Los servicios jurídicos de CSIF Cantabria ganan una sentencia que anula la adjudicación de una comisión de servicios del Ayuntamiento de Santander por vulnerar los requisitos de la RPT

7 de julio de 2026

Los servicios jurídicos de CSIF Cantabria han logrado una nueva victoria judicial frente al Ayuntamiento de Santander. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo ha anulado la adjudicación de una comisión de servicios al concluir que el Consistorio no respetó los requisitos establecidos en la Relación de Puestos de Trabajo (RPT), una resolución que supone el tercer fallo favorable al sindicato en apenas diez días y refuerza la línea de pronunciamientos que avala sus reclamaciones en materia de función pública.

Los servicios jurídicos de CSIF Cantabria han asestado un nuevo golpe a la gestión de personal del Ayuntamiento de Santander. En lo que ya se considera un pleno judicial sin precedentes, el sindicato ha encadenado su tercer fallo favorable en apenas diez días, demostrando el rigor de sus reclamaciones y la vulneración sistemática de la normativa por parte del Consistorio, consolidando una clara línea de pronunciamientos que avalan las reclamaciones defendidas por el sindicato en materia de función pública. 

Si las dos sentencias anteriores confirmaban la obligación del Consistorio de aplicar correctamente la legislación estatal y autonómica en materia de personal, esta tercera resolución da un paso más al reconocer que el Ayuntamiento también debe respetar su propia normativa interna, en este caso en lo que respecta al cumplimiento de los requisitos establecidos en la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) de la corporación local para la cobertura de un puesto mediante comisión de servicios.

La sentencia, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santander el pasado 25 de junio, estima parcialmente el recurso interpuesto por el demandante y concluye que la Administración no podía obviar uno de los requisitos expresamente recogidos en la RPT y en la propia convocatoria: la formación específica en Derecho Tributario o en la aplicación de los procedimientos tributarios, requisito que sí acreditaba el recurrente y cuya concurrencia no quedó justificada respecto de la persona finalmente designada.

El juzgado recuerda que, incluso tratándose de una comisión de servicios, la Administración está obligada a comprobar que la persona seleccionada cumple los requisitos previstos en la Relación de Puestos de Trabajo, ya que estos constituyen una garantía de objetividad y legalidad en la provisión de puestos.

Aunque la resolución rechaza uno de los motivos de impugnación relativo al órgano competente para emitir el informe de idoneidad, estima la cuestión de fondo planteada por los servicios jurídicos de CSIF al apreciar que la adjudicación del puesto no respetó los requisitos exigidos por la RPT, lo que determina la anulación de la resolución impugnada y la retroacción del procedimiento para dictar una nueva resolución conforme a Derecho.

Un pleno judicial que evidencia una gestión errática

Desde CSIF Cantabria se valora muy positivamente este "tres de tres" que confirma que el respeto a la legalidad no solo exige aplicar correctamente las normas estatales y autonómicas, sino también cumplir las reglas que el propio Ayuntamiento aprueba para regular la provisión de sus puestos de trabajo. Una confirmación inequívoca de que el Ayuntamiento de Santander ha venido actuando al margen de las reglas establecidas, afectando directamente a los derechos de los empleados públicos. "No se trata de una interpretación aislada. Tres sentencias condenatorias en diez días evidencian que el Ayuntamiento no solo ignora la legislación superior, sino que ni siquiera cumple con su propia normativa municipal", señalan desde la sección sindical de CSIF.

Recuerda que estamos a tu disposición para informarte, asesorarte y defender tus derechos.

📢 Si trabajas en el Ayuntamiento de Santander y tienes algún problema, consulta con tu delegado sindical de CSIF Cantabria.

Teléfono: 942313922 / Email: local39@csif.es

Nuestro sindicato continuará utilizando todos los instrumentos de negociación y defensa jurídica necesarios para velar por los derechos de los empleados públicos y por el respeto a los principios constitucionales que deben regir el acceso y la promoción en la función pública.

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