatamente. |
| Protocolos de emergencia. | No trabajar solo en condiciones extremas. |
5. Efectos del Calor en la Salud
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Efectos Físicos: Deshidratación, calambres, agotamiento, síncopes/desmayos, problemas cardiovasculares, empeoramiento de patologías previas y lesión renal.
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Efectos Cognitivos: Menor atención, errores en el trabajo, menor capacidad de reacción, fatiga mental e incremento de accidentes.
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Efectos Psicosociales: Irritabilidad, estrés, ansiedad, alteraciones del sueño y menor rendimiento laboral.
6. Protocolo ante Señales de Alerta
Señales de Alerta a detectar:
Sed intensa, dolor de cabeza, mareo, náuseas, debilidad, confusión, piel muy caliente y pérdida de conciencia.
Plan de Acción:
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Detener la actividad inmediatamente.
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Trasladar a la persona a una zona fresca.
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Avisar a los responsables.
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Solicitar asistencia sanitaria si es necesario.
Normativa de Referencia:
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Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales.
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RD 486/1997, disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
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RD-Ley 4/2023, medidas urgentes ante fenómenos meteorológicos adversos.
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RDL 8/2024, de Medidas Complementarias DANA.
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