Ayudas de Acción Social de 2025: listados provisionales (plazo de subsanación desde el 30 de junio al 11 de julio de 2025)

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2 de julio de 2025

Recordatorio para nuestros afiliados y simpatizantes, que desde el lunes 30 de junio del año en curso, se podrá acceder a las listas provisionales de Ayudas de Acción Social de 2025, por lo que empieza el plazo de subsanación de los 10 días hábiles desde el día 30 de junio hasta el día 11 de julio de 2025.

CSIF TE INFORMA

Ayudas de Acción Social de 2025: listados provisionales (plazo de subsanación desde el 30 de junio al 11 de julio de 2025).

Recordatorio para nuestros afiliados y simpatizantes, que desde el lunes 30 de junio del año en curso, se podrá acceder a las listas provisionales de Ayudas de Acción Social de 2025, por lo que empieza el plazo de subsanación de los 10 días hábiles desde el día 30 de junio hasta el día 11 de julio de 2025.

Colgamos una breve guía de modo de proceder para subsanar realizado por la Dirección General de Función Pública, pero si tienen dudas, pueden llamarnos. Nos dejen pasar el plazo e incorporar los documentos requeridos.

Recomendamos entrar en la aplicación y comprobar si está excluido en la solicitud o alguna de las ayudas.

Para subsanar:

 

Los códigos de exclusión para la AYUDAS DE ACCIÓN SOCIAL EJERCICIO 2025 siguientes:

G01 -> Pendiente de revisión por parte del Centro Gestor.

G02 -> Fecha de presentación de instancias en plazo.

G03 -> Presenta solicitud según modelo / mediante aplicación informática, debidamente cumplimentada.

G04 -> Presenta certificado acreditativo del libro de familia o documentación acreditativa de la condición de pareja de hecho o documentación acreditativa de la custodia.

G05 -> Se encuentra en alguna de las situaciones descritas en la base tercera 1, 2 y 3 de la convocatoria.

G06 -> Acumula un periodo superior a 9 meses, según la base tercera, 3 de la convocatoria.

G07 -> Presenta certificado de convivencia y presenta certificado acreditativo del libro de familia o documentación acreditativa de la condición de pareja de hecho o custodia.

G08 -> Presenta documentación acreditativa de no percibir rentas superiores al 60% SMI y/o discapacidad y/o aporta autorización para consulta de datos o de terceros.

G09 -> No disfruta ni es beneficiario de ayudas análogas.

G10 -> Presenta calificaciones o matricula.

G11 -> Presenta justificación de la condición de herederos.

G12 -> Presenta alta de terceros.

G13 -> Presenta informe facultativo acreditativo de la necesidad del tratamiento/calificaciones o matricula.

G14 -> Presenta documentación acreditativa del gasto. Submodalidad de ayuda no contemplada en el Anexo I de la convocatoria.

 


Acceso directo a la Solicitud de las Ayudas.


 

Canarias, a 30 de junio de 2025.

CSIF, sector autonómico de Canarias
 

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