UVA. Bolsa de empleo de la categoría laboral de Técnico Especialista de Oficios Climatización. BOCYL 14/09/2026.
- Empleo
- Ofertas y bolsas de trabajo
- Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
- Personal de Universidad
14 de septiembre de 2026
UNIVERSIDAD DE VALLADOLID
RESOLUCIÓN de 7 de septiembre de 2026, del Rectorado de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca proceso selectivo para formación de bolsa de empleo para la cobertura de ofertas de trabajo con carácter temporal, de la categoría laboral de Técnico Especialista de Oficios Climatización.
I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
B. AUTORIDADES Y PERSONAL
B.2. Oposiciones y Concursos
UNIVERSIDAD DE VALLADOLID
RESOLUCIÓN de 7 de septiembre de 2026, del Rectorado de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca proceso selectivo para formación de bolsa de empleo para la cobertura de ofertas de trabajo con carácter temporal, de la categoría laboral de Técnico Especialista de Oficios Climatización.
La selección del personal técnico, de gestión y de administración y servicios laboral de la Universidad de Valladolid, para su contratación con carácter temporal, se realiza a través de bolsas de empleo de las correspondientes categorías laborales formadas por una relación de aspirantes que han participado en un proceso selectivo de concurrencia pública.
Las funciones de la categoría laboral de la bolsa de empleo que se genere, objeto de este proceso selectivo, que corresponde con la de Técnico Especialista de Oficios Climatización, se sitúan encuadradas dentro de su grupo y categoría profesional en el Anexo I del vigente II Convenio Colectivo –en adelante C.C.– del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León (Resoluciones de 2 de enero de 2007 y 4 de junio de 2013, de la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, B.O.C. y L. de 18 de enero de 2007 y 25 de junio de 2003).
Al no existir Bolsa de Empleo de la categoría laboral referida, se hace preciso, de conformidad con el artículo 13 del Reglamento de Creación y Gestión de Bolsas de Empleo para el nombramiento de funcionarios interinos en las diferentes escalas y especialidades, así como para la contratación de personal laboral temporal de los diferentes grupos, categorías y especialidades de la Universidad de Valladolid (hecho público mediante Resolución del Rectorado de 27 de noviembre de 2017 en el B.O.C. y L. de 4 de diciembre –en adelante, RCGBE–, modificado por RR. de 22 de diciembre de 2020, B.O.C. y L. de 4 de enero de 2021), convocar proceso selectivo para la constitución de una nueva Bolsa de Empleo de Técnico Especialista de Oficios Climatización.
Por ello, este Rectorado, en uso de las atribuciones que tiene conferidas por los Estatutos de la Universidad de Valladolid, aprobados por Acuerdo 23/2026, de 5 de marzo (B.O.C. y L. del día 11), de la Junta de Castilla y León, de conformidad con el artículo 13 del RCGBE y previa negociación con los representantes de los trabajadores del colectivo de personal técnico, de gestión y de administración y servicios Laboral, resuelve convocar proceso selectivo para la constitución de Bolsa de Empleo de la categoría de Técnico Especialista de Oficios Climatización, de acuerdo con las siguientes bases de la convocatoria.
–BASES DE LA CONVOCATORIA–
Primera. Objeto del proceso selectivo.
Es objeto del presente procedimiento la formación de una bolsa de empleo para la contratación de personal laboral temporal con la categoría de Técnico Especialista de Oficios Climatización, mediante un proceso de selección de candidatos que superen las pruebas selectivas que se determinen conforme con lo estipulado en la presente convocatoria.
Segunda. Ámbito subjetivo, requisitos y condiciones de participación.
2.1. Hallarse en posesión de los requisitos generales legalmente establecidos para acceder a la Función Pública como empleado público con contrato laboral.
En cuanto al requisito de titulación, de conformidad con el nivel de titulación exigido en el vigente C.C., para el acceso a los grupos laborales de pertenencia y las características de la categoría laboral convocada, será el siguiente:
Grupo III: Estar en posesión de Título de Bachiller, Técnico Superior o equivalente o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo, siendo necesario que el título haya sido solicitado en tiempo y forma antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a aquellas que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
2.2. No podrán participar en este proceso selectivo las personas que pertenezcan a la Universidad de Valladolid como personal laboral fijo de la misma categoría y especialidad que se convoca.
2.3. Todos los requisitos de participación se deberán poseer a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo, por lo que serán excluidos de él aquellas personas que no cumplan con los citados requisitos.
Tercera. Solicitudes de participación y plazo.
3.1. Las solicitudes de participación se dirigirán a la Rectora de la Universidad de Valladolid y podrán ser presentadas en el plazo de 7 días hábiles contados a partir del día siguiente a aquel en que aparezca publicada la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.
A estos efectos deberá tenerse en cuenta la Resolución del Rectorado de la Universidad de Valladolid, que pueda declarar periodos inhábiles a efectos del cómputo de plazos para las convocatorias y resoluciones de los procesos selectivos y de provisión de puestos de trabajo del personal técnico, de gestión y de administración y servicios, convocadas por esta Universidad.
3.2. La presentación de la solicitud con incumplimiento de los requisitos de tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona solicitante.
3.3. De conformidad con el artículo 2 del Reglamento del sistema de registro de la UVa, hecho público mediante Resolución del Rectorado de 28 de mayo de 2020 (B.O.C. y L. de 8 de junio), las solicitudes de participación serán registradas por el Registro Electrónico General de la UVa.
Obligatoriamente, la presentación de estas solicitudes se efectuará electrónicamente a través de la sede electrónica de la UVa (https://sede.uva.es), siguiendo los siguientes pasos:
1.– Elegir la sección «Carpeta ciudadana».
2.– Desde esta sección elegir una de las cinco formas de acceso para llegar a la solicitud:
- – Certificado digital o DNI electrónico.
- – Certificado de empleado público.
- – Sistema cl@ve.
- – Usuario y contraseña de la UVa (solo miembros de la comunidad universitaria).
- – RUS (Registro Unificado de Solicitantes).
- Además, para firmar electrónicamente, se deberá tener instalada la aplicación «Autofirma».
3.– Una vez se haya accedido, se continuará pulsando en «Iniciar Tramite».
4.– Iniciar el procedimiento pulsando en «Pruebas selectivas de personal técnico de gestión y de administración y servicio funcionario y laboral».
Una vez iniciado un expediente de solicitud por cualesquiera de los medios indicados anteriormente sin haber finalizado su tramitación, se podrá continuar en él accediendo a la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid –Carpeta ciudadana (oficina virtual)– Trámites pendientes.
Este procedimiento conlleva el registro electrónico de la solicitud, y además permite:
- • Cumplimentar en línea el modelo oficial de solicitud.
- • Anexar la documentación requerida a la solicitud.
- • El pago electrónico de la tasa para la participación en el proceso selectivo, mediante tarjeta de crédito.
Deberán tenerse en cuenta las siguientes instrucciones generales para la cumplimentación de la solicitud:
1.– CONVOCATORIA
- • Indique el tipo de convocatoria: marcar recuadro «Oposición».
- • Denominación de la plaza/Cuerpo/Escala. Señale «TÉCNICO ESPECIALISTA DE OFICIOS».
- • Especialidad: «CLIMATIZACIÓN»
- • Turno de acceso. «Sin turno de acceso».
- • Provincia de examen. Señale «Valladolid».
- • Discapacidad (casilla de verificación): Marcar por quienes tengan la condición de personas con discapacidad.
- • Discapacidad (En caso afirmativo, adaptación que se solicita y motivo de la misma). Indicar según el caso y reseñar, asimismo la Comunidad Autónoma responsable del reconocimiento de la discapacidad, así como el centro base de referencia.
- • Título académico del aspirante. Señale la titulación que posee.
- • Datos a consignar según la convocatoria.
- – Recuadro A: Indique la administración competente responsable de la expedición del título acreditativo de familia numerosa, la categoría de la misma (general o especial) y el número de identificación del título.
- – Recuadro B: Si tiene reconocida la condición de «víctima del terrorismo», indicar «VT».
- – Recuadro C: Si posee la condición de discapacitado por causa de ser pensionista de la Seguridad Social con reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionista de clases pasivas con reconocimiento de una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad, indicar, según el caso, «DIS SS» o «DIS CP», respectivamente.
- • Indicar los campus territoriales correspondientes a las posibles ofertas de trabajo, con carácter temporal, que se compromete a aceptar según se relacionan a continuación. En el caso de no cumplimentar este campo, se entenderá que la persona solicitante opta a las ofertas de cualquiera de los campus.
- «VALLADOLID» / «PALENCIA» / «SEGOVIA» / «SORIA»
3.4. Las personas aspirantes que hayan solicitado adaptaciones y ajustes de tiempo y medios que precisen para la realización de la prueba en condiciones de igualdad, deberán adjuntar el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad que acredite la necesidad de las adaptaciones solicitadas. Para este fin, la persona interesada deberá requerir el citado informe a la correspondiente unidad o centro de valoración de discapacidad en el que se indique el tipo de adaptación de tiempo y medios necesarios para realizar la prueba.
El Tribunal, a la vista de los dictámenes técnicos facultativos que avalen la necesidad de las correspondientes adaptaciones y ajustes de tiempo y medios de los aspirantes con discapacidad que así lo hayan solicitado, y conforme a lo dispuesto en el DISCYL, resolverá lo que en cada caso proceda, notificando personalmente a los interesados su decisión, con antelación suficiente a la fecha de realización de la prueba. Estas adaptaciones y ajustes de tiempo y medios, debidamente anonimizadas, serán objeto de publicidad en los lugares establecidos en la base 4.
3.5. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
3.6. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 3.1 para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.7. El pago se realizará exclusivamente de forma electrónica, a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid, según el procedimiento establecido en la base 3.3. De conformidad con lo establecido en el Presupuesto de la Universidad de Valladolid para el ejercicio económico del año 2026, hecho público mediante Resolución del Rectorado de 19 de diciembre de 2025 (B.O.C. y L. del 29), el importe de los derechos de examen es de 10 euros.
En ningún caso el abono de los derechos para participar en el proceso selectivo supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud según lo expresado en la presente base. La omisión del pago de las cantidades para participar en el proceso selectivo dentro del plazo de presentación de solicitudes determinará la exclusión de la persona aspirante. No obstante, podrá subsanarse el pago incompleto de dicha tasa o la falta de acreditación de su exención total o parcial.
De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, no procederá devolución alguna de la tasa por derechos de examen en los supuestos de exclusión definitiva de las pruebas selectivas por causa imputable al participante.
Quienes tengan la condición de personas con discapacidad, siendo ésta igual o superior al 33 por ciento, estarán exentos de las correspondientes tasas de participación al proceso selectivo.
Las víctimas del terrorismo, que tengan reconocida tal condición de conformidad con lo establecido en la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a las Víctimas del Terrorismo en Castilla y León, estarán exentos de las correspondientes tasas de participación al proceso selectivo. La condición de víctima del terrorismo se alegará en el campo «recuadro B».
Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre de protección de la Familia Numerosa, tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se alegará en el campo «recuadro A» de la solicitud de participación, indicándose la administración competente responsable de la expedición del título acreditativo, la categoría de la misma (general o especial) y el número de identificación del título.
3.8. A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:
Las personas aspirantes que en la instancia de participación no autoricen a la Universidad de Valladolid a consultar datos con otras administraciones, a fin de verificar sus datos de identidad y, en su caso, la condición de discapacidad, víctima del terrorismo y familia numerosa, tendrán que presentar junto a la solicitud, copia del D.N.I. o equivalente documento acreditativo de identidad y copia de la correspondiente documentación acreditativa del reconocimiento de estas condiciones anteriormente señaladas, sin perjuicio de que al final del proceso selectivo pudiera serle requerido para su definitiva verificación esta documentación original o autenticada.
Cuarta. Publicidad y comunicaciones.
Una vez publicada la presente convocatoria en el B.O.C. y L., ésta se hará pública en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid (https://sede.uva.es, en los apartados «Tablón electrónico de anuncios»/»PTGAS»). En este mismo lugar se publicarán todos aquellos acuerdos y resoluciones referentes a esta convocatoria.
Asimismo, con el objeto de ampliar la difusión del presente concurso-oposición, la convocatoria, listas de admitidos y excluidos, acuerdos públicos de los Tribunales y las resoluciones de los distintos órganos de la Universidad en relación con el proceso selectivo, se incluirán a efectos informativos dentro de la página Web de la Universidad de Valladolid: www.uva.es, en las secciones «LA UVA», «EMPLEO (Trabaja en la UVa)».
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Gerencia de la Universidad (Casa del Estudiante, C/ Real de Burgos s/n, 47011, Valladolid. Tlf.983 184708 – correo electrónico: seccion.plantillas.pas@uva.es).
Quinta. Aspirantes admitidos.
5.1. En el plazo máximo de un mes, una vez finalizado el plazo de presentación de instancias, se harán públicas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, publicación en la que figurará además el lugar, fecha y hora de celebración del ejercicio. Las personas aspirantes excluidos u omitidas dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, a contar a partir del siguiente a la citada publicación, para subsanar el motivo que hubiera originado su exclusión u omisión de las listas de admitidos.
Finalizado el plazo para la presentación de las solicitudes de subsanación, se hará pública la resolución que eleve a definitivas las listas de personas aspirantes admitidas y excluidas.
No obstante, en el caso de aquellas que hubiesen solicitado la subsanación en plazo y esta no hubiera sido resuelta antes de la realización de la prueba, serán admitidas a la realización de la misma, quedando la calificación de sus ejercicios condicionada a la admisión definitiva al proceso selectivo.
5.2. La presentación de estas solicitudes de subsanación se efectuará por vía electrónica, cumplimentando el modelo de «Solicitud General» disponible en la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid en la dirección (https://sede.uva.es», en la que habrá de seleccionarse consecutivamente, «Registro electrónico», «Solicitud general», iniciando el acceso mediante una de las cuatro formas indicadas en la base 3).
Sexta. Procedimiento de selección.
6.1. Único ejercicio: Se celebrará en una única sesión de manera simultánea para todas las personas aspirantes admitidas a la prueba en la que se deberá contestar por escrito un cuestionario integrado por preguntas de carácter teórico-práctico. Esta prueba consistirá en contestar un cuestionario con un máximo de 100 preguntas de tipo test (con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta). Las preguntas contestadas incorrectamente serán objeto de penalización a razón de 1/3 del valor de cada pregunta por cada respuesta errónea. Las preguntas no contestadas no penalizarán. Todo el contenido del cuestionario estará relacionado con el temario establecido en el Anexo I de la presente Resolución y dirigido a apreciar la idoneidad de las personas aspirantes para el desempeño de las tareas propias de la categoría laboral convocada.
6.2. El ejercicio se calificará de 0 a 100 puntos siendo necesario para superarlo obtener como mínimo 50 puntos. El tiempo que podrá otorgar el Tribunal a los aspirantes para la realización de la prueba será como máximo de 90 minutos.
Corresponderá al Tribunal la fijación del nivel mínimo de aptitud necesario para ser calificado con 50 puntos, todo ello a la vista de la dificultad del ejercicio propuesto, número de aspirantes presentados y grado de conocimiento alcanzado con referencia al nivel necesariamente exigible para el desempeño de la categoría laboral de referencia.
6.3. Si el Tribunal así lo decide, la prueba teórico-práctica podrá ser distinta a lo indicado anteriormente, siendo indicada tal circunstancia en la resolución por la que se hagan públicas las listas de aspirantes admitidos y excluidos al proceso selectivo.
6.4. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de tres días, desde el siguiente a la realización del ejercicio o del siguiente a la publicación de las soluciones, en el caso de que la prueba sea tipo test, para plantear reclamaciones contra las preguntas formuladas o, en su caso, sobre las respuestas a éstas declaradas como correctas que hayan sido publicadas por el Tribunal. Dichas reclamaciones deberán dirigirse, debidamente documentadas, al Presidente del Tribunal. Examinadas las posibles reclamaciones, el Tribunal procederá a corregir el correspondiente ejercicio del proceso selectivo. El Tribunal indicará, en su caso, en la relación de aspirantes aprobados, las modificaciones efectuadas en base a las reclamaciones planteadas. La presentación de estas solicitudes de reclamación se efectuará del modo indicado en la base 3, teniéndose en cuenta que para su presentación por vía electrónica deberá cumplimentarse bajo el modelo de «Solicitud general» disponible en la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid, en la dirección indicada en la base 5.2 de la convocatoria.
Séptima. Tribunal.
7.1. Estará formado, de conformidad con el vigente II Convenio Colectivo y con sujeción a lo establecido en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (B.O.E. de 31), por los siguientes miembros:
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Titulares: |
Presidenta: Áurea Paloma Modroño Vázquez. Secretaria: Eva Fuentes de Saa. Vocal: Ignacio Prieto Garcés. Vocal: Jesús Manuel Muñoz Martín. Vocal: Roberto Pérez Sánchez. Vocal: Diego Tamayo Alonso. |
Suplentes: |
Presidenta: María Jesús Lorenzo Fernández. Secretaria: María Belén Treviño Gómez. Vocal: Alberto Pérez García. Vocal: Roberto Gómez Camazón. Vocal: Javier Sánchez Alonso. Vocal: Ángel Gabriel Arranz Martín. |
7.2. La Rectora, a propuesta efectuada por la presidencia del Tribunal, podrá designar, en su caso, personal asesor especialista. Dicho personal asesor se limitará a informar respecto de las pruebas y méritos relativos a su especialidad. Igualmente, y cuando así lo aconsejen las circunstancias del proceso selectivo, podrá ser nombrado personal colaborador para el desarrollo de las pruebas que actuará bajo la dirección del Tribunal Calificador.
7.3. El Tribunal podrá contar en la confección de las pruebas con la colaboración de empresas especializadas o personal técnico cualificado, cuando el número de aspirantes presentados a las pruebas u otras circunstancias así lo aconsejen.
7.4. De conformidad con el artículo 14 d) del TREBEP los miembros del Tribunal y, en su caso, el personal colaborador o los/as asesores/as especialistas, tendrán derecho a la percepción de las indemnizaciones por razón del servicio. Los importes por asistencias serán los regulados por las normas de ejecución presupuestaria del Presupuesto de la Universidad de Valladolid para el ejercicio económico 2025, hecho público por Resolución del Rectorado de 19 de diciembre de 2025 (B.O.C. y L. de 29 de diciembre). A estos efectos, y conforme con las citadas normas, el tribunal encargado de juzgar el proceso selectivo pertenecerá a la categoría 2ª.
7.5. En relación con las personas con discapacidad que mediante la instancia de participación soliciten alguna adaptación para la realización de la prueba, el Tribunal realizará las adaptaciones posibles en tiempo y medios que sean consideradas necesarias. A tal efecto, se podrá requerir informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de los órganos competentes en materia de Servicios Sociales.
7.6. Si en cualquier momento del presente proceso selectivo, se suscitaran dudas respecto de la capacidad de una persona aspirante con discapacidad para el desempeño de las actividades atribuidas a la categoría laboral objeto de esta convocatoria, el Tribunal Calificador podrá recabar el correspondiente dictamen de los órganos competentes. En este supuesto, hasta tanto no se emita el dictamen, la persona aspirante podrá participar condicionalmente en el proceso selectivo, quedando en suspenso la resolución definitiva sobre la admisión o exclusión del proceso, hasta la recepción del dictamen.
Octava. Resolución del proceso.
8.1. El Tribunal hará público en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Sede Electrónica de la UVa, el acuerdo por el que se hace pública la relación de aspirantes que han superado la prueba selectiva. El resto de aspirantes que no figuren en esta relación se considerará que no han superado el proceso selectivo y por tanto se considerarán excluidos de la Bolsa de Empleo. Asimismo, el Tribunal elevará al Rector la propuesta para la constitución de la correspondiente Bolsa de Empleo a favor de aquellas personas aprobadas.
8.2. Por último, la Rectora, a la vista de la propuesta del Tribunal, dictará resolución final que se hará pública en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Sede Electrónica de la UVa, en la que figuraran los aspirantes que han superado el proceso selectivo y en la que se hará constar el orden de prelación según la mayor puntuación obtenida, una vez dirimidos los empates producidos. Para estos casos, cuando la prueba consista en contestar un cuestionario de tipo test, la igualdad en la puntuación total obtenida se resolverá por el menor número de errores cometidos. De persistir los empates y para el resto de casos en igualdad de puntuación total obtenida, éstos se resolverán por sorteo, el cual se realizará de la forma establecida en el artículo 4.2 del RCGBE.
Novena. Norma Final.
9.1. La motivación de los actos del Tribunal Calificador se ajustará a las bases de la convocatoria y al cumplimiento de las mismas. Los actos administrativos que se deriven de la presente resolución y de las actuaciones del tribunal podrán ser impugnados por las personas con la condición de interesados en los casos y en la forma establecidos en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas –en adelante LPACAP–. Las personas aspirantes por el hecho de participar en la presente prueba selectiva, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal está facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas, en todo lo no previsto en las bases.
Asimismo, cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por las personas con la condición de interesados en los casos y en las formas establecidos en la LPACAP.
9.2. Contra la presente Resolución, que es definitiva y agota la vía administrativa, cabe interponer demanda ante el Tribunal de Instancia de Valladolid, Sección de lo Social, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución.
Asimismo, cuantos actos administrativos, que no pongan fin a la vía administrativa, se deriven de esta convocatoria y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los/as interesados/as en los casos y en las formas establecidas en la LPACAP.
Valladolid, 7 de septiembre de 2026.
La Rectora,(Por delegación, R.R. de 07/07/2026, B.O.C. y L. del 10/07/2026)El Gerente,
Fdo.: Mariano Gredilla Fontaneda
ANEXO I
GRUPO: III
CATEGORÍA: TÉCNICO ESPECIALISTA DE OFICIOS
ESPECIALIDAD: CLIMATIZACIÓN
BLOQUE I: MATERIAS JURÍDICAS-ADMINISTRATIVAS
Tema 1.– Los Estatutos de la Universidad de Valladolid (I): Título Preliminar. Títulos I, II, III y IV.
Tema 2.– Los Estatutos de la Universidad de Valladolid (II): Títulos V, VI VII, VIII, IX, X y XI. Disposiciones adicionales, transitorias. Disposición derogatoria única. Disposición final única.
Tema 3.– El II Convenio Colectivo del Personal Laboral de Administración y Servicios de las Universidades Públicas de Castilla y León.
Tema 4.– Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Tema 5.– La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: Objeto y ámbito; el principio de igualdad y la tutela contra la discriminación; principios generales de las políticas públicas para la igualdad; el derecho al trabajo en igualdad de oportunidades.
BLOQUE II: MATERIAS ESPECÍFICAS
Tema 6.– Fundamentos físicos y termodinámicos: propiedades del agua, vapor y aire. Humedad, saturación, diagrama psicrométrico, entalpía, entropía, caudal, presión y dureza del agua.
Tema 7.– Transmisión de calor y cargas térmicas: conducción, convección, radiación y cálculo de cargas caloríficas y frigoríficas.
Tema 8.– Normativa e instalaciones de fontanería: CTE HS4, acometidas, contadores, depósitos, grupos de presión y redes de distribución.
Tema 9.– Instalaciones de saneamiento: CTE HS5, bajantes, colectores, canalones, sifones, arquetas y fosas sépticas.
Tema 10.– Tuberías, materiales y aislamiento hidráulicos: materiales, uniones, soldaduras, soportación y aislamiento en fontanería y saneamiento.
Tema 11.– Aparatos sanitarios y griferías: clasificación, características y mantenimiento.
Tema 12.– Bombeo e instalaciones auxiliares de agua: bombas sumergibles, grupos de presión e instalaciones contra incendios.
Tema 13.– Tratamiento de agua: piscinas, aguas grises y calidad del agua.
Tema 14.– Patologías y mantenimiento hidráulico: golpe de ariete, cavitación y mantenimiento de fontanería y saneamiento.
Tema 15.– Producción de ACS y legionela: ACS, acumuladores, intercambiadores, redes de distribución y RD 487/2022.
Tema 16.– Combustibles líquidos y gaseosos: gasóleo, gas natural y propano. Equipos, cálculos y normativa.
Tema 17.– Calderas, quemadores y biomasa: tipos, características y mantenimiento.
Tema 18.– Salas de calderas: elementos, esquemas, diseño, cálculo y mantenimiento.
Tema 19.– Redes de calefacción, climatización y refrigeración: tuberías, accesorios, válvulas y aislamiento.
Tema 20.– Emisores terminales: radiadores, fancoils, climatizadores, rejillas y difusores.
Tema 21.– Ventilación y calidad del aire: ventiladores, conductos, variadores y renovación de aire.
Tema 22.– Instalaciones de climatización: calderas, enfriadoras, bombas de calor y torres de refrigeración.
Tema 23.– Refrigerantes e instalaciones frigoríficas: refrigerantes, aceites, componentes y cámaras frigoríficas.
Tema 24.– Bombas de calor y montaje frigorífico: funcionamiento, desescarche, montaje, puesta en marcha y averías.
Tema 25.– Regulación, control e instalaciones eléctricas: telegestión, sensores, protecciones y localización de averías.
Tema 26.– Mantenimiento de instalaciones térmicas y frigoríficas: mantenimiento preventivo, predictivo y correctivo.
Tema 27.– Seguridad y prevención de riesgos laborales: seguridad, EPIs.
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