Publicada nueva orden de FP en Andalucía: Evaluación, Titulación y Certificación

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19 de septiembre de 2025

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Nueva Regulación de la Formación Profesional en Andalucía: Evaluación, Titulación y Certificación

La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de Andalucía ha publicado la Orden de 18 de septiembre de 2025, que establece un nuevo marco para la evaluación, certificación, acreditación y titulación del alumnado de los grados D (Ciclos Formativos) y E (Cursos de Especialización) del Sistema de Formación Profesional . Esta normativa se adapta a la legislación estatal, como la Ley Orgánica 3/2022, y tiene como objetivo principal modernizar y flexibilizar el sistema educativo para responder a las necesidades del mercado laboral y las aspiraciones del alumnado.

Aspectos Clave de la Nueva Normativa de Evaluación

La orden introduce un modelo de evaluación renovado con las siguientes características:

  • Evaluación Objetiva, Continua e Integradora: La evaluación será continua, formativa y objetiva, integrando las competencias adquiridas tanto en el centro educativo como en la empresa . Para la evaluación continua en modalidad presencial, se exige una asistencia mínima del 80% de las horas totales del módulo.
  • Pérdida de Evaluación Continua: Si un estudiante no cumple con el requisito de asistencia, perderá el derecho a la evaluación continua. En ese caso, tendrá derecho a realizar pruebas objetivas para superar el módulo [6]. La pérdida de este derecho se notificará formalmente al estudiante o a sus representantes legales [7].
  • Adaptaciones para Alumnado con Necesidades Específicas: Se garantiza el acceso al currículo y a las pruebas de evaluación para el alumnado con discapacidad o necesidades específicas de apoyo educativo (NEAE). Las adaptaciones metodológicas no supondrán una modificación de las competencias a adquirir ni una disminución en las calificaciones.
  • Programaciones Didácticas Claras: Los centros educativos deberán detallar en sus programaciones didácticas los criterios de superación de los módulos, los instrumentos de evaluación y las actividades de refuerzo, asegurando la transparencia del proceso evaluador.

Convocatorias, Renuncias y Bajas

Se establecen nuevas reglas sobre el número de oportunidades para superar los módulos y la gestión de la matrícula:

  • Número de Convocatorias:
    • Grados D (Ciclos Formativos): El alumnado dispondrá de un máximo de cuatro convocatorias por módulo. En modalidad presencial, serán dos por curso, mientras que en semipresencial y virtual será una por curso.
    • Grados E (Cursos de Especialización): Se establece un máximo de dos convocatorias por módulo, una por curso escolar.
  • Convocatoria Extraordinaria: De forma excepcional y por una sola vez, el alumnado que haya agotado las convocatorias ordinarias podrá solicitar una convocatoria extraordinaria por causas justificadas como enfermedad, trabajo o cuidado de familiares].
  • Renuncia a Convocatoria y Matrícula: El alumnado puede renunciar a las convocatorias de hasta el 50% de los módulos matriculados una vez por curso [16]. También es posible renunciar a la matrícula completa, aunque esto implica perder el derecho de reserva de plaza.
  • Anulación de Oficio de la Matrícula: Los centros podrán anular de oficio la matrícula de un estudiante por inasistencia injustificada y reiterada. Por ejemplo, por no incorporarse en los cinco primeros días lectivos o acumular 45 días de faltas .

Proceso de Evaluación: Sesiones y Promoción

El seguimiento del aprendizaje se estructura a través de diferentes sesiones de evaluación a lo largo del curso académico.

  • Sesiones de Evaluación: Se realizarán sesiones de evaluación inicial, parciales y finales para valorar el progreso del alumnado . Las decisiones se tomarán de forma colegiada por el equipo docente.
  • Evaluación en la Empresa: La formación en la empresa será evaluada conjuntamente por el tutor docente y el tutor de la empresa  La empresa emitirá un informe cualitativo que contribuirá a la calificación final del módulo, la cual será responsabilidad del equipo docente .
  • Criterios de Promoción:
    • Grado Medio y Superior: Se promocionará al segundo curso si se superan todos los módulos del primero . Si la carga horaria de los módulos no superados es superior al 50% del total, se deberá repetir solo esos módulos . Si es igual o inferior al 50%, se podrá optar por repetir los módulos pendientes y matricularse de algunos de segundo.
    • Grado Básico: Se promociona a segundo curso al superar los dos ámbitos no profesionales y si los módulos profesionales no superados no exceden el 20% del horario semanal 

Calificaciones, Titulación y Certificación

La normativa define cómo se calificarán los módulos y cómo se obtendrán los títulos y certificados correspondientes.

  • Sistema de Calificación: Las calificaciones de los módulos serán numéricas del 1 al 10, sin decimales, considerándose superado a partir de 5. Los módulos convalidados aparecerán como "Convalidado" y no se incluirán en el cálculo de la nota media, salvo excepciones.
  • Obtención de Títulos: Para obtener el título correspondiente (Técnico Básico, Técnico, Técnico Superior, etc.), es necesario superar todos los módulos y el proyecto que componen la formación. La superación de un ciclo de Grado Básico también conduce a la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
  • Certificación Parcial: Quienes no superen la totalidad de las enseñanzas recibirán una certificación académica oficial de los módulos superados [36, 37]. Esta certificación tiene efectos académicos y acredita parcialmente las competencias profesionales adquiridas, siendo acumulable.

Revisión y Reclamación de Calificaciones

Se garantiza el derecho del alumnado a solicitar una revisión de sus calificaciones finales si no está de acuerdo.

  • Procedimiento de Revisión: El estudiante o sus representantes legales pueden solicitar la revisión de una calificación a la dirección del centro en un plazo de dos días hábiles desde su comunicación .
  • Reclamación a la Delegación Territorial: Si el desacuerdo persiste tras la revisión interna, se puede elevar una reclamación a la Delegación Territorial de la Consejería de Educación, cuya resolución pondrá fin a la vía administrativa.

Esta orden representa un paso fundamental para alinear la Formación Profesional andaluza con un modelo más competencial, flexible y adaptado a las demandas de la sociedad actual.

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