Premios de Investigación e Innovación en ESO, Bachillerato y FP en CyL. Convocatoria. BOCYL 08/09/2023.

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8 de septiembre de 2023


CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

ORDEN EDU/1083/2023, de 30 de agosto, por la que se convocan los Premios de Investigación e Innovación en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, correspondientes al curso 2023-2024.


I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

C. SUBVENCIONES

C.2. CONVOCATORIAS

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

ORDEN EDU/1083/2023, de 30 de agosto, por la que se convocan los Premios de Investigación e Innovación en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, correspondientes al curso 2023-2024.

La Orden EDU/1073/2022, de 16 de agosto, (B.O.C. y L. n.º 167, de 30 de agosto de 2022), modificada mediante la Orden EDU/778/2023, de 13 de junio, (B.O.C. y L. n.º 119, de 22 de junio de 2023), crea los Premios de Investigación e Innovación en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León.

De acuerdo con su artículo 5, la consejería competente en materia de educación podrá convocar, anualmente, mediante orden que se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León, estos premios.

En su virtud, y de acuerdo con las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO

Primero.– Objeto.

La presente orden tiene por objeto convocar los Premios de Investigación e Innovación en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, correspondientes al curso 2023-2024, de conformidad con lo dispuesto en la Orden EDU/1073/2022, de 16 de agosto, modificada mediante la Orden EDU/778/2023, de 13 de junio, por la que crean los Premios de Investigación e Innovación en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León.

Segundo.– Destinatarios y categorías.

Podrá optar a estos premios el alumnado que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 2 y en las categorías que se determinan en el artículo 3 de la Orden EDU/1073/ 2022, de 16 de agosto.

Tercero.– Solicitudes y documentación.

1. La solicitud será cumplimentada por el docente responsable del proyecto conforme al modelo «solicitud de participación» del procedimiento IAPA 2275, disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).

2. La solicitud irá dirigida a la Consejera de Educación y se presentará por uno de los siguientes medios:

  • a) De forma presencial. En el registro de la Consejería de Educación, ubicado en la Avenida del Real Valladolid, s/n, 47014 o en cualquiera de los registros establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • b) De forma electrónica. Para ello, el solicitante deberá de disponer de DNI electrónico o de cualquier certificado electrónico expedido por una entidad prestadora del servicio de certificación que haya sido previamente reconocida por esta Administración y sea compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas.
  • Las entidades prestadoras del servicio al que se refiere el párrafo anterior reconocidas por la Junta de Castilla y León, figuran en una relación actualizada publicada en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).
  • Los interesados que dispongan de los medios indicados podrán cursar sus solicitudes, junto con la correspondiente documentación que se digitalizará y aportará como archivos anexos a la solicitud, a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, sin perjuicio de la posibilidad de requerir al particular la exhibición del documento o información original.
  • El registro electrónico emitirá resguardo acreditativo de la presentación, consistente en una copia auténtica de la solicitud que incluye la fecha, hora y número de entrada de registro, así como un resumen acreditativo tanto de la presentación de la solicitud como de los documentos que, en su caso, acompañen a la misma.
  • Esta copia está configurada de forma que puede ser impresa o archivada por el interesado, garantizando la identidad del registro y teniendo valor de recibo de presentación. La falta de recepción del mensaje de confirmación o, en su caso, la aparición de un mensaje de error o deficiencia de transmisión implica que no se ha producido la recepción correctamente, debiendo realizarse la presentación en otro momento o utilizando otros medios disponibles.

3. Las notificaciones y comunicaciones derivadas del procedimiento se realizarán de forma electrónica o en papel a elección del solicitante en la solicitud. La práctica de las notificaciones se realizará de conformidad con el artículo 42 y 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, según el medio elegido y previo envío de un aviso sobre la puesta a disposición de la notificación efectuada al correo electrónico indicado en la solicitud de acuerdo con el artículo 41.6 de la citada ley.

4. La solicitud deberá ir acompañada de un proyecto de investigación e innovación, firmado por el docente del centro, responsable del mismo, que cumpla los requisitos recogidos en el artículo 4 de la Orden EDU/1073/2022, de 16 de agosto.

Cuarto.– Plazo de presentación de solicitudes y subsanación de defectos.

1. El plazo para la presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de Castilla y León y se extenderá hasta el 20 de octubre de 2023, inclusive.

2. De acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, si la solicitud no reuniese los requisitos exigidos en la presente orden, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no se hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución.

3. La subsanación de la solicitud se realizará cumplimentando el formulario «Subsanación» del procedimiento IAPA 2275, disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es), al que se anexará la documentación requerida.

Quinto.– Calendario de actuaciones.

1. La relación de proyectos de investigación e innovación admitidos se publicará el 3 de noviembre de 2023 en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación, y se comunicará a los centros donde se vayan a desarrollar. Los proyectos admitidos deberán iniciarse antes del 6 de noviembre de 2023.

2. Una vez llevados a cabo los proyectos de investigación e innovación, el alumnado participante realizará una memoria final detallada sobre el desarrollo de las distintas fases del proyecto con especial incidencia en los resultados obtenidos, las conclusiones de la investigación y sus posibles aplicaciones. Dicha memoria se remitirá con anterioridad al 11 de marzo de 2024, a las comisiones provinciales de valoración para su análisis y selección de cuatro proyectos de investigación e innovación, uno por cada categoría.

Las comisiones provinciales de valoración remitirán las actas correspondientes a la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado antes del 3 de abril de 2024.

3. La relación de los proyectos de investigación e innovación seleccionados serán aprobados por la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, antes del 18 de abril de 2024, mediante resolución que se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León y será objeto de publicidad a través del Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http:/www.educa.jcyl.es).

4. En la primera quincena del mes de mayo de 2024, los proyectos de investigación e innovación seleccionados se expondrán públicamente, ante un jurado que elegirá los cuatro mejores, uno por cada categoría, en el lugar que determine la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, del que se informará a través de los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http:/www.educa.jcyl.es), contando con el apoyo organizativo del Instituto Universitario de Investigación de la Universidad de Salamanca.

5. El fallo del jurado se hará público en la sesión de exposición pública de los proyectos.

Sexto.– Reconocimientos.

Al alumnado, profesorado y centros docentes cuyos proyectos hayan sido seleccionados conforme a lo dispuesto en el artículo 6.3 de la Orden EDU/1073/2022, de 16 de agosto, o, en su caso, premiados de acuerdo con el artículo 6.5, se les concederán los reconocimientos previstos en el artículo 9 de la citada norma.

Séptimo.– Desarrollo.

Se faculta al Director General de Innovación y Formación del Profesorado a dictar cuantas resoluciones sean precisas para la ejecución de lo dispuesto en esta orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación en el plazo de un mes conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 30 de agosto de 2023.

La Consejera,

Fdo.: Rocío Lucas Navas

 

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