Disminuye el atasco burocrático y por fin se acelera la gestión de las homologaciones de títulos universitarios extranjeros

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17 de julio de 2025

  • A mediados del 2024, CSIF difundió una última nota denunciando el panorama desolador en el proceso de homologación de títulos extranjeros CSIF | Panorama desolador en el proceso de homologación de títulos extranjeros
  • El 6 de junio de 2025, CSIF exigió al Secretario General de Universidades información sobre el estado de los procesos de homologación de títulos extranjeros y una respuesta inmediata para dar solución a la injustificada tardanza.

Ahora, el 10 de julio, el MICIU anuncia haber logrado en este 2025, por primera vez desde que entró en vigor el RD 967/2014, resolver más solicitudes de homologaciones y acreditaciones de títulos universitarios extranjeros de las que se reciben:

  • En el primer semestre de 2025, el MICIU ha resuelto 32.569 expedientes, frente a las 24.862 solicitudes que ha recibido en el mismo periodo.
  • No obstante continua una lista de espera de más de 100.000 solicitudes Desde noviembre de 2014 y hasta el 30 de junio de este año, se han resuelto 198.771 solicitudes, de un total de 295.987 recibidas

El secretario de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades ha presentado una hoja asentada en diferentes pilares estratégicos:

  • Creación de la Oficina Nacional de Reconocimiento Académico y Profesional de los Títulos Universitarios Extranjeros-NARIC, que se prevé que esté operativa a finales de este año.
  • Se está trabajando con distintos países de América Latina (Argentina, Chile, Colombia, Ecuador y Perú) para activar acuerdos de reconocimiento mutuo de títulos universitarios.
  • Implementación de mejoras tecnológicas (incluyendo la Inteligencia Artificial) para optimizar los recursos y los procesos.
  • Transformación del modelo mejorando la calidad y la accesibilidad de la información. Se ha lanzado el portal web Valida-TE (www.validate.ciencia.gob.es), que facilitará el proceso para presentar las solicitudes y permitirá hacer un seguimiento personal del expediente.

El MCIU reconoce que:

  • La “prioridad como país” están siendo las homologaciones de ciencias de la salud. Mientras que en Medicina se resolvía una media anual de 2.460 solicitudes entre 2014 y 2017, en 2024 la media ha sido de 9.604 y en 2025 se mantiene esa cifra. Y en Enfermería, el salto aún es más grande: de resolver 95 expedientes de media al año, a 1.265 en 2024.
  • El mayor atasco ahora mismo es con la homologación de los odontólogos, pues los plazos se demoran mucho y la mayoría se ven forzados a examinarse de asignaturas para obtener el título. En 2024 solo aprobaron el 5,6%. Por eso el MCIU ha acordado con la conferencia de decanos de Odontología (CRADO) un protocolo que se aplicará en los próximos exámenes (17 de octubre el teórico). La intención del ministerio es que se celebren dos convocatorias de exámenes de odontología al año, mientras que se negocian acuerdos bilaterales de homologación recíproca de los títulos. 

 Informaciones de interés sobre el reconocimiento de títulos extranjeros:

1º) Preguntas frecuentes

En España, las personas con titulaciones emitidas en el extranjero pueden solicitar el reconocimiento de su título universitario. Este reconocimiento es necesario para asegurar que la formación recibida en el extranjero es equiparable a la que se exige en España para obtener una de estas titulaciones universitarias. Dependiendo de la profesión las personas con titulaciones extranjeras, pueden solicitar la Homologación, la Equivalencia o la Convalidación de su título.

Este reconocimiento está regulado por el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, en el que se establecen distintos tipos de reconocimiento:

  • HOMOLOGACIÓN DEL TÍTULO EXTRANJERO: Es el reconocimiento necesario en los casos en los que se necesita un título específico para poder ejercer una profesión regulada en España. Haz clic aquí para saber cuáles son las profesiones reguladas.
  • DECLARACIÓN DE EQUIVALENCIA: Es el reconocimiento oficial que indica que un título extranjero es equivalente a un nivel académico del sistema universitario español (grado o máster).

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2º) ANECA establece los criterios y requisitos de evaluación aplicables para la homologación de títulos extranjeros que habilitan para el ejercicio de distintas profesiones

ANECA ya ha publicado diferentes resoluciones para fijar los criterios de homologación para el ejercicio de distintas profesiones en los campos de Psicóloga/o General Sanitario, Enfermera/o, Dentista, Arquitecta/o, Terapeuta Ocupacional,  Médica/o, Farmacéutica/o, Veterinaria/o, Fisioterapeuta, Logopeda,  Arquitecto Técnico, Técnico Industrial e Ingeniera/o Industrial, Ingeniera/o y Técnico de Obras Públicas e Ingeniera/o de Caminos, Canales y Puertos.

En estas resoluciones se incluyen los criterios de evaluación generales relacionados con la duración y carga horaria para la valoración de los títulos extranjeros que pretendan su homologación al título español que habilita para dichas profesiones reguladas. 

Las resoluciones pueden consultarse en el siguiente enlace: https://www.aneca.es/resoluciones-requisitos-evaluacion

3º) Resolución de 26 de mayo de 2025 de la Secretaría General de Universidades, por la que se amplía el plazo previsto para desarrollar y superar los requisitos formativos complementarios que condicionen las homologaciones a un título universitario oficial español de Grado o Máster Universitario, que habiliten al ejercicio de una profesión regulada (publicado en BOE el jueves 5 de junio de 2025).

  • Se amplia en dos años adicionales el plazo máximo de cuatro años inicialmente establecido en el artículo 19.4 del Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores, así como en la disposición transitoria segunda del Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado.
  • Esta ampliación se aplicará a todos los procedimientos de homologación de títulos obtenidos en el marco de sistemas de educación superior extranjeros a un título universitario oficial español, cuando este título sea habilitante y conduzca al ejercicio de una profesión regulada por la normativa vigente a tal efecto en España, que se encuentren a la fecha de efectos de la presente resolución en tramitación administrativa, siempre que no haya vencido el plazo de cuatro años a que hace referencia el artículo 19.4 del Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre o la disposición transitoria segunda del Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, en función de la normativa que ampare, en cada caso, los correspondientes procedimientos de homologación de títulos cuyo plazo es objeto de ampliación mediante esta resolución.

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