SOBRE ALGUNAS DE LAS OFERTAS DE EMPLEO PARA EL AÑO 2025

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2 de enero de 2026

CSIF TE INFORMA

SOBRE ALGUNAS DE LAS OFERTAS DE EMPLEO PARA EL AÑO 2025.

 

A un día de despedir al año 2025, se han publicado en el Boletín Oficial de Canarias 2025/257 los siguientes decretos:

• 188/2025, de 15 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para personal funcionario de carrera de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2025.

• 189/2025, de 15 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de personal laboral fijo de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2025.

• 195/2025, de 23 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Cuerpo General de la Policía Canaria para el año 2025.

En ellos observamos algunos de los incumplimientos que, en relación con el Decreto 212/2025, de 23 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Agencia Tributaria Canaria para el año 2025, pusimos de manifiesto en nuestro comunicado de 29 de diciembre de 2025.

 

RESERVA DE PLAZAS PARA PROMOCIÓN INTERNA

La Oferta de Empleo Público del Cuerpo General de la Policía Canaria comprende un total de 246 plazas, de las que 175 corresponden al sistema general de ingreso libre y 71 plazas corresponden al acceso mediante promoción interna.

De tales datos se colige que las plazas para la promoción interna suponen tan solo un 28,86 % del total de la oferta, incumpliendo lo establecido en el artículo 29.1 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, que, desde el 13 de agosto de 2024, establece que las ofertas de empleo público reservarán del total de plazas ofertadas al menos un treinta por ciento.

 

PLAZO MÁXIMO PARA CONVOCAR LOS PROCESOS SELECTIVOS

El artículo 70.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece que al aprobarse la oferta de empleo público se ha de fijar el plazo máximo para convocar los correspondientes procesos selectivos para las plazas que conforman.

Tal plazo solo ha sido consignado en la Oferta de Empleo Público para personal funcionario de carrera, fijándose en dieciocho meses a contar desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias. De esta forma, las otras dos ofertas de empleo público incumplen lo establecido en dicho artículo. Mejor dicho, lo incumple el Gobierno de Canarias, posiblemente por no haber sido advertido de ello por la Comisión de la Función Pública Canaria. Tal falta de homogeneidad dice mucho de la escasa importancia que se da al informe que, preceptivamente, debe emitir dicha comisión, que ordinariamente queda desvirtuado cuando se limita a constatar el resultado de la votación sobre el asunto a informar, sin profundizar en este.

 

PLAZO PARA LA CONVOCATORIA DE LOS PROCESOS SELECTIVOS DERIVADOS DE LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA

El que la convocatoria de los procesos selectivos pueda tener lugar, a lo sumo, el 29 de junio de 2027, dejando tan solo dieciocho meses para ejecutar y desarrollar la oferta y efectuar el nombramiento, no parece que sea acorde con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 2/2025, de 26 de junio. Según este la ejecución completa del proceso selectivo ha de efectuarse dentro de los veinticuatro meses siguientes a la fecha de la convocatoria, y dentro de estos, el tribunal calificador debe formular la propuesta de nombramiento en un plazo no superior a quince meses, computado desde la realización del primer ejercicio.

Es decir, mientras que la Dirección General de la Función Pública, dispone de un plazo de dieciocho meses para simplemente convocar el proceso selectivo, el tribunal calificador solo dispondrá de quince meses para desarrollarlo, cuando esta tarea es infinitamente más engorrosa.

Por tanto, consideramos y así lo propusimos que el plazo máximo para efectuar la convocatoria debe ser de nueve meses. Si así se hace, y se cumplen los plazos de ese artículo 11, se podrá cumplir el general de 3 años fijado para la ejecución y desarrollo de la oferta en el artículo 70.1 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, según el siguiente cuadro:

Actuación

Plazo/meses

Convocatoria 9
Ejecución proceso de selección 24
Nombramiento 3
Total ejecución integra oferta 36

En razón a lo que hemos señalado, el sindicato CSIF recurrirá los tres decretos.

 

 

TODOS X TOD@S

SI TÚ NO TE CONFORMAS, NOSOTROS TAMPOCO. ALCEMOS LA VOZ.

LA VERDAD POR DELANTE.

CSIF, OTRA CLASE DE SINDICATO.

 


 

Descargar comunicado completo del CSIF

 


 

Canarias, a 2 de enero de 2026.

CSIF, sector autonómico de Canarias

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