CSIF presenta alegaciones al reglamento del Registro civil
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14 de julio de 2025
La negociación de este Reglamento es uno de los puntos del acuerdo de 8 de enero de 2025
CSIF traslada al Ministerio la necesidad de modificar el modelo de Registro civil excesivamente centralizado frente a una realidad descentralizada y próxima al ciudadano de este servicio público.
El pasado 3 de julio se celebró la primera reunión sobre esta cuestión y, finalizada la misma, se nos dio traslado del texto de Reglamento, en la parte que afecta a la organización, funciones y tareas.

CSIF ha vuelto a exigir que el Gestor pueda ser también encargado de determinados Registros civiles y, en todo caso, la creación de la figura del Encargado adjunto (o como se le quiera llamar) que venga a reconocer lo que viene sucediendo desde hace años y es que es el personal de la oficina del Registro civil y, en especial, el gestor vía habilitación, el que sostiene este servicio público.
No se trata de quitar el trabajo a nadie sino de reconocer una realidad que, además, viene reforzada en el borrador de reglamento que el Ministerio nos ha hecho llegar a los sindicatos. En este borrador la facultad de delegación, prácticamente implica realizar las funciones ordinarias de llevanza del Registro civil por el Gestor procesal
Además, por el mismo motivo, como venimos exigiendo en la negociación de las rpts, CSIF ha vuelto a reiterar la necesidad del reconocimiento del papel del Gestor secretario de las Oficinas de Justicia en el Municipio que, como se establece en la LOPJ, absorben a las oficinas colaboradoras del Registro civil.
Por otro lado, CSIF ha exigido la presencia de auxilios judiciales en los Registros civiles. Para CSIF, esta presencia es la lógica consecuencia de atribuir funciones concretas a este cuerpo en este servicio público, en especial, la atención al ciudadano que quedaría sin contenido, en los casos en los que no hay efectivos de este cuerpo en la rpt de algunas localidades.
Asimismo, CSIF ha exigido la supresión de las cláusulas de funciones “cajón de sastre”. El Registro civil tiene acotadas sus funciones y si se precisa aumentar o disminuir el número de las mismas debe hacerse previa negociación colectiva.
Igualmente, CSIF ha exigido la supresión, artificial, de la diferencia entre personal tramitador y Encargado. En el Registro civil existen cuatro cuerpos de la Administración de Justicia y, así debe constar sin inventos que pueden llevar a malas interpretaciones, a confusión y conflicto.
Finalmente, CSIF ha exigido la retirada a las alusiones al trato con deferencia y respeto que se recogen como derecho del ciudadano como si la falta de respeto fuera una constante general en el servicio público de Registro civil.
- se está presumiendo de entrada una conducta irrespetuosa por parte de todo el personal de la oficina.
- se trata de algo obvio que, por cierto, debería también aplicarse al ciudadano para evitar situaciones complicadas de agresión verbal al personal que atiende los registros y que da la cara ante la precariedad de medios materiales de los que dispone.
- los funcionarios/as son perfectamente conscientes de que deben tratar a las personas con respeto, si no ya saben que se pueden enfrentar a una queja que puede desembocar en un expediente disciplinario.
- lo que cada uno entiende por respeto es muy subjetivo tan subjetivo que si alguien se siente menospreciado lo que puede hacer es presentar una queja.