MODIFICACIÓN LEGISLATIVA SOBRE EL RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS PREVIOS AL PERSONAL LABORAL (2025)
- Normativa
7 de julio de 2025

CSIF TE INFORMA
MODIFICACIÓN LEGISLATIVA SOBRE EL RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS PREVIOS AL PERSONAL LABORAL (2025).
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) informa sobre la regulación para el reconocimiento de servicios previos del personal laboral.
Desde tiempo atrás, como se puede constatar en nuestro comunicado de 8 de marzo de 2021, el sindicato CSIF ha venido solicitando de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias que regulase el reconocimiento de servicios previos al personal laboral en términos similares a los fijados para el personal funcionario, tal y como lo habían hecho la mayor parte de la Comunidades Autónomas y la Administración del Estado.
Aunque tarde, dicha reivindicación fue acogida en exclusiva para el personal laboral fijo en el artículo 55 del Decreto-ley 7/2024, de 31 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad, la gestión eficiente y la calidad en el empleo público de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como para la protección de la infancia en el ámbito de los juegos de azar y apuestas, que disponía:
1. El personal laboral fijo de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias tendrá derecho al reconocimiento de los servicios previos realizados con anterioridad a la adquisición de su condición, en los términos previstos en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública.
2. El procedimiento de reconocimiento se iniciará a solicitud de la persona interesada y los efectos económicos derivados se retrotraerán al momento en que se hubieren devengado los correspondientes períodos de antigüedad con el único límite del plazo de prescripción para el ejercicio de derechos económicos ante la hacienda pública, conforme a lo previsto en la legislación reguladora de la hacienda pública canaria correspondiente.
Como quiera que tan cicatera regulación dejaba fuera del reconocimiento de servicios previos al personal laboral indefinido y al personal laboral temporal, lo que suponía una nueva vulneración de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada, el sindicato CSIF propuso a los diferentes grupos parlamentarios corrigieran tal discriminación en la tramitación de dicho Decreto Ley como Ley.
Nuestra propuesta ha sido acogida favorablemente, toda vez que el artículo 55 de la Ley 2/2025, de 26 de junio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad, la gestión eficiente y la calidad en el empleo público de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como para la protección de la infancia en el ámbito de los juegos de azar y apuestas, ha fijado que el reconocimiento de los servicios previos tendrá lugar a todo el personal laboral, fijo o temporal.
Por ello, el sindicato CSIF llama al personal laboral a instar el reconocimiento de los servicios prestados antes de adquirir tal condición, sea fijo o temporal, a la vez que le recuerda que, conforme al apartado 2 del citado artículo 55 los efectos económicos derivados del reconocimiento se han de retrotraer al momento en que se hubieren devengado los correspondientes períodos de antigüedad con el único límite del plazo de prescripción de cuatro años fijado en el artículo 25 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.
Por tanto, cuanto antes se inste el reconocimiento menor será el tiempo de prescripción que pudiera aplicarse.
SI TÚ NO TE CONFORMAS, NOSOTROS TAMPOCO. ALCEMOS LA VOZ.
LA VERDAD POR DELANTE.
CSIF, OTRA CLASE DE SINDICATO.
TODOS X TOD@S
Descargar comunicado completo del CSIF
Más información en:
- Mensaje anterior: CSIF EXIGE QUE SE RECONOZCAN AL PERSONAL LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS LOS SERVICIOS PRESTADOS EN LAS DISTINTAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.
- SERVICIOS PREVIOS Y ANTIGÜEDAD DEL PERSONAL LABORAL CAC 2020.
- Ver nuestra sección de Reconocimiento de servicios previos.
Canarias, a 7 de julio de 2025.