CSIF te explica cómo progresar en tu carrera horizontal en la Administración General de la Junta de Andalucía

  • Prensa y Comunicación

26 de noviembre de 2025

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El 24 de noviembre de 2025 se aprobó en Mesa Sectorial de Negociación del Personal Funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía, por unanimidad de todos los sindicatos presentes, el Proyecto de decreto por el que se regulan la carrera horizontal y la evaluación del desempeño en dicha administración.

Este decreto supone un paso decisivio en la implantación real de ambos derechos, recogidos en la Ley 5/2023, de la Función Pública de Andalucía. CSIF ha tenido un papel protagonista al realizar aportaciones sustanciales y decisivas que han permitido transformar de manera profunda los sistemas de carrera horizontal y de evaluación del desempeño.

En materia de carrera horizontal, el trabajo de CSIF ha permitido avances muy relevantes como, por ejemplo, la reducción de forma notable de los llamados 'tramos fantasmas' para garantizar que los períodos no evaluables sean los mínimos posibles; asimismo, se han establecido dos plazos de solicitud al año, lo que ofrece una mayor capacidad de planificación al personal funcionario. Respecto al encuadramiento inicial, a propuesta de CSIFse ha incorporado en la disposición transitoria primera una convocatoria excepcional para los tramos V y VI, dando así respuesta  a una demanda sindical ampliamente compartida. Esta medida garantiza que el personal con mayor antigüedad en la Administración no se vea perjudicado por el retraso en su desarrollo.

 

 

 

Sistema de evaluación del desempeño y carrera horizontal

Resumen orientativo elaborado por CSIF para el personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía.

Sistema de evaluación del desempeño

¿Qué es la evaluación del desempeño? +

La Evaluación del Desempeño (ED) es el sistema mediante el cual la Administración General de la Junta de Andalucía mide y valora la conducta profesional, el rendimiento y los resultados del personal funcionario.

Se trata de un procedimiento obligatorio, de carácter anual y vinculado a un complemento retributivo no consolidable.

¿A quién afecta? +

Afecta al personal funcionario de carrera y al personal interino, en los mismos términos.

¿Qué se evalúa? +

La ED mide dos dimensiones complementarias:

  • A. Evaluación individual (≈ 85 %)
    • Área de tareas
      Valora el logro de los objetivos individuales fijados en el Documento de Compromisos.
      Resultado: Informe de Rendimiento (base 100).
    • Área contextual y organizacional
      Valora las competencias básicas definidas por el IAAP (compromiso, orientación a la ciudadanía, cooperación, flexibilidad, etc.).
      Resultado: Informe de Competencias Básicas (base 100).

    La combinación de ambos informes constituye la Evaluación Individual. El peso de cada área depende de la Unidad Administrativa.

  • B. Evaluación colectiva (≈ 15 %)

    Es igual para todo el personal de la unidad administrativa. Valora los objetivos estratégicos y operativos de la unidad.

    Resultado: Informe de Desempeño Colectivo (base 100).

Relación entre ambas dimensiones: ED ≈ 85 % Evaluación Individual + 15 % Evaluación Colectiva.

¿Cuál es el procedimiento? +

El procedimiento de Evaluación del Desempeño comprende:

  • Entrevista inicial a principios del año en evaluación, entre la persona evaluadora y la evaluada, donde se fijan los objetivos e indicadores, que se plasman en el Documento de Compromisos.
  • Seguimiento continuo durante el año para comprobar el progreso.
  • Elaboración por la persona evaluada del portafolio del desempeño, que recoge evidencias, logros y su autoevaluación.
  • Entrevista final a principios del año siguiente, en la que se revisan los resultados y las necesidades formativas.
  • Emisión del Informe de Evaluación del Desempeño, basado en la autoevaluación del personal funcionario y en un mecanismo de doble validación:
    • Valoración de la jefatura.
    • Participación de una persona colaboradora.

Una vez notificado el informe, la persona evaluada dispone de 5 días hábiles para presentar alegaciones.

¿Cuándo comenzará a implantarse la ED? +

Las primeras evaluaciones comenzarán previsiblemente en 2026, aunque la Administración todavía no puede garantizar esta fecha.

Aunque el complemento por desempeño no surtirá efectos económicos hasta 2029, la puntuación obtenida sí se utilizará para la valoración en los procesos de carrera horizontal.

¿Qué efectos económicos tiene la evaluación de desempeño? +
  • El complemento de desempeño sustituirá al actual complemento de productividad.
  • Tendrá un único cobro anual.
  • Se comenzará a cobrar en 2029, abonándose parcialmente ese año e íntegramente en 2030, según la siguiente tabla:
Complemento de desempeño por grupo/subgrupo
Grupo / Subgrupo 2029 2030
A1 1.760,00 € 4.000,00 €
A2 1.324,25 € 3.009,66 €
B 1.165,38 € 2.648,59 €
C1 1.028,35 € 2.337,16 €
C2 647,40 € 1.471,36 €
E 553,33 € 1.257,56 €

El importe recibido es proporcional a la puntuación de la ED (por ejemplo, 80 puntos = 80 % del complemento).

Carrera horizontal

¿Qué es la carrera horizontal? +

La carrera horizontal es un sistema que reconoce el desarrollo profesional y el desempeño del personal funcionario mediante ascensos en tramos, sin necesidad de cambiar de puesto ni de actividad.

Es voluntaria, escalonada, progresiva y consolidable.

¿A quién se aplica? +

Se aplica al personal funcionario de carrera y al personal interino, en los mismos términos.

¿Cuántos tramos existen? +

La carrera horizontal se estructura en 6 tramos, comenzando siempre por el Tramo I (salvo encuadramiento excepcional en 2026).

Tramos de carrera horizontal
Tramo Años de permanencia
Tramo I 3
Tramo II 3
Tramo III 4
Tramo IV 4
Tramo V 5
Tramo VI 6
Total 25
¿Qué se necesita para ascender de un tramo a otro? +

Para ascender de un tramo a otro se requiere:

  • Tener reconocido el tramo anterior.
  • Cumplir el tiempo mínimo de permanencia del tramo a consolidar.
  • Obtener tantas evaluaciones de desempeño positivas como años tiene el tramo solicitado.
  • Alcanzar las puntuaciones mínimas de los factores del Anexo I.
¿Cómo se alcanzan las puntuaciones mínimas de los factores del Anexo I? +

Las puntuaciones se obtienen sumando la puntuación alcanzada en los distintos factores, agrupados en tres bloques:

  • Bloque 1: Evaluación del desempeño.
  • Bloque 2: Conocimientos y competencias.
  • Bloque 3: Gestión del conocimiento e innovación.

A cada factor se le asigna una puntuación determinada, recogida en el Anexo IV (formación, docencia, competencias digitales, innovación, etc.).

Los factores deben haberse realizado dentro del período de permanencia que se evalúa, con la única excepción de las titulaciones y los certificados de idiomas, que pueden ser anteriores.

¿Cuál es el procedimiento? +

Existirá una única convocatoria anual que incluirá dos plazos de presentación de solicitudes:

  • Primer plazo: abril, durante la tercera semana y a partir del primer día hábil.
  • Segundo plazo: octubre, desde su primer día hábil.

Tras cada plazo, el órgano competente dictará resolución de reconocimiento del tramo solicitado, en su caso, con los siguientes efectos:

  • Efectos administrativos: desde la fecha de inicio del plazo de presentación de la solicitud.
  • Efectos económicos: desde el último día del mes en que se dicte la resolución.
¿Cuándo comenzará a implantarse la carrera horizontal? +

La carrera horizontal empezará a implantarse en 2026.

Se realizará un encuadramiento inicial para todo el personal funcionario en función de su permanencia, de manera que, con independencia de la fecha de entrada en vigor del decreto, todo el personal quedará encuadrado en el tramo que le corresponda con efectos de 1 de enero de 2026.

¿En qué tramo me encuadro? +
  • El personal funcionario que acredite los años de permanencia exigidos en su grupo o subgrupo será encuadrado directamente en el Tramo I, II, III o IV, según corresponda.
  • El personal que haya cambiado de grupo o subgrupo mediante un proceso selectivo será encuadrado en el Tramo I, II, III o IV del grupo o subgrupo en el que se encuentre en el momento del encuadramiento, aplicándose un coeficiente corrector para computar el tiempo acreditado en el grupo o subgrupo de procedencia y ajustarlo a efectos de permanencia en el nuevo grupo o subgrupo.
Coeficientes de permanencia según grupo actual
Grupo actual A1 A2 B C1 C2 E
A1 1 0,65 0,50 0,42 0,33 0,25
A2 1 1 0,77 0,64 0,51 0,38
B 1 1 1 0,83 0,67 0,50
C1 1 1 1 1 0,80 0,60
C2 1 1 1 1 1 0,75
E 1 1 1 1 1 1

Con carácter excepcional y por una sola vez, las personas que puedan acreditar la permanencia exigida para los tramos V (19 años) y VI (25 años) podrán solicitar el acceso al Tramo V o directamente al Tramo VI, una vez hayan cumplido cuatro años de permanencia en el Tramo IV reconocido.

Para ello deberán alcanzar las puntuaciones mínimas exigidas en el Anexo I, ajustadas proporcionalmente al período de permanencia acreditado, y podrán valorarse los factores realizados en los quince años anteriores a la entrada en vigor del decreto.

¿Qué efectos económicos tiene la carrera horizontal? +

El complemento de carrera viene a sumar al resto de conceptos retributivos. Es un complemento nuevo y las cantidades son acumulativas a medida que se avanza en los tramos.

Complemento de carrera por tramo y grupo
Grupo Tramo I Tramo II Tramo III Tramo IV Tramo V Tramo VI
A1 1.306,80 € 1.306,80 € 1.742,40 € 1.742,40 € 2.178,00 € 2.613,60 €
A2 818,87 € 818,87 € 1.091,83 € 1.091,83 € 1.364,79 € 1.637,74 €
C1 514,80 € 514,80 € 686,40 € 686,40 € 858,00 € 1.029,60 €
C2 410,14 € 410,14 € 546,86 € 546,86 € 683,57 € 820,29 €
E 310,46 € 310,46 € 413,95 € 413,95 € 517,44 € 620,93 €

Nota: en el Tramo VI del grupo A1 se cobra anualmente un total de 10.890 € (1.306,80 € + 1.306,80 € + 1.742,40 € + 1.742,40 € + 2.178,00 € + 2.613,60 €).

El complemento de carrera se abonará de forma progresiva entre 2026 y 2029, conforme a este calendario:

Calendario de implantación del complemento de carrera
Año Tramo Coeficiente
2026 1 100 %
2026 2 20 %
2027 2 80 %
2027 3 45 %
2028 3 55 %
2028 4 60 %

Posición de CSIF ante el decreto

Tras un análisis responsable, aunque existen aspectos claramente mejorables en el decreto, CSIF ha votado favorablemente.

CSIF lo apoya porque consolida derechos previstos en la Ley de Función Pública, porque supone un incremento directo en las retribuciones del personal funcionario y porque se ha mejorado sustancialmente el modelo inicialmente planteado tras las aportaciones realizadas por nuestra organización sindical en el grupo de trabajo.

Lo apoyamos porque creemos que es un instrumento que, bien aplicado, puede contribuir a una Administración más profesional, más justa y más orientada al servicio público.

Este decreto establece un modelo complejo. Precisamente por eso, desde CSIF hemos exigido a la Administración que adopte medidas para garantizar su correcta implantación:

  • El establecimiento de un sistema transparente y garantista, que preserve los derechos del personal funcionario.
  • El desarrollo inmediato de aplicaciones informáticas que permitan una implantación homogénea, ágil y transparente, evitando interpretaciones contradictorias entre centros directivos.
  • La formación adecuada del personal evaluador y del personal evaluado, para garantizar seguridad, objetividad y confianza en el sistema.
  • La garantía de acceso real a la formación y al resto de factores necesarios para progresar en la carrera horizontal, asegurando que nadie quede excluido por falta de oportunidades.

Con este voto afirmativo, CSIF reafirma su compromiso firme con el personal funcionario, entendiendo que este decreto constituye, al igual que el Concurso Abierto y Permanente, un nuevo hito para la función pública andaluza alcanzado en el marco de la Ley de Función Pública de Andalucía, una norma que nuestra organización ha apoyado de manera decidida desde su tramitación.

Este decreto representa el desarrollo natural del nuevo modelo de función pública andaluz y, como siempre, CSIF permanecerá vigilante, constructiva y exigente, velando para que su implantación se realice con todas las garantías, con plena equidad y bajo estrictos criterios de seguridad jurídica, en defensa de los derechos e intereses del personal funcionario.

TODA AYUDA ES POCA, Y CSIF PROCURA MANTENEROS INFORMADOS DE TODA INICIATIVA QUE VAYA EN MEJORA DE NUESTRO SECTOR PÚBLICO Y POR TANTO A LA CIUDADANÍA EN GENERAL

Sector Autonómico de Administración General de la Junta de Andalucía
 

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