Especial Horarios - Secundaria y FP

  • Normativa

2 de septiembre de 2026

CURSO 2026/2027

Guía de horarios docentes 2026/2027

Secundaria y Formación Profesional

CSIF Educación Andalucía reúne en una guía práctica las principales cuestiones que debes conocer sobre jornada semanal, horario lectivo y no lectivo, teletrabajo, tutorías, coordinación, reducciones y medidas de conciliación.

📄 CONSULTA LA GUÍA COMPLETA
⏱️ Jornada semanal: 35 horas

La jornada semanal del profesorado de Secundaria y Formación Profesional es de 35 horas, distribuidas en 30 horas de horario regular y no regular y otras 5 horas hasta completar la jornada semanal.

35 h
Jornada semanal
18 h
Horario lectivo
25 h
Horario regular
5 h
Horario no regular
🏫 Horario lectivo: 18 horas

El horario lectivo será de 18 horas semanales. De manera justificada y excepcional, por necesidades de organización del centro, podrá alcanzar las 21 horas, oído siempre el profesorado implicado.

⚠️ El incremento excepcional del horario lectivo supondrá la disminución de las guardias a realizar.

Forman parte del horario lectivo:

  • Docencia directa con el alumnado para el desarrollo del currículo.
  • Tutoría en aquellas enseñanzas en las que esté contemplada en la normativa de aplicación.
  • Actividades de refuerzo y recuperación del alumnado.
  • Asistencia a las actividades complementarias programadas.
  • Desempeño de funciones directivas o de coordinación docente.
  • Desempeño de funciones de coordinación de los planes estratégicos.
📋 Horario regular no lectivo

Comprende el resto de horas necesarias hasta completar las 25 horas de horario regular.

  • Reuniones de los diferentes órganos de coordinación docente.
  • Actividades de tutoría y tutoría electrónica.
  • Cumplimentación de los documentos académicos del alumnado.
  • Programación de actividades educativas.
  • En su caso, seguimiento del programa de formación en centros de trabajo.
  • Servicio de guardia.
  • Seguimiento y análisis de las medidas de atención a la diversidad.
  • Organización y funcionamiento de la biblioteca.
  • Cualesquiera otras que se determinen en el Plan de Centro.
🕒 Horario no regular: 5 horas

Dentro de este horario se incluyen:

  • Asistencia a reuniones de los órganos colegiados de gobierno.
  • Asistencia a las sesiones de evaluación.
  • Asistencia a actividades complementarias programadas.
  • Actividades de formación y perfeccionamiento, con un máximo de 70 horas durante todo el año académico, con imputación ponderada en el curso.
  • Cualesquiera otras que se determinen en el Plan de Centro.
💻 Teletrabajo

La parte correspondiente al horario regular no lectivo y al horario no regular se llevará a cabo, con carácter general, de forma telemática.

Quedan exceptuadas las sesiones de evaluación oficiales y la atención a las familias que soliciten atención presencial.
El teletrabajo es un derecho individual que no puede someterse a votación del Claustro.
➕ 5 horas hasta completar las 35 horas
  • Preparación de actividades docentes, tanto lectivas como no lectivas.
  • Atención de los deberes inherentes a la función docente.
  • Perfeccionamiento profesional.
📉 Reducciones de equipos directivos
Unidades Horas lectivas
19 unidades 24 horas
De 20 a 29 unidades 36 horas
De 30 a 39 unidades 48 horas
40 o más unidades 55 horas
Jefatura de estudios adjunta 6 horas

🌙 Enseñanzas en horario de tarde: una de las jefaturas de estudios adjuntas contará con 10 horas cuando el centro tenga autorizadas y en funcionamiento enseñanzas por la tarde en régimen ordinario.

👥 Educación Permanente para Personas Adultas: la jefatura de estudios correspondiente contará con 10 horas lectivas.

🧩 Coordinación de departamentos
IESO
39 h
IES solo ESO y Bachillerato
48 h
IES con al menos Bachillerato y FP
51 h
En los IES que impartan al menos Bachillerato y Formación Profesional se añadirán 3 horas por cada familia profesional. Serán 6 horas cuando se impartan dos o más ciclos formativos de la misma familia profesional.
👩‍🏫 Tutorías
ESO
2 h lectivas
+ 2 h no lectivas
FP Básica
1 h lectiva
+ 2 h no lectivas
Bachillerato
3 h
no lectivas
FP Dual
Al menos
1 h lectiva
La tutoría tendrá carácter preferente a efectos de su determinación horaria dentro del conjunto de tareas de coordinación docente.
Del total de horas previstas para coordinación de departamentos deberá destinarse un mínimo al ejercicio de la tutoría de Bachillerato, de manera que todas sus unidades dispongan de al menos una hora de asignación adicional a la prevista para las tareas de coordinación docente derivadas de la tutoría.
Si el centro no imparte Bachillerato, las horas correspondientes podrán asignarse a las tutorías de ESO de acuerdo con lo establecido en su Proyecto Educativo.
⚖️ Reducciones de jornada o dedicación parcial

El personal docente que tenga concedida para todo el curso alguna de las reducciones contempladas podrá solicitar, antes de la elaboración de los horarios y, en todo caso, antes del comienzo del régimen ordinario de clases, la distribución de su horario de obligada permanencia en el centro en un número de días proporcional a la reducción concedida.

En todo caso deberá respetarse la distribución en días del número de horas lectivas de las asignaturas impartidas.

Esta posibilidad se contempla para:

  • Reducción de jornada por guarda legal.
  • Cuidado de familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.
  • Permiso por razón de violencia de género sobre la mujer funcionaria.
  • Permiso para víctimas de terrorismo y sus familiares directos.
👩‍🏫 Mayores de 55 años

El profesorado que tenga 55 años cumplidos a 31 de agosto contará con una reducción de dos horas del horario lectivo semanal.

Esta reducción se aplica sobre el horario de docencia directa con el alumnado para el desarrollo del currículo.

Las actividades asignadas durante esas horas no podrán implicar atención directa al alumnado.

En Secundaria, el servicio de guardia únicamente podrá encomendarse en esta franja cuando resulte imprescindible para el normal funcionamiento del centro, oído siempre el profesorado implicado.

👶 Reducción por lactancia

El personal funcionario tendrá derecho a una hora de ausencia del trabajo, pudiendo decidir si la disfruta al inicio o al final de la jornada. Este derecho podrá sustituirse por dos fracciones de media hora.

🚗 Profesorado que comparte centros

El horario del profesorado que desempeñe puestos docentes compartidos con otros centros públicos se confeccionará mediante acuerdo de las jefaturas de estudios de los centros afectados.

Deberá guardar la debida proporción con el número de horas lectivas que se atiendan en cada centro. Siempre que sea posible, las horas correspondientes a cada centro se agruparán en jornadas completas de mañana o tarde o en días completos.

Este profesorado quedará exento del cuidado y vigilancia de los recreos, salvo que su colaboración resulte absolutamente necesaria para alcanzar la relación prevista de profesorado de guardia por grupo.
🚙 Maestros y maestras itinerantes en Colegios Públicos Rurales

La confección del horario y la programación de sus actividades deberán prever el menor número posible de desplazamientos. Siempre que sea posible, estos se realizarán para impartir docencia en sesiones completas de mañana o tarde.

Hasta 30 km → 2,5 h
31-70 km → 3 h
71-100 km → 4 h
101-130 km → 5 h
131-160 km → 6 h
161-190 km → 7 h
191-210 km → 8 h
211-240 km → 9 h
241-270 km → 10 h
271 km o más → 12 h
👨‍👩‍👧 Conciliación y flexibilidad horaria

Quienes tengan a su cargo menores de 12 años, un familiar con enfermedad grave hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, personas mayores, personas con discapacidad o dependientes podrán flexibilizar una hora diaria el horario de obligada permanencia.

Esta medida supone flexibilidad horaria, no reducción de jornada.

Quienes tengan a su cargo personas con discapacidad hasta primer grado de consanguinidad o afinidad podrán disponer de dos horas de flexibilidad sobre el horario de obligada permanencia, con el objetivo de conciliar los horarios de los centros y servicios en los que la persona reciba atención.

📅 La solicitud deberá presentarse antes del 5 de septiembre. La denegación deberá estar justificada.
📚 Normativa de referencia

Orden de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de los Institutos de Educación Secundaria, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado.

Orden de 31 de agosto de 2026, por la que se establecen medidas para la mejora de la organización, el funcionamiento y la gestión del sistema educativo en las enseñanzas no universitarias de Andalucía.

Tu horario docente, más claro

Consulta la guía elaborada por CSIF Educación Andalucía y conoce con detalle la organización de los horarios de Secundaria y Formación Profesional durante el curso 2026/2027.

📥 VER GUÍA DE HORARIOS DOCENTES
SECUNDARIA Y FP

 

 

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