Publicada la Orden que regula la organización y funcionamiento del Centro de Formación Profesional Campus Digital

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5 de junio de 2026

Orden de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueban las instrucciones de organización y funcionamiento del Centro de Formación Profesional Campus Digital (Pendiente publicación en BOA)

Publicada la Orden que regula la organización y funcionamiento del Centro de Formación Profesional Campus Digital

Orden de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueban las instrucciones de organización y funcionamiento del Centro de Formación Profesional Campus Digital (Pendiente publicación en BOA)

 

Esta Orden regula la clasificación del Centro de Formación Profesional Campus Digital, su estructura de gobierno, los órganos colegiados y de coordinación, las asesorías, el régimen de funcionamiento, los horarios del profesorado y del personal de administración y servicios, así como diversos aspectos relacionados con el alumnado, la oferta educativa y la autonomía organizativa y económica del centro.

Entre sus principales contenidos, se establece la composición del equipo directivo, integrado por Dirección, Vicedirección, Jefatura de Estudios, Jefatura de FP Virtual, Jefatura de Transformación y Empleo Digital, Secretaría y Vicesecretaría, además de las Jefaturas de Estudios Adjuntas que correspondan.

La norma también contempla la creación de un Equipo Técnico de Formación Profesional Virtual, Transformación Digital y Empleo Digital, organizado en tres áreas técnicas: Formación Profesional Virtual, Transformación Digital y Empleo Digital. Estas áreas asumirán tareas vinculadas a la gestión de la plataforma formativa, la innovación metodológica, las Aulas ATECA, los proyectos de innovación tecnológica, el fomento de vocaciones STEAM, el emprendimiento y la relación con empresas y entidades del entorno tecnológico.

Asimismo, se regula el régimen de las personas asesoras, encargadas de definir, promover, coordinar y desarrollar las actuaciones necesarias para el cumplimiento de las funciones de las áreas técnicas. Su cobertura se realizará, con carácter general, mediante convocatoria pública, atendiendo a méritos objetivos, ámbitos de especialización del centro y proyecto de actuación presentado.

En materia horaria, la Orden prevé que la jornada laboral del profesorado será la establecida con carácter general para el personal funcionario docente, adaptada a las características específicas de las funciones desempeñadas en el Campus Digital. También contempla la posibilidad de realizar el cómputo de periodos lectivos y complementarios con carácter anual, previa autorización de la Dirección General competente.

Respecto a la oferta educativa, el Campus Digital coordinará las enseñanzas ofertadas en las modalidades virtual y semipresencial de todos los centros sostenidos con fondos públicos, así como el desarrollo de determinadas pruebas parciales y finales cuando se establezcan sedes distintas al centro donde estén implantadas las enseñanzas.

La Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón y será de aplicación en el Centro de Formación Profesional Campus Digital a partir del 1 de julio de 2026.


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