CSIF Cantabria te informa: la Seguridad Social activa desde hoy el nuevo sistema de notificaciones electrónicas para las personas de baja laboral

1 de septiembre de 2026

La nueva regulación de las notificaciones de la Seguridad Social entra hoy, 1 de septiembre de 2026, en vigor. La medida, establecida por la Orden ISM/541/2026, de 27 de mayo, amplía los colectivos de personas físicas obligados a recibir determinadas comunicaciones de la Administración de la Seguridad Social por medios electrónicos.

La nueva regulación de las notificaciones de la Seguridad Social entra hoy, 1 de septiembre de 2026, en vigor. La medida, establecida por la Orden ISM/541/2026, de 27 de mayo, amplía los colectivos de personas físicas obligados a recibir determinadas comunicaciones de la Administración de la Seguridad Social por medios electrónicos. El cambio afecta especialmente a quienes soliciten o perciban una prestación por Incapacidad Temporal, a las comunicaciones relacionadas con la Incapacidad Permanente y las lesiones permanentes no incapacitantes. La propia Seguridad Social confirma que, desde hoy, las comunicaciones y notificaciones relativas a estas prestaciones se realizarán a través de su Sede Electrónica.

¿A quién afecta desde hoy?

A partir de este 1 de septiembre, deberán recibir por medios electrónicos las comunicaciones incluidas en la nueva regulación:

  • Las personas físicas que soliciten o perciban prestaciones por Incapacidad Temporal
  • Las personas físicas cuando la notificación o comunicación se refiera a prestaciones por Incapacidad Permanente
  • Las personas físicas cuando la comunicación se refiera a lesiones permanentes no incapacitantes

La normativa ya contemplaba la notificación electrónica para determinados colectivos, entre ellos quienes solicitan o perciben prestaciones por nacimiento y cuidado de menor, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural. La Orden ISM/541/2026 incorpora ahora expresamente los supuestos de incapacidad temporal, incapacidad permanente y lesiones permanentes no incapacitantes.

Las notificaciones estarán disponibles en la Sede Electrónica

Las resoluciones, requerimientos, citaciones y demás actuaciones administrativas que deban notificarse electrónicamente se pondrán a disposición de la persona interesada en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS).

La Administración enviará un aviso informativo al teléfono móvil y/o dirección de correo electrónico que la persona haya facilitado para estos efectos. Sin embargo, este aviso no constituye por sí mismo la notificación: lo que tiene efectos jurídicos es la puesta a disposición de la comunicación en la SEDESS. Además, la ausencia del aviso no impide la validez de la notificación electrónica. Por este motivo, no basta con esperar a recibir un SMS o un correo electrónico. Las personas afectadas deben consultar periódicamente la Sede Electrónica para comprobar si tienen alguna comunicación pendiente.

Hay 10 días naturales para acceder a la notificación

Una vez puesta a disposición la notificación en la SEDESS, la persona interesada dispone de 10 días naturales para acceder a su contenido.

Si transcurre ese plazo sin acceder, la notificación se entenderá rechazada, dándose por cumplido el trámite de notificación y continuando el procedimiento administrativo.

Esto puede ser especialmente relevante en procedimientos de incapacidad, en los que las comunicaciones pueden contener resoluciones, requerimientos, citaciones o información sobre actuaciones que estén sujetas a determinados plazos.

No desaparece el papel en todos los casos

La entrada en vigor de la nueva regulación no significa que la Seguridad Social deje de utilizar el correo postal en cualquier circunstancia.

La Orden ISM/541/2026 mantiene determinados supuestos en los que las notificaciones podrán realizarse por medios no electrónicos. Entre ellos se encuentran los casos en los que la persona comparezca presencialmente y solicite la comunicación o notificación personal, cuando sea necesario realizar una entrega directa por un empleado público o cuando las circunstancias exijan una actuación inmediata.

Además, cuando la entidad gestora no disponga de datos de contacto electrónico para enviar el aviso de la puesta a disposición de la notificación, podrá utilizar medios no electrónicos. En esos casos se informará a la persona interesada de que puede facilitar un dispositivo electrónico para recibir los avisos de futuras notificaciones.

La nueva normativa también incorpora una garantía para las personas que puedan tener dificultades para utilizar los medios electrónicos.

Los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) podrán prestar asistencia presencial en el uso de estos medios, de forma que el acceso a la SEDESS pueda realizarse válidamente con la asistencia de un funcionario público.

La propia Seguridad Social señala, además, que desde sus oficinas se puede facilitar la obtención de sistemas de identificación como el certificado digital o Cl@ve permanente para realizar este tipo de trámites.

Recomendaciones de CSIF Cantabria

Ante la entrada en vigor de este nuevo sistema, CSIF Cantabria recomienda extremar la atención para evitar que una notificación pase inadvertida:

  • Comprobar y mantener actualizados los datos de contacto, especialmente el número de teléfono móvil y la dirección de correo electrónico facilitados a la Seguridad Social
  • Disponer de un sistema de identificación electrónica activo, como certificado digital o Cl@ve, para poder acceder a las notificaciones
  • Consultar periódicamente la Sede Electrónica de la Seguridad Social, sin limitarse a esperar un SMS o un correo electrónico
  • Recordar que el aviso por SMS o correo electrónico tiene carácter meramente informativo y que la notificación con efectos jurídicos es la que se pone a disposición en la SEDESS
  • Prestar especial atención a los plazos administrativos, ya que, transcurridos 10 días naturales sin acceder a una notificación, esta se entenderá rechazada

¿Cómo acceder a las notificaciones?

La Seguridad Social permite consultar y gestionar las notificaciones telemáticas a través de su Sede Electrónica. Para acceder es necesario utilizar alguno de los sistemas de identificación admitidos, como certificado electrónico o Cl@ve en los supuestos correspondientes. En el caso de notificaciones que contengan datos personales de categoría especial, como información relacionada con la salud, el acceso requiere certificado electrónico o Cl@ve permanente.

Las notificaciones también pueden consultarse a través de Mi Carpeta Ciudadana y de la Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú).

 

Recuerda que estamos a tu disposición para informarte, asesorarte y defender tus derechos.

📢 Si tienes algún problema, consulta con tu delegado sindical de CSIF Cantabria.

Teléfono: 942313922 / Email: cantabria@csif.es

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