Acuerdo por el que se modifica el importe de determinadas indemnizaciones por razón del servicio. BOCYL 13/02/2023.
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13 de febrero de 2023

D. OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA
ACUERDO 6/2023, de 9 de febrero, de la Junta de Castilla y León, por el que se modifica el importe de determinadas indemnizaciones establecidas en el Decreto 252/1993, de 21 de octubre, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
D. OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA
ACUERDO 6/2023, de 9 de febrero, de la Junta de Castilla y León, por el que se modifica el importe de determinadas indemnizaciones establecidas en el Decreto 252/1993, de 21 de octubre, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
El último párrafo del artículo 14.i) de la Ley 3/2022, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2023 establece que: «Las cuantías correspondientes a las indemnizaciones por razón del servicio podrán verse actualizadas durante el año 2023 de conformidad con lo establecido reglamentariamente.»
La disposición adicional sexta del Decreto 252/1993, de 21 de octubre, de la Junta de Castilla y León, sobre indemnizaciones por razón del servicio del personal de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, determina que el importe de las indemnizaciones establecidas en este decreto será revisado periódicamente mediante Acuerdo de la Junta de Castilla y León que será publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Dichos importes fueron actualizados por Acuerdo 1/2007, de 18 de enero, de la Junta de Castilla y León (Boletín Oficial de Castilla y León núm. 14, de 19 de enero).
De lo expuesto, dado que han transcurrido 16 años desde dicha actualización y teniendo en cuenta las actuales circunstancias económicas de subida de los carburantes, aconsejan que se aborde la modificación de dichos importes.
Por ello, en aplicación de la disposición adicional sexta del citado Decreto 252/1993, de 21 de octubre, se procede a la adecuación del importe de la indemnización a percibir como gasto de viaje en el uso de vehículo particular en comisión de servicio a que se refieren los artículos 16.3 y 18.2 y cuya cuantía se fijaba en el Anexo IV del referido Decreto 252/1993, de 21 de octubre.
En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de la Presidencia e iniciativa conjunta del Consejero de la Presidencia y del Consejero de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 9 de febrero de 2023 adopta el siguiente
ACUERDO
Primero.– Modificar el importe de la indemnización a percibir como gasto de viaje por el uso de vehículo particular en comisión de servicio a que se refiere el artículo 16 del Decreto 252/1993 de 21 de octubre, que queda fijado en 0,23 € por kilómetro recorrido por el uso de automóviles y en 0,094 € por el de motocicletas.
Segundo.– El presente Acuerdo surtirá efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Valladolid, 9 de febrero de 2023.
El Presidente de la Junta de Castilla y León,
Fdo.: Alfonso Fernández Mañueco
El Consejero de la Presidencia,
Fdo.: Jesús Julio Carnero García