Publicado el decreto de Reconocimiento de Autoridad del Profesorado

23 de diciembre de 2025

CSIF-A Educación · Andalucía

Decreto de Autoridad del Profesorado: qué reconoce y cómo te protege

Publicado el Decreto 209/2025, de 16 de diciembre, que desarrolla la Ley 3/2021 de Reconocimiento de Autoridad del Profesorado.

Este decreto concreta derechos, garantías y procedimientos para reforzar la autoridad docente y mejorar la convivencia en los centros, incluyendo protección ante situaciones de conflicto y ciberacoso vinculadas al ejercicio profesional.

1) Ámbito: dentro y fuera del centro

  • Aplica a centros docentes no universitarios y a actividades complementarias/extraescolares vinculadas a la función docente.
  • Incluye hechos que afecten a la integridad física o moral del profesorado, también ciberacoso u otras conductas similares relacionadas con el ejercicio profesional.

2) Qué derechos refuerza al profesorado

  • Respeto, reconocimiento y apoyo por parte del alumnado, familias y comunidad educativa.
  • Capacidad para adoptar decisiones rápidas, proporcionadas y eficaces para mantener un clima adecuado de aprendizaje.
  • Derecho a colaboración de los representantes legales del alumnado para cumplir normas de convivencia.
  • Protección jurídica y apoyo psicológico gratuitos (según los casos y el procedimiento).

3) Autoridad pública y presunción de veracidad

El decreto reafirma que el personal docente (incluido equipo directivo) y la Inspección Educativa son considerados autoridad pública. En procedimientos de corrección, los hechos constatados por el profesorado tienen valor probatorio y presunción de veracidad (salvo prueba en contrario), siempre que se documenten con claridad y objetividad.

4) Deberes del alumnado y de las familias

  • El alumnado debe respetar la autoridad y las orientaciones del profesorado y cuidar su dignidad e integridad.
  • Las familias/representantes legales deben colaborar con el centro y respetar la autoridad y las normas.
  • Se prevé que el profesorado pueda requerir la entrega de objetos o sustancias prohibidas o peligrosas (depósito en dirección y devolución al finalizar la jornada/actividad, sin perjuicio de medidas disciplinarias).

5) Asistencia jurídica y psicológica: cómo se activa

La asistencia se solicita por la persona interesada y se tramita obligatoriamente por medios electrónicos. Se requiere documentación y, en todo caso, informes del centro y de la Inspección.

  • Asistencia jurídica: defensa/representación y asesoramiento en procedimientos relacionados con hechos derivados del ejercicio profesional. Puede articularse por letrados de la Junta, profesionales facilitados por la Consejería o profesionales elegidos por el docente.
  • Asistencia psicológica: apoyo para afrontar agresiones o conflictos que menoscaben la autoridad docente.
  • Plazos: la resolución se fija en 3 meses; si no se notifica en plazo, la solicitud puede entenderse estimada (silencio).

6) Unidad de Apoyo al Profesorado: una en cada provincia

Se crea una Unidad de Apoyo al Profesorado en cada provincia, adscrita a la Secretaría General Provincial de la Delegación Territorial. Atenderá casos, asesorará, tramitará solicitudes, y elaborará información anonimizada y una memoria anual.

7) Medidas de apoyo y reconocimiento

  • Impulso de formación (competencias emocionales, autoestima y gestión del uso de redes sociales).
  • Campañas divulgativas para mejorar el respeto y prestigio social del profesorado.
  • Premios y distinciones docentes (con comisión de valoración y convocatoria/resolución por el órgano competente).
Consulta el texto íntegro del decreto en el BOJA
Consultar decreto

 

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